Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 511661
Bases generales reguladoras de los Premios Calvià Excelentes, de reconocimiento a las empresas y comercios del municipio de Calvià
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La Junta de Gobierno Local, en sesión del día 25 de junio de 2026, ha aprobado las bases generales de concesión de los Premios Calvià Excelentes para la edición del año 2026, de reconocimiento a las empresas y comercios del municipio de Calviá que se insertan a continuación:
“CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS CALVIÀ EXCELENTES, DE RECONOCIMIENTO A LaS EMPRESAS Y COMERCIOS DEL MUNICIPIO DE CALVIÁ
De acuerdo con toda la normativa que resulta de aplicación en materia de premios y subvenciones, y con la Sección VII de las Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Calviá para el ejercicio 2026, se han redactado para este año las presentes Bases de los Premios Calvià Excelentes, de reconocimiento a las empresas y comercios del municipio de Calviá, que tienen como ámbito de actuación el término municipal de Calviá.
Esta convocatoria se regirá por los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, reducción de trámites, agilización, eficiencia y simplificación, y también por el de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y la utilización de los recursos públicos.
BASES QUE REGIRÁN LOS PREMIOS CALVIÀ EXCELENTES, DE RECONOCIMIENTO A LAS EMPRESAS Y COMERCIOS DEL MUNICIPIO DE CALVIÀ
El Ayuntamiento de Calvià convoca los Premios Calvià Excelentes, edición 2026
El objetivo fundamental de las presentes bases es fijar la convocatoria para el año 2026 de la edición de los “Premios Calvià Excelents”, por los que el Ayuntamiento de Calvià pretende reconocer públicamente las buenas prácticas y la excelencia en el comercio calvianer, una muestra de reconocimiento y compromiso con el sector; apoyar y premiar la cultura de la accesibilidad, sostenibilidad, calidad, innovación y trayectoria del tejido comercial del municipio, a través de los profesionales y establecimientos ubicados en el municipio desde antaño.
La organización de los premios corre a cargo del área de Comunicación y Transparencia del Ajuntament de Calvià.
1. Objeto de los premios
2. Categorías/modalidades de los premios
3. Participantes/Candidaturas
4. Inscripciones
5. Calendario
6. Funcionamiento de los premios
7. Dotación
8. Tramitación e instrucción
9. Jurado
10. Gala de entrega de los premios
11. Compatibilidad
1. OBJETO DE LOS PREMIOS
Reconocer y promocionar públicamente aquellas empresas locales que, por su trayectoria, innovación, proximidad, originalidad, accesibilidad, sostenibilidad, calidad, etc. desempeñan un papel crucial en el desarrollo económico y social del municipio e impulsar, mediante estos reconocimientos, el comercio local, dándole visibilidad y protagonismo.
2. CATEGORÍAS/MODALIDADES DE LOS PREMIOS:
2.1. Se entiende como EMPRESA INNOVADORA, aquélla que implementa o implementó nuevos procesos, ideas, servicios o productos con el objetivo de mejorar notablemente los resultados finales, dentro de los dos (2) años anteriores a la convocatoria.
Puede estar relacionada con un producto, un servicio, un proceso, un mercado, un medio de producción, una tecnología o cualquier otra cosa que suponga una transformación constante e imprescindible.
Ello engloba desde crear o lanzar nuevos productos o servicios, mejorarlos hasta hacer que un proceso ya existente sea más eficiente, resolver un problema comercial, que propongan cualquier cambio en el modelo de negocio existente para que se ajuste mejor a las necesidades de los consumidores o aporte mayores ganancias.
La innovación puede ser:
También puede ser:
2.2. Se entiende como EMPRESA FAMILIAR, aquella fundada, gobernada y controlada por una unidad familiar; y se entiende como EMPRESA DE PROXIMIDAD, también llamada comercio de kilómetro 0 o comercio local, aquel negocio minorista que está cerca de nuestro lugar de residencia, que nos ofrece los productos que necesitamos en el día a día,
2.3. Se entiende como EMPRESA 365, aquel negocio minorista que está abierto un mínimo de 10 meses en el año natural.
2.4. Se entiende como EMPRESA TURÍSTICA, aquella que se relaciona con la industria turística, que se define como el sector que se encarga de la producción y circulación de bienes y servicios que se relacionan con la recreación y el recreo (playa, aventuras, gastronómico, religioso, de negocios, turismo rural, ecológico, etc.)
Las empresas turísticas pueden ser de:
2.5. Se entiende por EMPRESA ACCESIBLE, aquella que elimina barreras físicas, tecnológicas y de comunicación para garantizar la igualdad de oportunidades, autonomía y seguridad de trabajadores y clientes, sin importar su condición física o discapacidad. Integra la accesibilidad universal en su cultura, instalaciones, procesos y productos, fomentando la inclusión y la responsabilidad social.
