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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 493402
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución de la Presidencia del IMAS se aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente al año 2023, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, incluyendo, entre otras, 1 plaza de turno libre derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, subgrupo A2, especialidad graduado/a social (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023).

2. Por Resolución de la Presidencia del IMAS se aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente al año 2025, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos y de la tasa específica prevista en el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025, incluyendo, entre otras, 2 plazas de turno libre derivadas de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, 2 plazas de turno libre derivadas de la tasa específica y 1 plaza de promoción interna derivada de la tasa específica, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, subgrupo A2, especialidad graduado/a social (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).

En total hay 6 plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, subgrupo A2, especialidad graduado/a social, de las cuales 5 corresponden al turno libre y 1 al turno de promoción interna vertical, que es procedente convocar.

3. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, así como las ofertas de empleo público derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024), la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025) y la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026).

4. En fecha 1 de marzo de 2026, el Director gerente emitió el informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

5. En fecha 9 de marzo de 2026, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

6. En fecha 2 de abril de 2026, la responsable del Servicio de Gestión Económica del IMAS emitió informe económico en el que se establece que la propuesta de resolución cumple los principios de estabilidad presupuestaria.

7. En fecha 8 de mayo de 2026, la Coordinación de los Servicios de Selección y Provisión del IMAS emitió informe jurídico favorable, al haberse seguido el procedimiento legalmente establecido y adecuarse la propuesta de resolución a la normativa vigente.

 

8. En fecha 15 de junio de 2026, la Intervención General del Consejo de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario correspondiente al año 2023, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023), y la Oferta de Empleo Público de personal funcionario correspondiente al año 2025, derivada de la tasa ordinaria de reposición de efectivos y de la tasa específica prevista en el artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025 (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).

2. De conformidad con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como con lo previsto en dicho Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.

El artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. En virtud de dicha atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, tiene carácter básico de conformidad con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

De acuerdo con el artículo 3 del citado Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, los procedimientos de selección se regirán por las bases de la convocatoria aprobadas por el órgano competente de la corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios.

El artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los principios informadores del acceso a la función pública, y el artículo 49 de la misma norma determina el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), vinculando sus bases a la Administración, a los órganos de selección y a las personas participantes.

3. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, y las ofertas de empleo público derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025).

Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que tiene que regir de forma uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, el turno de reserva para personas con discapacidad y el turno de promoción interna, sin perjuicio de las especificidades derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que deberán recogerse en las bases específicas de cada convocatoria.

4. La Disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica del Consejo de Mallorca y de los organismos que dependen del mismo, modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 10 de abril de 2025 (BOIB n.º 76, de 17 de junio de 2025), regula la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos en los procesos selectivos.

5. De conformidad con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca el día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer sus bases, los programas y el contenido de las pruebas, así como nombrar a los miembros de los órganos de selección.

Por todo ello, se dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes por turno libre y promoción interna de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, en los términos establecidos en el Anexo I y en el Anexo II.

2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial de la Oferta de Empleo Público del IMAS correspondiente a los ejercicios 2023 y 2025, por el sistema de concurso-oposición, de la siguiente especialidad:

  • Clasificación:

Escala: Administración especial

Subescala: Técnica

Clase: Técnico/a medio

Especialidad: Graduado/a social

Subgrupo: A2

  • Número de plazas: 6 plazas, de las cuales 5 corresponden al turno libre y 1 a promoción interna.

3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4. Establecer que esta convocatoria se rige por las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, y las ofertas de empleo público derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024), la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025) y la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026).

5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6. Establecer que, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos deberán cumplimentarse mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las bases generales. A estos efectos, deberá accederse al Portal de Selección (https://imas.secimallorca.net/).

7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria deberá estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento deberá publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, una vez finalizado el período de presentación de instancias.

8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias y el orden de actuación de las personas aspirantes, en su caso. Esta resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca el día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia, en cualquier momento a partir del día siguiente al de la desestimación presunta, que se entenderá producida transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado su resolución.

 

No obstante, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución (2 de julio de 2026

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sànchez Cifre

La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo)

 

ANEXO I Bases específicas que han de regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de las ofertas de empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondientes a los ejercicios 2023 y 2025.

1. Normas generales

1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 6 plazas de la especialidad de graduado/a social correspondientes a las ofertas de empleo público del IMAS de los ejercicios 2023 y 2025, distribuidas de la siguiente forma:

  • Turno libre: 5 plazas.
  • Turno de promoción interna vertical: 1 plaza.

