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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 496213
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se nombra funcionario de carrera del cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad auxiliar de recepción y teléfono de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a la persona aspirante que ha superado, por el turno libre para la isla de Mallorca, las pruebas selectives convocadas por Resolución de 15 de octubre de 2025 y se le adjudica un puesto de trabajo

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Texto

Antecedentes

1. Mediante Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 15 de octubre de 2025 se aprobaron la convocatoria, las bases y los ejercicios y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad auxiliar de recepción y teléfono de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 139, de 21 de octubre de 2025).

2. En fecha 20 de junio de 2026 se publicó en el BOIB núm. 78 la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se aprobó la lista de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad auxiliar de recepción y teléfono para la isla de Mallorca de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se ofrecieron los puestos de trabajo.

 Una vez que la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo ha presentado la solicitud y se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos, debe ser nombrada personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad auxiliar de recepción y teléfono de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2, La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3, La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4, El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.

5, El artículo 5.2 del anexo del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.

6, El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y posteriores modificaciones.

7, La base 15 de la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se aprueban la convocatoria, las bases y los ejercicios del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad auxiliar de recepción y teléfono de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Per tot això, dict la següent

Resolución

1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad de auxiliar de recepción y teléfono de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a la siguiente persona:

 

OPOSICIONES 2025 auxiliar de recepción y telefono. Mallorca

DNI

APELLIDOS, NOMBRE

POSICIÓN

***6594*

ROSSELLO MERCER, MAGDALENA

1

2. Adjudicar el puesto de trabajo, de acuerdo con lo indicado en el anexo de esta Resolución, a la persona aspirante que ha superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo subalterno, escala de apoyo instrumental, especialidad de auxiliar de recepción y teléfono, para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tras haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la solicitud de destino efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

3. La toma de posesión deberá efectuarse en la consejería correspondiente, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni desempeña ninguna actividad en el sector público de las comprendidas en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

5, Si desempeña alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararla en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la toma de posesión, a fin de que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

6, Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera deberá prestarse juramento o promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento jurídico vigente, así como tomar posesión en el plazo reglamentario.

7. Declarar desistidas de su solicitud, por caducidad, y excluidas del procedimiento, a las personas que no hayan presentado el escrito de elección de los puestos de trabajo ofertados, por orden de preferencia, y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con la base 14 de la convocatoria.

8. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) y en la Sede Electrónica (www.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 1 de julio de 2026)

La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social ​​​​​​​Catalina Teresa Cabrer González

 

Documentos adjuntos