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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 503777
Resolución de concesión de las subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones a pequeñas y medianas empresas y entidades de la Economía Social de Mallorca para la implantación de la Responsabilidad Social en su gestión el año 2026

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Texto

La consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, en fecha 2 de julio de 2026, adoptó la siguiente resolución:

«Antecedentes

1. El 19 de marzo de 2026, la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local aprobó la resolución de aprobación de la convocatoria de subvenciones a pequeñas y medianas empresas y entidades de la Economía Social de Mallorca para la implantación de la Responsabilidad Social en su gestión el año 2026. En el BOIB nº. 36, de 21 de marzo de 2026, se publicó el extracto de la convocatoria de subvenciones mencionada.

2. La Comisión evaluadora, reunida el 10 de junio de 2026, examinó y evaluó las solicitudes presentadas.

Dentro del plazo de presentación se han recibido un total de 29 solicitudes, correspondientes a 29 entidades.

3. En el acta de la Comisión evaluadora, se propone desestimar una solicitud que no cumple con los requisitos previstos a la convocatoria. A continuación, se detalla la entidad y las deficiencias observadas:

  • ASOC RESTAURANT WEEK BALEAR (ARWB): el proyecto solicitado tiene como objetivo la implantación inicial de una plataforma colaborativa aplicada al ecosistema gastronómico de Mallorca y la promoción del producto local, todo eso sin especificar la modalidad de actuación prevista ni el estándar o acción acreditable según lo establecido en la convocatoria. De acuerdo con el apartado 3.3 de la convocatoria sólo serán subvencionables las acciones acreditables en el ámbito de la Responsabilidad Social reconocidas a nivel nacional e internacional, que se encuadren en alguna de las modalidades establecidas: elaboración de memorias de sostenibilidad, obtención de certificaciones o informes externos de verificación y adhesión a organizaciones. El proyecto solicitado no se encuadra en ninguna de estas modalidades.

4. En el acta de la Comisión evaluadora, se constata que las siguientes entidades han presentado renuncia a sus solicitudes:

  • Rilocost Services S.L: presentada la renuncia en fecha 27 de mayo de 2026 (registro de entrada nº. 58856/2026).
  • Isla Centinela S.L: presentada la renuncia en fecha 27 de mayo de 2026 (registro de entrada nº. 58855/2026).
  • Jardines Campaner SL: presentada la renuncia en fecha 27 de mayo de 2026 (registro de entrada nº. 58637/2026).
  • DEEJAYSGRUP SL Y MEDITERRANEAN CREATIVE HUB S.L.U. SEGUNDA UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS LEY 18/1982: presentada la renuncia en fecha 27 de mayo de 2026 (registro de entrada nº. 59049/2026).
  • DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA ACEITE DE MALLORCA: presentada la renuncia en fecha 4 de junio de 2026 (registro de entrada nº. 61678/2026).

5. En fecha 11 junio de 2026 el órgano instructor ha emitido informe relativo al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de los requisitos para acceder a las subvenciones.

6. En el mencionado informe se hace constar que, una vez asignados los importes subvencionables a los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro (aplicación 65.93101.48900), se comprueba que hay un crédito sobrante de 19.223,10 euros en la aplicación (créditos autorizados y que no se prevén disponer) que, de acuerdo con el apartado 2 de la convocatoria, se puede traspasar a la otra línea, la correspondiente a empresas y entidades con ánimo de lucro (65.93101.47900) que dispone de un crédito autorizado por importe de 50.000,00 euros. En cualquier caso, la suma de estos importes no es suficiente para financiar la totalidad de los importes solicitados en la línea de empresas y entidades con ánimo de lucro, por lo cual se ha hecho la asignación de importes en proporción a las puntuaciones otorgadas y siguiendo el procedimiento previsto en el apartado 6 de la convocatoria tal como se detalla al acta de la Comisión evaluadora de 10 de junio de 2026.

7. Consta la resolución de la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, de 11 de junio de 2026, de redistribución de los créditos previstos en la presente convocatoria con el fin de aumentar el crédito de la línea de empresas y entidades con ánimo de lucro con el crédito remanente de la línea de entidades sin ánimo de lucro por los importes antes mencionados.

8. Consta el informe jurídico del jefe de la Oficina de Responsabilidad Social y el de fiscalización previa de la Intervención delegada de La Misericordia (nº. 2026/3522).

Fundamentos

Primero. De acuerdo con el artículo 33.2 k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares los consejeros ejecutivos son el órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones.