1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

  • Grupo/Subgrupo: A2.
  • Escala: Administración Especial.
  • Subescala: Técnica.
  • Clase: Técnico/a medio.
  • Especialidad: Graduado/a social.
  • Sistema de selección: Concurso-oposición.
  • Vinculación: Personal funcionario.

1.2. Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición para el turno libre y para el turno de promoción interna vertical.

Para el turno libre, la fase de concurso representará el 30 % y la fase de oposición el 70 % del resultado global del proceso selectivo.

Para el turno de promoción interna, la fase de concurso representará el 40 % y la fase de oposición el 60 % de la puntuación global obtenida en el proceso selectivo.

La fase de oposición consistirá en la realización de los ejercicios previstos en el apartado b) de la base 10.2.2 del Anexo I de las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial previstas en la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y en las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, así como las derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), y en estas bases específicas, con el fin de determinar la capacidad y aptitud de las personas aspirantes.

La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y será necesario superarla para poder acceder a la fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, conforme a los baremos de méritos para el turno libre y para el turno de promoción interna, contenidos en los anexos A y B de las bases generales. Esta fase no tendrá carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

Además de los previstos en las bases generales:

  • Estar en posesión del título universitario de grado en Relaciones Laborales o de la titulación equivalente que habilite para el ejercicio de la profesión de graduado/a social, de conformidad con la normativa vigente.
  • Estar en posesión del certificado acreditativo del nivel B2 de conocimientos de lengua catalana.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa por derechos de examen es de 27,57 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consejo de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB n.º 35, de 20 de marzo de 2018, modificada por el BOIB n.º 107, de 13 de agosto de 2022), y deberá abonarse dentro del plazo de presentación de solicitudes, sin que pueda efectuarse en ningún otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la citada Ordenanza.

En ningún caso el pago de la tasa eximirá del trámite de presentación electrónica de la solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes supondrá la exclusión de la persona aspirante del procedimiento selectivo.

4. Calendario de las pruebas

La Presidencia del IMAS aprobará la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Dicha resolución se publicará en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la relación definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de celebración de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de ellos y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución y a propuesta motivada del tribunal, ampliar dicho plazo.

5. Tribunal calificador

El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.

El Tribunal calificador deberá respetar lo establecido en los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 27/1994, de 11 de marzo, así como las reglas establecidas en las bases generales.

El Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de esta convocatoria deberá estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y su nombramiento se publicará en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 90 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales únicamente una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada respuesta correcta se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no contestadas, tanto si todas las opciones figuran en blanco como si contienen más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente entre las alternativas previstas en el ejercicio, no serán objeto de valoración. Las respuestas erróneas se penalizarán con una cuarta parte del valor asignado a la respuesta correcta. El cuestionario que deberán responder las personas aspirantes se elegirá mediante sorteo público, realizado ante las personas aspirantes antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 100 minutos y, para superarlo, será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se realizará mediante procedimiento mecanizado, garantizando el anonimato.

En el supuesto de que se acuerde anular alguna pregunta por ser incorrecto su planteamiento, porque todas las respuestas propuestas sean incorrectas o porque exista más de una respuesta correcta, así como cuando no exista coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá, en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos del cálculo de la calificación resultante, de las preguntas anuladas por otras tantas de reserva y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en que figuren en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de una o varias preguntas durante la realización del ejercicio o como consecuencia de las alegaciones presentadas a la lista provisional de personas aprobadas. Asimismo, podrá anular preguntas cuando detecte de oficio un error material o aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de personas aprobadas del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 150 minutos, cinco cuestiones de carácter teórico correspondientes a un modelo elegido mediante sorteo público, realizado ante las personas aspirantes antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deberán consistir necesariamente en una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema, pudiendo interrelacionar distintos epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones planteadas, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización e innovación del contenido, la claridad y el orden de las ideas, la calidad de la expresión escrita y la capacidad de síntesis y de relación.

En el supuesto de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se efectuará del siguiente modo: cada cuestió n se calificará de 0 a 10 puntos, siendo la calificación final del ejercicio la media de las puntuaciones obtenidas en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 3 puntos en cada cuestión y que la nota mediana de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico, a elegir entre dos designados mediante sorteo público, realizado ante las personas aspirantes antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y razonamiento, la sistemática y la claridad de las ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los supuestos planteados, así como la actualización e innovación del contenido.

