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AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 518459
Extracto de la Junta de Gobierno Local celebrada en sesión ordinaria de 10 de julio de 2026, por la que se aprueba convocatoria de ayudas para centros educativos públicos y asociaciones de familias de alumnos (AFA) del municipio de Santa Eulària des Riu para la realización de actividades culturales, deportivas y/o medioambientales durante el curso 2025/2026
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BDNS (Identif.): 918811
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/918811)
Primero. Beneficiarios
Serán beneficiarios de estas ayudas los colegios públicos, institutos de educación secundaria, centros integrados de formación profesional (CIFP), escoletes de gestión pública y asociaciones de familias de alumnos (AFA) de todos los centros mencionados, legalmente constituidos y que reúnan los requisitos siguientes:
Segundo. Objeto de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es fomentar las actividades culturales, deportivas y/o medioambientales durante el curso 2025-2026 en los centros educativos públicos y asociaciones de familias de alumnos (AFA) situados en el municipio de Santa Eulària des Riu.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del ejercicio 2026, aprobados inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada en fecha 30 de octubre de 2025 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 166 de 18/12/2025.
Cuarto. Dotación presupuestaria
1.- Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 38.000,00 euros, con cargo a las partidas 3231-48013 por un importe máximo de 30.000,00 € y 3241-48013 por un importe máximo de 8.000,00 € de los presupuestos locales de 2026. Esta convocatoria tiene las siguientes líneas de actuación y dotación presupuestaria::
2.- En el supuesto de que no se cubra la demanda de una de las dos líneas de la ayuda, se podrá trasladar el importe no consumido a la otra, si fuera necesario.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria. Las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, situado en la página web www.santaeulariadesriu.com, en virtud al que se establece en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El solicitante tendrá que presentar su solicitud mediante medios electrónicos habilitados a tal fin.
Sexto. Solicitud y documentación necesaria.
1.- Las solicitudes se presentarán por registro de entrada electrónico utilizando el trámite que se habilitará a tal efecto a la sede electrónica municipal durante el periodo de presentación de solicitudes, identificándose mediante medios electrónicos o acreditando debidamente la representación.
La solicitud contendrá los datos mínimos requeridos para tramitar la ayuda, incluyendo las declaraciones responsables necesarias. La documentación que tendrá que adjuntarse en este trámite es la siguiente:
a) Certificado u otro documento bancario en el cual se identifique el número de cuenta en el cual se pagará el importe íntegro de la subvención. Tiene que ser una cuenta bancaria en el cual el centro o AFA sean titulares.
En el supuesto de que el solicitante sea un colegio público, instituto de educación secundaria o centro integrado de formación profesional (CIFP), tiene que presentar, además, la documentación siguiente:
a. Certificado emitido por el centro en el cual figuren el número total de grupos-clase que pertenecen en el centro separados en grupos-clase de educación obligatoria (de 1º. a 6º. de Primaria y de 1º. a 4º. de ESO) y grupos-clase de educación no obligatoria, en relación en el curso 2025/2026.
b. En su caso, facturas de gasto realizado en el término municipal de Santa Eulària des Riu (artículo 10.1.2. de la convocatoria)
2.- En el supuesto de que el solicitante, se oponga expresamente al hecho que el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en el marco de la tramitación del procedimiento, pueda consultar o recaudar electrónicamente los documentos y datos que ya abren en poder de la Administración actuando o hayan sido elaborados por otras Administraciones Públicas, a través de las redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, tiene que presentar la siguiente documentación:
3.- El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu podrá requerir en cualquier momento de la tramitación de la solicitud los documentos que considere necesarios a fin de garantizar la correcta adjudicación de la ayuda según los criterios de evaluación establecidos.
Santa Eulària des Riu, firmado digitalmente (13 de julio de 2026)
La alcaldesa (Maria del Carmen Ferrer Torres)