Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 531803
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de la música de las Illes Balears para el año 2026
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Hechos
1. En el BOIB nº. 22, de 17 de febrero de 2026, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de la música de las Islas Baleares para el año 2026.
2. El crédito asignado a la citada convocatoria, tiene un importe máximo de 300.000 € (trescientos mil euros) con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos.
3. En el ejercicio 2026, el número de solicitudes de ayuda presentadas en el marco de esta convocatoria que han superado los requisitos mínimos exigidos para obtener una evaluación favorable, ha sido significativamente superior al previsto inicialmente en el momento de la planificación presupuestaria. De acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, dado que un número considerable de solicitudes cumplen los criterios establecidos para ser beneficiarias de las ayudas, se considera conveniente y necesario ampliar la dotación presupuestaria destinada a esta línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
4. El apartado 3.1 de la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de la música de las Illes Balears para el año 2026 dispone que, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.
5. El Instituto de Estudios Baleáricos en el capítulo IV dispone de 40.000 € para llevar a cabo una ampliación del crédito inicial destinado a esta convocatoria que permitirá atender a un mayor número de solicitudes que han obtenido una valoración favorable, evitando que proyectos viables y alineados con los objetivos de la convocatoria queden excluidos únicamente por insuficiencia de crédito.
6. Por todo lo anterior, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar en 40.000 euros el importe inicial de 300.000 euros asignado a esta convocatoria de subvención.
7. El importe total presupuestario de la convocatoria, una vez aplicada la ampliación, será de 340.000 €; por eso se hace necesario modificar el punto 1 del apartado 3 de la convocatoria de subvenciones para ampliar el crédito inicialmente previsto.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
3. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. La Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Ampliar en 40.000 € el crédito asignado inicialmente en la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de la música de las Illes Balears para el año 2026.
2. Modificar el punto 1 del apartado 3 del anexo de la convocatoria que quedan redactados como sigue:
3.1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 340.000 € (trescientos mil euros) con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB de 2026.
El crédito se asigna de la siguiente manera: el 40% del crédito se destina a la sublínea A de movilidad, y el 60% del crédito a la línea de proyección exterior.
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del artículo administrativo 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sección Contencioso Administrativa del Tribunal de Instancia de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
(Firmado electrónicamente: 15 de julio de 2026)
El presidente del IEB Jaime Bauzá Mayol