En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se efectuará del siguiente modo: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y, para superar esta prueba, será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna

7.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 150 minutos, cinco cuestiones de carácter teórico correspondientes a un modelo elegido mediante sorteo público, realizado ante las personas aspirantes antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deberán consistir necesariamente en una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema, pudiendo interrelacionar distintos epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones planteadas, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización e innovación del contenido, la claridad y el orden de las ideas, la calidad de la expresión escrita y la capacidad de síntesis y de relación.

En el supuesto de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se efectuará del siguiente modo: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, siendo la calificación final del ejercicio la media de las puntuaciones obtenidas en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 3 puntos en cada cuestión y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

7.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico, a elegir entre dos designados mediante sorteo público, realizado ante las personas aspirantes antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y razonamiento, la sistemática y la claridad de las ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los supuestos planteados, la actualización e innovación del contenido. En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se efectuará del siguiente modo: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y, para superar esta prueba, será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

8. Fórmula para calcular la puntuación final

La puntuación final de concurso oposición para el turno libre debe calcularse con la fórmula siguiente:

Nota del aspirante en la oposición                    Méritos del aspirante en el concurso

70 x ------------------------------------------------- + 30 x ----------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                            Puntuación máxima en el concurso

En el caso del turno de promoción interna, la puntuación final de concurso oposición debe calcularse con la fórmula siguiente:

Nota del aspirante en la oposición                    Méritos del aspirante en el concurso

60 x ------------------------------------------------- + 40 x -----------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                            Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora de la ocupación

9.1. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo

Este proceso selectivo genera rá una bolsa de personal funcionario interino que incluirá, por orden de puntuación final, a las personas aspirantes que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de conformidad con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administraci ón de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determinará de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para quienes no hayan superado la fase de oposición, se determinará únicamente por la suma de las puntuaciones de los ejercicios que hayan aprobado.

Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

9.2. Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario mediante el sistema de nombramiento provisional para la mejora del empleo

El turno de promoción interna de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá, por orden de puntuación final, a las personas aspirantes que hayan superado, al menos, un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para la mejora del empleo regulados en el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determinará de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso) y, para quienes no hayan superado la fase de oposición, se determinará únicamente por la suma de las puntuaciones de los ejercicios que hayan aprobado.

 

ANEXO II ​​​​​​​Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, especialidad graduado/a social, del subgrupo A2, de las ofertas de empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondientes a los ejercicios 2023 y 2025

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: principios generales, estructura y contenido básico. Los derechos y deberes fundamentales. La Unión Europea: concepto y naturaleza jurídica. Las libertades básicas comunitarias.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: contenido básico y principios fundamentales. La reforma del Estatuto de Autonomía. El Parlamento de las Illes Balears: composición y funciones. Organización y funcionamiento. Especial referencia a la función legislativa: la elaboración de las leyes.

Tema 3. La Administración Local: principios constitucionales y regulación vigente. Tipología de las entidades locales. El principio de autonomía local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tema 4. El sistema de fuentes del Derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales.

Tema 5. Los Consejos Insulares: características generales. Organización y competencias. La organización y funcionamiento del Consejo de Mallorca. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tema 6. El presupuesto general de las entidades locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación. Prórroga del presupuesto. Ejecución y liquidación del presupuesto.

Tema 7. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 8. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Tema 9. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con las administraciones públicas. Las personas interesadas en el procedimiento: legitimación y capacidad de obrar.

Tema 10. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La eficacia: notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Las disposiciones generales del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 11. La revisión de los actos en vía administrativa: los recursos administrativos. Principios generales, objeto, requisitos y procedimiento administrativo en vía de recurso. Clases de recursos. Los recursos administrativos en el ámbito de la Administración Local.

Tema 12. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.

Parte específica

Derecho del Trabajo

Tema 1. El Derecho del Trabajo. Función del Derecho del Trabajo. El nacimiento y desarrollo del Derecho del Trabajo. Breve evolución del Derecho del Trabajo en el Estado español. El Derecho del Trabajo como opción política. Características y problemas actuales del Derecho del Trabajo.

Tema 2. Estructura del Derecho del Trabajo: normas y relaciones laborales. Ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo. El Derecho del Trabajo como ordenamiento del trabajo personal, voluntario, dependiente y por cuenta ajena. Características básicas del Derecho del Trabajo: autonomía del Derecho del Trabajo; diferenciación entre Derecho público y Derecho privado en el Derecho del Trabajo; Derecho común o Derecho especial.

Tema 3. Fuentes del ordenamiento laboral. La Constitución. Las normas internacionales. Las leyes nacionales. Los reglamentos. Los convenios colectivos. Acuerdos conciliatorios y laudos arbitrales. La costumbre laboral. La potestad normativa de las comunidades autónomas.