Segundo. De acuerdo con el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023, por el cual se establecen las competencias de los Departamentos del Consejo Insular de Mallorca, modificada por Decreto de 2 de octubre de 2023, al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local le corresponde la competencia relativa a las políticas de responsabilidad social.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el apartado 5 de la convocatoria, en caso de que el crédito previsto en la convocatoria sea superior al importe total solicitado (una vez aplicado el límite máximo por proyecto), como es el caso de la línea de entidades sin ánimo de lucro, y una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos, se podrán otorgar las subvenciones por el importe solicitado.

En cambio, la suma de los importes solicitados por los proyectos subvencionables de la línea de empresas y entidades con ánimo de lucro es superior al crédito previsto a la convocatoria por lo que, de acuerdo con el previsto en el apartado 5 de la convocatoria, se tiene que aplicar el procedimiento de concurrencia competitiva y evaluar los proyectos de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 6 de la convocatoria.

Cuarto. La Comisión de evaluación es el órgano colegiado de existencia preceptiva en los procedimientos de concurrencia, la cual tiene que emitir el informe en lo que se concreta el resultado de la evaluación de las solicitudes en base al cual el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva. Las funciones y composición de este órgano están previstas en el apartado 8.5. de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones (en adelante, OGS).

Quinto. La propuesta de concesión de las presentes subvenciones se ajusta a la OGS y, específicamente, an lo previsto en el artículo 27.1 de la misma normativa y se ha realizado conforme los principios de transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos establecidos a la base 37 de las Bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca del año 2026.

Vistos los antecedentes y fundamentos expuestos, la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aceptar la renuncia a las solicitudes de subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones a pequeñas y medianas empresas y entidades de la Economía Social de Mallorca para la implantación de la Responsabilidad Social en su gestión el año 2026 de las siguientes entidades:

Expediente Entidad NIF Proyecto Importe
solicitado
Incidencias
1479768J Rilocost Services S.L B57808883 Implantación de un sistema de responsabilidad social en un Centro Especial de Empleo basado en la gestión ambiental y el bienestar psicosocial (Rilocost) 4.000,00 Presentada renuncia a la solicitud día 27 de mayo de 2026
1479809Q Isla Centinela S.L B07894405 Implantación de un sistema de responsabilidad social en un Centro Especial de Empleo basado en la gestión ambiental y el bienestar psicosocial 4.000,00 Presentada renuncia a la solicitud día 27 de mayo de 2026
1484913E Jardines Campaner SL B57785941 Certificación conforme a UNEv- EN ISO 9001 y UNE EN ISO
14001:2015
4.000,00 Presentada renuncia a la solicitud día 27 de mayo de 2026
1489551X DEEJAYSGRUP SL Y
MEDITERRANEAN CREATIVE
HUB S.L.U. SEGUNDA UNIÓN
TEMPORAL DE EMPRESAS
LEY 18/1982
U21923750 ATLÁNTIDA MALLORCA FILME
FEST 2026
4.000,00 Presentada renuncia a la solicitud día 27 de mayo de 2026
1490733N DENOMINACIÓN DE ORIGEN
PROTEGIDA ACEITE DE
MALLORCA
Q0700451H Implantación ISO 17065 y acreditación ENAC 4.000,00 Presentada renuncia a la solicitud día 4 de junio de 2026

2. Desestimar la solicitud de subvención correspondiente a la convocatoria de subvenciones a pequeñas y medianas empresas y entidades de la Economía Social de Mallorca para la implantación de la Responsabilidad Social en su gestión el año 2026 de la siguiente entidad por las deficiencias indicadas:

Expediente Entidad NIF Proyecto Importe
solicitado
1475061X ASOC RESTAURANT WEEK
BALEAR (ARWB)
G26609248 Implantación de un sistema de
Responsabilidad Social en Mallorca
Restaurant Week 2026
4.000,00
Incidencias
El proyecto solicitado tiene como objetivo la implantación inicial de una plataforma colaborativa aplicada al ecosistema gastronómico de Mallorca y la promoción del producto local, todo eso sin especificar la modalidad de actuación prevista ni el estándar o acción acreditable según lo establecido en la convocatoria. De acuerdo con el apartado 3.3 de la convocatoria sólo serán subvencionables las acciones acreditables en el ámbito de la Responsabilidad Social reconocidas a nivel nacional e internacional, que se encuadren en alguna de las modalidades establecidas: elaboración de memorias de sostenibilidad, obtención de certificaciones o informes externos de verificación y adhesión a organizaciones. El proyecto solicitado no se encuadra en ninguna de estas modalidades.

3. Conceder las subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones a pequeñas y medianas empresas y entidades de la Economía Social de Mallorca para la implantación de la Responsabilidad Social en su gestión el año 2026, por un importe total de 80.000,00 euros, a las entidades y por los importes que se indican al cuadro siguiente.

