Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 519388
Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local por la que se nombran asesores especialistas para colaborar con el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Alaró, Búger, Calvià, Ciutadella, Felanitx, Formentera, Manacor, Maó, Palma, Sant Antoni de Portmany, Sant Llorenç des Cardassar, Santanyí, Sineu y Son Servera
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Antecedentes
1. Por Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, de 6 de marzo de 2026, se aprobó por el procedimiento de urgencia la convocatoria, las bases, los temarios y los ejercicios y se designó el tribunal calificador de las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Alaró, Búger, Calvià, Ciutadella, Felanitx, Formentera, Manacor, Maó, Palma, Sant Antoni de Portmany, Sant Llorenç des Cardassar, Sineu y Son Servera (BOIB núm. 34, de 17 de marzo de 2026). Esta Resolución fue corregida posteriormente en el BOIB núm. 35, de 19 de marzo de 2026, en el BOIB núm. 40, de 28 de marzo de 2026, y en el BOIB núm. 48, de 14 de abril de 2026.
2. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas mencionadas en el punto anterior acordó, en la sesión celebrada el 10 de julio de 2026, el nombramiento de personal asesor especialista para que colabore con el Tribunal tanto en la organización y el desarrollo del tercer ejercicio del proceso selectivo, la prueba de aptitud psicológica y de personalidad.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y, en concreto, la disposición adicional octava de esta Ley.
2. El Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del fondo de seguridad pública de las Illes Balears.
3. La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad.
4. El artículo 92 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. La Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, de 6 de marzo de 2026, por la que se aprobó por el procedimiento de urgencia la convocatoria, las bases, los temarios y los ejercicios y se designó el tribunal calificador de las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Alaró, Búger, Calvià, Ciutadella, Felanitx, Formentera, Manacor, Maó, Palma, Sant Antoni de Portmany, Sant Llorenç des Cardassar, Sineu y Son Servera (BOIB núm. 34, de 17 de marzo de 2026), y sus correcciones posteriores.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar como asesores especialistas del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas de acceso al curso de capacitación en relación con el proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Alaró, Búger, Calvià, Ciutadella, Felanitx, Formentera, Manacor, Maó, Palma, Sant Antoni de Portmany, Sant Llorenç des Cardassar, Santanyí, Sineu y Son Servera, a las personas siguientes:
Isla de Mallorca:
Isla de Menorca:
Isla de Eivissa:
2. Informar a las personas nombradas de la obligación de abstenerse de intervenir en el proceso selectivo si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 13 de julio de 2026)
La consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local Antònia Maria Estarellas Torrens