Tema 4. El contrato de trabajo. Naturaleza jurídica del contrato de trabajo. Modalidades contractuales. Relaciones laborales excluidas del Estatuto de los Trabajadores y su regulación.

Tema 5. Modalidades contractuales. Contrato indefinido. Contrato temporal: tipología. Contrato formativo. Contrato en prácticas. Contratos a tiempo parcial.

Tema 6. La jornada de trabajo: fundamentos de la limitación de la jornada. Régimen jurídico de la jornada máxima. Las horas extraordinarias. La jornada ordinaria y las jornadas especiales. El horario de trabajo. El descanso semanal y el descanso anual. Las fiestas laborales.

Tema 7. El salario: concepto y función. Estructura salarial: salario base y complementos. Las percepciones extrasalariales. Pagas extraordinarias. El carácter privilegiado del crédito salarial. El embargo del salario: posibilidades y limitaciones.

Tema 8. Modificación y suspensión del contrato de trabajo. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales del contrato de trabajo. Suspensión del contrato de trabajo: causas y efectos. Las excedencias en el Estatuto de los Trabajadores y su tratamiento en el Convenio Colectivo del Consejo de Mallorca.

Tema 9. Extinción del contrato de trabajo. Extinción por voluntad de la persona trabajadora. Extinción por voluntad conjunta de ambas partes. Extinción por voluntad del empresario: por causas objetivas o por despido. Causas del despido disciplinario. Forma, lugar y tiempo del despido disciplinario.

Tema 10. La libertad sindical. Regulación y contenido. Libertad sindical individual. Libertad sindical colectiva. Tutela de la libertad sindical. Capacidad procesal de los sindicatos. Responsabilidades de los sindicatos. Los derechos sindicales en la empresa.

Tema 11. La negociación colectiva. Normativa constitucional. Unidades de negociación. Legitimación para negociar. Adhesión y extensión de los convenios colectivos. Contenido de los convenios. Duración de los convenios colectivos. La negociación colectiva de los funcionarios públicos: especial referencia al Convenio Colectivo del Consejo de Mallorca.

Tema 12. Elaboración de la nómina del personal laboral y del personal funcionario, diferencias. Normativa, conceptos; tipos de retribuciones, salario íntegro, deducciones, salario líquido, aportaciones a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Nóminas en situación de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, suspensión provisional de sueldo y empleo, huelga.

Derecho de la Seguridad Social

Tema 13. La Seguridad Social en la Constitución Española de 1978. El texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, RDL 8/2015, de 30 de octubre. Estructura y contenido. Régimen económico-financiero. Fuentes de financiación.

Tema 14. Campo de aplicación y composición del sistema de la Seguridad Social. Régimen General: ámbito subjetivo de aplicación. Inclusiones y exclusiones. Regímenes especiales: enumeración y razones que justifican su existencia.

Tema 15. Constitución de la relación jurídica de aseguramiento. Inscripción de empresas. Afiliación. Altas y bajas. Procedimientos y plazos. Convenio especial y otras situaciones asimiladas al alta. Alta de pleno derecho.

Tema 16. Cotización. Sujetos obligados y sujetos responsables. Nacimiento, duración y extinción de la obligación de cotizar. Tipos de cotización. Determinación de las bases de cotización en el Régimen General. Situaciones especiales. Bonificación y reducción de cuotas.

Tema 17. Las contingencias objeto de cotización y su tratamiento. Cuota empresarial y cuota a cargo de la persona trabajadora. Contingencias comunes. El mecanismo de equidad intergeneracional. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Desempleo. Fondo de Garantía Salarial. Formación profesional. Cotización adicional por horas extraordinarias. Bonificaciones y correcciones de la cuota.

Tema 18. Recaudación. Plazo, lugar y forma de liquidación de cuotas. Ingresos fuera de plazo. Recaudación en vía ejecutiva: procedimiento. Aplazamiento del pago de cuotas. Procedimiento.

Tema 19. Accidente de trabajo y enfermedad profesional. Concepto y causas que motivan esta situación. Accidente in itinere. Especialidades en relación con el personal del Consejo de Mallorca (IMAS) en la modalidad de prestación de servicios mediante teletrabajo.

Tema 20. Incapacidad temporal. Concepto y causas que motivan esta situación. Personas beneficiarias. Nacimiento, duración y extinción del derecho.