4. Disponer un gasto a favor de las entidades siguientes, por los importes que se relacionan, de los cuales 10.776,90 euros se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 65.93101.48900 (entidades sin ánimo de lucro) y 69.223,10 euros con cargo a la aplicación 65.93101.47900 (empresas y entidades sin ánimo de lucro):

  Empresas y entidades con ánimo de lucro    
Expediente Entidad NIF Modalidad de actuación Importe
solicitado
Puntuación Importe concedido Observaciones
1474515N THE RIGGING
POINT SL
B57828410 B) Obtención certificaciones C) Adhesión a organizaciones 4.000,00 35 3.760,24  
1476415C BALEARES DE
LIMPIEZA SA
A07204647 B) Obtención certificaciones 3.239,27 30 3.223,06  
1479863Q VITRAC, OBRA
PUBLICA SL
B57207714 B) Obtención certificaciones 4.000,00 45 4.000,00  
1484023T ESTUDIOS
EFICIENTES
DE INGENIERÍA
2009 SL
B57606527 B) Obtención certificaciones 4.000,00 35 3.760,24 Se disminuye el presupuesto del ISO 9001.
1485578D Bruper, S. A. A07166085 A) Memorias de
sostenibilidad
4.000,00 30 3.223,06  
1486677E GRABADOS
NAYBOR SA
A07209075 B) Obtención certificaciones 4.000,00 40 4.000,00  
1487462W CALIDAD
CROMATICA SL
B16544926 A) Memorias de
sostenibilidad B) Obtención certificaciones
4.000,00 30 3.223,06 Se disminuye el presupuesto del ISO 9001.
1489580M A. F. TRANS
INTERNACIONAL
SL
B57346215 B) Obtención certificaciones C) Adhesión a organizaciones 3.882,00 40 3.882,00  
1489760M Y LANTIMAR
YACHTING SL
B57619850 B) Obtención certificaciones 4.000,00 40 4.000,00  
1489880D FRUTAS Y
VERDURAS SUEÑO
MARCH, S.L.U
B07664675 A) Memorias de
sostenibilidad B) Obtención certificaciones C) Adhesión a organizaciones
4.000,00 30 3.223,06  
1489976M COMPAÑIA
HOTELERA SANTO
JORDI S.A.
A07015597 B) Obtención certificaciones 4.000,00 30 3.223,06  
1490025E KELKO QUIMICA
S. L.
B07781925 B) Obtención certificaciones 4.000,00 40 4.000,00  
1490082J COMPAÑIA
HOTELERA
PLAYA PAGUERA
S. A.
A07020969 B) Obtención certificaciones 4.000,00 30 3.223,06  
1490128Y COMPAÑIA
HOTELERA
FLORIDA S.A.
A07014277 B) Obtención certificaciones 4.000,00 30 3.223,06  
1490161T ACUSA S.A. A08764193 B) Obtención certificaciones 4.000,00 35 3.760,24  
1490586J SALINAS DE
LEVANTE S.A .
A07006778 B) Obtención certificaciones 3.850,00 35 3.760,24  
1491135X Cooperativa
Agrícola San
Bartomeu, SCL
F07013303 B) Obtención certificaciones 1.647,60 35 1.647,60  
1491217K GUSTO
MUNDIAL
BALEARIDES SL
B57213357 B) Obtención certificaciones 4.000,00 30 3.223,06 Se disminuye el presupuesto del software (Fjiol-Leadity).
1491306J REDICAN SL B38766085 B) Obtención certificaciones 3.645,00 35 3.645,00  
1491345N ASTILLEROS DE
MALLORCA SU
A07012826 B) Obtención certificaciones 4.000,00 30 3.223,06  
    Entidades sin ánimo de lucro    
Expediente Entidad NIF Modalidad de actuación Importe
solicitado
Puntuación Importe concedido Observaciones
1473616P Fundació Estel de Llevant Salud Mental G07815905 B) Obtención certificaciones 4.000,00 30 4.000,00  
1476875Q APAEMA G57510737 A) Memorias sostenibilidad B) Obtención certificaciones C) Adhesión a organizaciones 3.858,54 40 3.858,54  
1480249C ASSOCIACIO
DE VEINS DE
PUERTO
POLLENÇA
G07029481 B) Obtención certificaciones 3.305,79 40 2.918,36 Se disminuye el presupuesto del ISO 9001.

5. Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en BOIB.»

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante esta consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

 

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

(Firmado electrónicamente: 8 de julio de 2026)

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local Diego de la Fuente Rama