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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 524059
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, en fecha 9 de julio de 2026, al amparo de la convocatoria de las subvenciones para las inversiones en la prevención de los daños causados ​​en los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, para el año 2025

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La vicepresidenta en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 9 de julio de 2026, firmó la siguiente resolución.

“RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO

PEPAC 2023-2027

Intervención 6881.2 – No SIGC, de ayudas a “inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales”

Art.73 R(UE) 2021/2115

Convocatoria: PIFO2025_1

Grupo: PIFO2025_1-RES_DES 2

Código DIR3: A4026954  Código SIA: 3232662

Código BDNS: 874145

Antecedentes

1. En fecha de 16 de diciembre de 2025 se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 165, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que es convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales.

2. En fecha de 24 de enero de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 12, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB núm. 165, de 16 de diciembre de 2025.

3. En fecha de 3 de marzo de 2026 se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 28, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se reabre el plazo de presentación de solicitudes de determinadas lineas d'ayuda; en concreto hasta el dia 6 de marzo de 2026, para la convocatoria de 2025, prevista en la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB núm. 165, de 16 de diciembre de 2025.

4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

5. Transcurrido el plazo de la notificación de deficiencias, publicada en el BOIB núm. 76, de 18 de junio de 2026, sin que se hayan subsanado las deficiencias, corresponde dar por desistidas las solicitudes, finalizando el procedimento y archivando los expedients (ANEXO I).

Fundamentos de derecho

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que es convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB núm. 165, de 16 de diciembre de 2025.

2. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de diciembre de 2025 por la que se convocan, para los años 2025 y 2026, subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, publicada en el BOIB núm. 12, de 24 de enero de 2026.

3. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se reabre el plazo de presentación de solicitudes de determinades linias de ayuda, publicada en el BOIB núm. 28, de 3 de marzo de 2026.

4. Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para a la concesión de subvenciones en el marco del Programa de desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, corresponde aprobar la convocatoria de estas ayudas mediante una resolución.

5. Ley 39/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico de las administraciones públicas.

Por esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Dar por desistidas las solicitudes detalladas en el ANEXO I, que son 6 expedientes de la linia de subvenciones para inversiones forestales no productivas en prevención de daños forestales, que comienza con LEVITA SA y termina con BALTASAR JOFRE OLIVER, S.L. por los motivos descritos en el citado anexo.

2. Declarar concluido el procedimento y proceder al archivo de los expedientes detallados en l'ANEXO I.

3. Notificar esta resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que no agota la via administrativa- podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el dia siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimento administrativo común de les administracions públicas.

Palma, a fecha de la firma electrónica 

La vicepresidenta del FOGAIBA en materia agraria Georgina Brunet i Ródenas”

ANEXO I RELACIÓN DE SOLICITANTES

Solicitante NIF Núm. exp. Motivo del desistimento
LEVITA S.A. A07119688 PIFO2025_1/163 No ha subsanado las deficiencias publicadas el 18 de junio de 2026 en el Bolentín Oficial de las Illes Balears núm. 76.
AGARTHA ESTATES, S.L. B16518755 PIFO2025_1/170 No ha subsanado las deficiencias publicadas el 18 de junio de 2026 en el Bolentín Oficial de las Illes Balears núm. 76.
AL PARICO S.L. B81259004 PIFO2025_1/084 No ha subsanado las deficiencias publicadas el 18 de junio de 2026 en el Bolentín Oficial de las Illes Balears núm. 76.
VICENTA ORQUIN ROIG ***5558** PIFO2025_1/158 No ha subsanado las deficiencias publicadas el 18 de junio de 2026 en el Bolentín Oficial de las Illes Balears núm. 76.
JOSE ANTONIO SUAREZ REBASSA ***1978** PIFO2025_1/174 No ha subsanado las deficiencias publicadas el 18 de junio de 2026 en el Bolentín Oficial de las Illes Balears núm. 76.
BALTASAR JOFRE OLIVER, S.L. B07501851 PIFO2025_1/132 No ha subsanado las deficiencias publicadas el 18 de junio de 2026 en el Bolentín Oficial de las Illes Balears núm. 76.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de julio de 2026)

El secretario general Miguel Obrador Bou Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm. 104, de 25/07/2023)