Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 493386
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 2 de julio de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024
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Hechos
1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026.
2. La Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento (Vicepresidencia Segunda y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local) ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 5 («Participación institucional») del objetivo II («Empleo estable y de calidad»), en el sentido de añadir una nueva línea, la línea II.5.4, para posibilitar una convocatoria de ayudas destinada a apoyar la actividad de las corporaciones de derecho público de ámbito autonómico, dirigida no sólo a las Reales Academias, sino también a las academias inscritas en el correspondiente Registro de las Illes Balears. La introducción de esta nueva línea hace necesario modificar la actual línea II.5.1, dirigida únicamente a las Reales Academias, con la finalidad de reflejar los años en que, efectivamente, la línea ha sido objeto de convocatoria, a saber, 2024 y 2025, y, en consecuencia, reajustar el crédito que se ha destinado a esta última línea.
3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2024, en el sentido de añadir una nueva línea, la línea II.5.4, y modificar la línea II.5.1, en los siguientes términos:
II.5.1
Dirección general: Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Fuente de financiación: capítulo 4
Descripción: ayudas para dar apoyo a la actividad de las reales academias de las Illes Balears
Finalidades y efectos: facilitar a las corporaciones de derecho público la realización de sus fines de estudio y la generación de conocimiento, y favorecer su transferencia a las instituciones y a la sociedad
Convocatoria: anual (2024 y 2025)
Coste: 76.000 €
Indicadores: número de actividades hechas, número de estudios publicados, porcentaje de actividades abiertas al público y porcentaje de las actividades difundidas o emitidas por medios electrónicos
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
II.5.4
Dirección general: Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Fuente de financiación: capítulo 4
Descripción: ayudas para apoyar la actividad de las corporaciones de derecho público de ámbito autonómico (reales academias y academias de las Islas Baleares) inscritas en el Registro de Academias de las Illes Balears
Finalidades y efectos: facilitar a las corporaciones de derecho público la realización de sus fines de estudio y la generación de conocimiento, y favorecer su transferencia a las instituciones y a la sociedad
Convocatoria: anual (2026)
Coste: 45.000,00 €
Indicadores: número de actividades realizadas, número de estudios publicados, porcentaje de actividades abiertas al público y porcentaje de las actividades difundidas o emitidas por medios electrónicos
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de julio de 2026)
La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29/07/2023)