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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE DESARROLLO REGIONAL DE LAS ILLES BALEARS (ADR)

Núm. 520419
Propuesta de resolución sobre la concesión de subvenciones destinadas a ayudas de cheques de consultoría para la competitividad industrial de las Illes Balears en materia de digitalización, internacionalización, sostenibilidad y gestión avanzada (BOIB n.º 31, de 10 de marzo de 2026)

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Texto

1. El 10 de marzo de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 31 la convocatoria para el año 2026 de ayudas de cheques de consultoría para la competitividad industrial de las Illes Balears en materia de digitalización, internacionalización, sostenibilidad y gestión avanzada. 

2. El importe asignado a esta convocatoria es de 338.000 euros y el importe asignado a cada programa es el siguiente (artículo 4 de la convocatoria), con cargo al presupuesto de la ADRBalears: 

— Programa I «IBDigital»: 104.000 euros 

— Programa II «IBExporta»: 26.000 euros 

— Programa III «IBSostenibilitat»: 104.000 euros 

— Programa IV «IBGestió»: 104.000 euros 

3. El 7 de julio de 2026, el presidente de la Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears dictó una resolución en que acordaba el traspaso de 23.017,50 € al Programa I («IBDIgital»), desglosado de la siguiente manera: 

— 2.667,50 € del Programa II «IBExporta»

— 15.800,00 € del Programa III «IBSostenibilidad»

— 4.550,00 € del Programa IV «IBGestión»

Por ello, el importe destinado a cada programa quedó distribuido de la siguiente manera: 

— Programa I «IBDigital»: 127.017,50 euros 

— Programa II «IBExporta»: 23.332,50 euros 

— Programa III «IBSostenibilitat»: 88.200 euros 

— Programa IV «IBGestió»: 99.450 euros 

El total del crédito de la convocatoria no se vio modificado. 

4. Las personas o entidades que figuran en el anexo 1 de esta Propuesta de resolución presentaron a la Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears una solicitud de subvención en el marco de esta convocatoria. 

5. El técnico de la Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears ha propuesto la desestimación de las solicitudes que figuren en el anexo 1 porque se ha agotado el crédito destinado al Programa I de la convocatoria. 

Fundamentos de derecho 

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  

4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

5. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

6. El Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 19 de abril de 2024 (BOIB n.º 52, de 20 de abril de 2024).

En concreto, la línea 2.I del objetivo I, destinada a ayudas de cheques de consultoría para la competitividad industrial en materia de digitalización, internacionalización, sostenibilidad y gestión avanzada. 

7. El Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos. 

8. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

9. La Orden 9/2024 del Consejero de Empresa, Ocupación y Energía por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de industria (BOIB n.º 40, de 23 de marzo de 2024). 

Propuesta de resolución 

Propongo al presidente de la ADRBalears que dicte una resolución en los siguientes términos: 

1. Denegar la concesión de la subvención a les personas y entidades que figuran en el anexo 1, puesto que se ha agotado el crédito destinado al Programa I «IBDigital» de la convocatoria. 

Contra esta Propuesta de resolución se puede alegar lo que se considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que se está conforme con el contenido. 

 

Firmado electrónicamente: (14 de julio de 2026)

La directora gerente de la ADRBalears Silvia Delgado Carballar 

Documentos adjuntos