Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 511583
Delegación de competencias del Pleno a la Alcaldía y a la Junta de Gobierno Local
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El Pleno, en sesión extraordinaria de Organización, ha adoptado el acuerdo que a continuación se transcribe:
Primero.- Delegar a favor de la Alcaldía la siguiente atribución o competencia:
I. En materia de contratación:
La aprobación del inicio de los expedientes de contratación administrativa que, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda de la misma Ley, corresponda al Pleno.
II. En materia de gastos plurianuales:
La autorización y disposición de los gastos plurianuales, cuando la cuantía del gasto no sea superior al 10 % de los recursos ordinarios del Presupuesto, ni en cualquier caso a seis millones de euros, y su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primero ejercicio, ni la cuantía señalada.
Asimismo, corresponderá al Pleno de la Corporación la autorización y la disposición de los gastos plurianuales en los demás casos
Segundo.- Delegar a favor de la Junta de Gobierno Local la siguiente atribución o competencia:
I. En materia de potestad de bonificación del impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO):
a) La facultad de la declaración de patrimonio histórico cultural del Término Municipal de Son Servera y poder conceder las bonificaciones a que se refiere el artículo 103.2a) del Texto Refundido de la Ley de haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y del artículo 3 de la ordenanza fiscal sobre el impuesto sobre.
b) Determinar que el alcance de la delegación de la competencia comprende exclusivamente la declaración de patrimonio histórico cultural del Término Municipal de Son Servera, haciendo constar que por este concepto sólo podrán ser considerados como tales los elementos catalogados en el catálogo de patrimonio histórico, artístico, arquitectónico y paisajístico del Término Municipal de Son Servera. La determinación de otros bienes como patrimonio histórico cultural del Término de Son Servera no son objeto de la presente delegación.
c) Considerar que los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de la facultad delegación, se entenderán dictados por el órgano delegante. Tal delegación comprende también la facultad de resolución de los recursos de reposición que las personas interesadas puedan formular.
Tercero.- Este acuerdo plenario tendrá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).
Son Servera, documento firmado electrónicamente (10 de julio de 2026
El alcalde José Miguel Servera Leno)