3. PARTICIPANTES / CANDIDATURAS
3.1. Pueden optar todas las personas físicas y jurídicas (comerciantes y negocios) que desarrollen su actividad en el término municipal de Calvià y que cumplan los siguientes requisitos:
3.2.- Tendrán la consideración de establecimientos comerciales, a efectos de los premios, las instalaciones de carácter ubicadas en tierra de manera fija y permanente, cubiertos o sin cubrir, con escaparates o sin ellos, que estén en el exterior o interior de una edificación, donde se ejercen regularmente actividades comerciales de venta de productos, de producción propia o de terceros, o de prestación de los servicios al público que se deriven, destinados al ejercicio regular de actividades comerciales, ya sea de forma continuada, o en días o temporadas determinadas, así como cualesquiera otros recintos delimitados que reciban aquella calificación en virtud de disposición legal o reglamentaria.
3.3.- Los establecimientos comerciales participantes en estos premios tendrán que contar con todos los permisos y licencias preceptivas para el ejercicio de la actividad, y encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal.
3.4. Los ganadores de cualquiera de las tres ediciones inmediatamente anteriores al año en curso, no podrán presentarse en la/s categoría/s en la que hubiera obtenido el/los premio/s.
3.5. No podrán ser candidatos aquellos comerciantes que guarden relación de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, con alguno de los miembros del Jurado designado para la valoración de estos premios.
4. INSCRIPCIONES
4.1. La inscripción es gratuita.
4.2. La inscripción puede ser por una categoría, por varias o por todas.
4.3. Las personas físicas y jurídicas (comerciantes y negocios) que deseen participar, podrán hacerlo de diversas formas:
4.4. Presentación.
4.5. Documentación a presentar:
A) El formulario de inscripción o Instancia general
B) Un breve escrito explicando y/o acreditando las características que le permiten presentarse al premio o premios que optan, (Anexo I). Se podrán acompañar documentos justificativos, fotografías o cualquier tipo de documento escrito o gráfico. Deberá rellenarse un folio nº 2 del Anexo I para cada categoría a la que se presenten.
C) Fotocopia del DNI, NIF o del documento de identificación correspondiente del titular del comercio o la empresa.
D) Declaración responsable, de compromisos y de autorizaciones:
d.1. DECLARACIÓN RESPONSABLE (anexo II) donde conste:
d.2. COMPROMISOS:
d.3. AUTORITZACIONS (anexo III):
Referente a la captación y uso de de imágenes y/o voz de los asistentes a la Gala de entrega de los premios; y, en caso de otorgar la autorización, el compromiso de indicar a la organización antes de la celebración de la gala si los acompañantes a la misma también otorgarán dicha autorización.
4.6. La presentación del formulario de inscripción implica la aceptación de las bases que rigen el concurso y la renuncia expresa a cualquier reclamación en contra de ellas.
4.7. La Organización podrá comprobar la veracidad de la información y los datos señalados. Igualmente podrá exigir, en cualquier momento, la justificación acreditativa de estos hechos, pudiendo ser excluidos de la convocatoria aquellos comercios que no la presenten. La Organización podrá también adoptar las medidas oportunas por incumplimiento de esta cláusula una vez otorgados los premios.
4.8. Finalizado el plazo de inscripción, la Organización elaborará y publicará la lista de empresas participantes y la categoría (o categorías) en las que concursan en www.calvia.com, así como en el perfil de las redes sociales del Ajuntament de Calvià.
5. CALENDARIO
5.1. El plazo de inscripción se iniciará el día 1 de julio y finalizará el 21 de septiembre.
5.2. La selección de los finalistas ganadores se realizará durante el mes de octubre.
5.3. La realización de los vídeos promocionales se realizará entre los meses de octubre, una vez seleccionados, y de noviembre, antes de la gala.
5.4. La gala de entrega de los premios se celebrará el día 25 de noviembre de 2026, en la Sala Palmanova, sita en la calle Diego Salvà Lezaún, nº 2 (Palmanova).
6. FUNCIONAMIENTO DE LOS PREMIOS
6.1. De entre todos los comercios participantes, el Jurado seleccionará a tres (3) finalistas para cada categoría.
6.2. De entre los comercios finalistas para cada categoría, el Jurado seleccionará a un (1) ganador por categoría.
6.3. La organización se pondrá en contacto, vía telefónica o por correo electrónico, con los comercios finalistas para comunicarles que han sido seleccionados y para informarles de la fecha y el lugar en el que se llevará a cabo la gala de entrega de los premios.
En caso de que el día de la gala un finalista no pueda acudir personalmente, deberá comunicarlo a la organización y designar a un representante que lo sustituya para recoger el premio en su nombre. La comunicación del representante deberá realizarse con 24 horas de antelación a la celebración de la gala, a excepción de motivo de causa mayor.
6.4. La organización comunicará a los ganadores que han resultado premiados, quienes deberán comprometerse a mantener el secreto hasta la celebración de la gala, momento en el que se hará público el nombre de todos los ganadores.
La entrega del premio está sujeta a la asistencia del ganador, o su representante, en la gala Excelentes.
6.5. Anualmente, podrá concederse un reconocimiento especial por su trayectoria a la persona física o jurídica que considere oportuno. Esta persona deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado 2 de estas bases.
