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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 517969
Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se rectifican los errores advertidos en la Resolución por la que se convoca, para el curso 2026-2027, el proceso de adjudicación de destinos provisionales para los funcionarios de carrera docentes sin destino definitivo y los desplazados por falta de horario,  para los funcionarios docentes a los que se les ha admitido la solicitud de destino en comisión de servicios y para los funcionarios docentes en prácticas en centros públicos de enseñanza no universitaria, y se aprueban las instrucciones que deben regirla, así como las instrucciones que deben regir el proceso de adjudicación de sustituciones

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Texto

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 78, de 20 de junio de 2026, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se convoca, para el curso 2026-2027, el proceso de adjudicación de destinos provisionales para los funcionarios de carrera docentes sin destino definitivo y los desplazados por falta de horario,  para los funcionarios docentes a los que se les ha admitido la solicitud de destino en comisión de servicios y para los funcionarios docentes en prácticas en centros públicos de enseñanza no universitaria, y se aprueban las instrucciones que deben regirla, así como las instrucciones que deben regir el proceso de adjudicación de sustituciones.

2. Se han observado en la citada Resolución los siguientes errores:

2.1. En el anexo 1 se ha observado un error en la instrucción 20.1. apartado 5.

2.2. En el anexo 1 se ha observado un error en la instrucción 20.1. apartado 6.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, del Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente 

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se convoca, para el curso 2026-2027, el proceso de adjudicación de destinos provisionales para los funcionarios de carrera docentes sin destino definitivo y los desplazados por falta de horario, para los funcionarios docentes a los que se les ha admitido la solicitud de destino en comisión de servicios y para los funcionarios docentes en prácticas en centros. públicos de enseñanza no universitaria, y se aprueban las instrucciones que deben regirla, así como las instrucciones que deben regir el proceso de adjudicación de sustituciones. 

1.1. En el anexo 1, rectificar el error advertido en la instrucción 20.1.5.

Donde dice: 

20.1.5. Quinta fase, las plazas que no se han adjudicado en la quinta fase.

En esta fase sólo participan los aspirantes a funcionarios interinos docentes disponibles a los que hace referencia el apartado e) de la instrucción primera de este anexo. El orden de los aspirantes será el que establece el apartado b) de la instrucción vigésima bis de este anexo.

 

Debe decir:

20.1.5. Quinta fase, las plazas que no se han adjudicado en la cuarta fase.

En esta fase sólo participan los aspirantes a funcionarios interinos docentes disponibles a los que hace referencia el apartado e) de la instrucción primera de este anexo. El orden de los aspirantes será el que establece el apartado b) de la instrucción vigésima bis de este anexo.

1.2. En el anexo 1, rectificar el error advertido en la instrucción 20.1.6.

Donde dice: 

20.1.6. Sexta fase, las plazas que no se han adjudicado en la sexta fase.

En esta fase sólo participan los aspirantes a funcionarios interinos docentes disponibles a los que hace referencia el apartado f) de la instrucción primera de este anexo. El orden de los aspirantes será el que establece el apartado c) de la instrucción vigésima bis de este anexo.

​​​​​​​​​​​​​​Debe decir:

20.1.6. Sexta fase, las plazas que no se han adjudicado en la quinta fase.

En esta fase sólo participan los aspirantes a funcionarios interinos docentes disponibles a los que hace referencia el apartado f) de la instrucción primera de este anexo. El orden de los aspirantes será el que establece el apartado c) de la instrucción vigésima bis de este anexo.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,  y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 13 de julio de 2026)

La directora general de Personal Docente y Centros Concertados ​​​​​​​Joana Maria Cabrer Sureda