Tema 21. Maternidad y paternidad: prestaciones y duración. Riesgo durante el embarazo. Situación protegida. Asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Tema 22. Incapacidad permanente en la modalidad contributiva. Concepto. Grados. Personas beneficiarias. Nacimiento, duración y extinción del derecho. Lesiones permanentes no incapacitantes.

Tema 23. Jubilación en la modalidad contributiva. Concepto. Requisitos. Especial referencia a la edad de jubilación. Suspensión y extinción de la prestación. La jubilación no contributiva. La jubilación parcial.

Tema 24. La protección por desempleo. Situaciones legales de desempleo. Nivel contributivo: requisitos. Duración y extinción. Nivel asistencial: requisitos, duración y extinción. Incompatibilidades.

Tema 25. La colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Colaboración obligatoria y voluntaria de las empresas.

Derecho de la Función Pública

Tema 26. El sistema español de empleo público. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tema 27. El personal al servicio de las administraciones públicas. Concepto y clases de empleados públicos. Régimen jurídico. Personal eventual y personal directivo. Clases de personal al servicio de la Administración Local.

Tema 28. Régimen jurídico regulador de la función pública local. Competencias del Estado, de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales.

Tema 29. Órganos competentes en materia de función pública local. Especial referencia a las competencias locales.

Tema 30. Acceso a la función pública. Oferta de empleo público. Principios constitucionales de acceso a la función pública. Requisitos. Sistemas selectivos: oposición, concurso-oposición.concurso. Contenido básico de las bases de la oferta de empleo público. El acceso a la función pública de las personas nacionales de los restantes Estados miembros de la Unión Europea.

Tema 31. Planificación de recursos humanos, estructuración del empleo público, relaciones de puestos de trabajo y registro de personal.

Tema 32. La carrera administrativa del personal funcionario del Consejo de Mallorca. Concepto, significado y modalidades de la carrera administrativa. Los aspectos personales de la carrera: grupos, escalas, subescalas, clases, especialidades. El grado personal.

Tema 33. La provisión de puestos de trabajo del personal funcionario en el ámbito de las administraciones públicas locales. Sistemas. Procedimiento de selección de personal funcionario interino.

Tema 34. La provisión de puestos de trabajo del personal laboral. Sistemas y especialidades en relación con los trabajadores del IMAS.

Tema 35. La movilidad y el traslado de puesto de trabajo por interés de la Administración Local y por voluntad de la persona empleada.

Tema 36. Derechos del personal empleado público. Derechos de carácter colectivo. Regulación legal. El derecho de sindicación. Derecho a la negociación colectiva. Derecho de reunión.

Tema 37. El derecho de huelga y la función pública.

Tema 38. Derechos del personal empleado público. Derechos de carácter individual. Derechos de naturaleza estatutaria. Derecho a la formación.

Tema 39. El régimen retributivo del personal empleado público al servicio de la Administración Local. Regulación. Estructura de las retribuciones del personal funcionario y del personal laboral al servicio de la Administración Local. La carrera profesional del personal del Consejo de Mallorca. Los anticipos reintegrables.

Tema 40. Reconocimiento de servicios previos en la Administración pública en relación con el personal funcionario y tratamiento específico del personal laboral.

Tema 41. El teletrabajo en el Consejo de Mallorca (IMAS). Marco normativo. Requisitos para acceder al teletrabajo. Procedimiento de autorización. Régimen jurídico.

Tema 42. Deberes del personal empleado público de la Administración Local. Normativa aplicable. Enumeración de los deberes del personal funcionario. Principios éticos y de conducta.

Tema 43. Las situaciones administrativas del personal funcionario. Servicio activo, servicios especiales, excedencias, suspensión de funciones, cambio de situación administrativa, reingreso al servicio activo.

Tema 44. La pérdida de la condición de funcionario público local. Extinción de la relación funcionarial.

Tema 45. Los acuerdos reguladores de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Consejo de Mallorca, aplicables al personal del IMAS. Especialidades en relación con la normativa general.

Tema 46. El Convenio Colectivo del personal laboral del Consejo de Mallorca, aplicable al personal laboral del IMAS. Aspectos que regula.

Tema 47. Empleados públicos de la Administración Local: jornada y horario de trabajo. Interrupciones de la jornada laboral. Especialidades en relación con el IMAS. Permisos retribuidos y permisos no retribuidos.

Tema 48. Las incompatibilidades del personal al servicio de la Administración pública.

Tema 49. La responsabilidad disciplinaria y su régimen disciplinario. Faltas y sanciones. Prescripción. Procedimiento sancionador.