7. DOTACIÓN DE LOS PREMIOS
7.1. A los 15 comercios finalistas, se les obsequiará con la realización de un completo y exclusivo publireportaje de sus establecimientos, totalmente gratuito y que, una vez grabado y editado, se les entregará para que puedan difundirlo libremente en cualquier canal de difusión, red social, etc. y que además será publicado en www.calvia.com .
7.2. Al ganador en cada categoría, además del publireportaje, se le entregará:
7.3. A la empresa o comercio al que se le conceda el reconocimiento especial se le obsequiará con la realización de un completo y exclusivo publireportaje de sus establecimientos, totalmente gratuito y que, una vez grabado y editado, se les entregará para que puedan difundirlo libremente en cualquier canal de difusión, red social, etc. y que además será publicado en www.calvia.com; y se le entregará un galardón a la Excelencia empresarial, consistente en una estatuilla creada por el artista local Carlos Torroba, miembro de la plataforma artística Ou Verd.
8. TRAMITACIÓN E INSTRUCCIÓN
8.1. El Departamento de Comunicación y Transparencia será el organizador encargado de la tramitación e instrucción de la convocatoria y de su resolución según la decisión del Jurado.
8.2. La Organización y el Jurado tienen la facultad de interpretar estas bases. En caso de conflicto, la Organización es la competente para resolverlo, de forma motivada y en base a criterios de racionalidad, igualdad y equidad.
8.3. La Organización informará a los participantes si han sido o no seleccionados como finalistas.
8.4. El veredicto del jurado, así como la identidad de los ganadores, se harán públicos en la gala de entrega de los Premios Calvià Excelents 2026, prevista para el mes de noviembre de 2026. La Organización emitirá un comunicado de prensa y publicará la información en www.calvia.com y en las redes sociales municipales.
8.5. Contra la resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo recurso de acuerdo a lo que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, artículos 112 y siguientes; sin perjuicio de interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 123 de la Ley 39/2015, y en los artículos 45 y ss de la Ley 29/1998, de 13 de julio, ante los Juzgados Contenciosos Administrativos de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses. Los recursos no se pueden simultanear.
9. JURADO
9.1. El jurado estará integrado por cinco miembros:
9.2. El quórum necesario para la adopción de acuerdos será de tres miembros presentes, y se aprueba por mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, decidirá el voto de calidad del presidente/a.
La asistencia podrá ser por videoconferencia.
Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un miembro del Departamento de Comunicación y Transparencia.
9.3. El Jurado se reunirá para determinar los finalistas y los ganadores por categoría, y por el Secretario se redactará un acta de los acuerdos adoptados, que tendrán que ser motivados, y que tendrá la consideración de resolución a los efectos pertinentes.
En el acta se determinará el orden de los finalistas para cada categoría por si el elegido en primer lugar como ganador no acudiera a la gala, personalmente o representado, y en tal caso, el premio será entregado al designado en segundo lugar y sucesivamente, a excepción de que la ausencia sea por causa mayor.
9.4. El jurado podrá declarar desierto un premio en caso de que no hubiera candidaturas o considerar que las presentadas no reúnen los méritos suficientes para obtenerlo.
9.5. El Jurado podrá conceder un reconocimiento especial por su trayectoria a la persona física o jurídica que considere oportuno. Esta persona deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado 2 de estas bases.
10. GALA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS CALVIÀ EXCELENTES
10.1. Para la entrega de los Premios se celebrará una gala, denominada “Premios Calvià Excelents (año)”, a la que asistirán las autoridades municipales, y que será cubierta por un medio de comunicación. En esta gala, se proyectarán los reportajes de las 15 personas finalistas y, en su caso, el del reconocimiento especial a la trayectoria, y se anunciarán los ganadores de cada categoría.
10.2. A esta gala tendrán que asistir los finalistas de los premios, o sus representantes, y en su caso, la empresa a la que se le haga el reconocimiento especial, a los que se les entregará el galardón a la Excelencia empresarial y un documento acreditativo del premio en metálico.
10.3. La fecha exacta de la gala, el lugar donde se celebrará, así como la forma de adquirir las invitaciones, se comunicará a todos los participantes y se anunciarán a través de la web y de las redes sociales del Ayuntamiento con una antelación mínima de 10 días.
10.4. A la gala podrán asistir todas aquellas personas que lo deseen, y que hayan adquirido previamente su invitación, hasta completar el aforo de la sala en la que se celebrará.
11. PAGO DE LOS PREMIOS
Los premios se harán efectivos por transferencia bancaria dentro de los 30 días siguientes a la celebración de la gala y designación de los ganadores. Los premios serán objeto de retención fiscal de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
12. COMPATIBILIDAD
Estos premios son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, y de cualquier ámbito territorial., local autonómico, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Calvià, a fecha de la firma electrónica”
Estas bases de subvenciones han sido dictaminadas favorablemente, por mayoría, por la Comisión Informativa de Asuntos Generales en sesión de 19 de junio de 2026, y han sido aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de 25 de junio de 2026
Calvià, a fecha de la firma electrónica (8 de julio de 2026)
La teniente de alcalde delegada de Turismo, Playas y Litoral, Comercio, Actividades, Infracciones y Sanciones Elisa Monsserrat Mayol