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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

Núm. 489698
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Banyalbufar por el cual se amplía el plazo de información pública del Catálogo de Elementos y Espacios Protegidos del término municipal de Banyalbufar

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Banyalbufar, en la sesión ordinaria de 16 de junio de 2026, por unanimidad de sus miembros adoptó el siguiente acuerdo:

«PRIMERO. Rectificar el error material, de hecho, o aritmético de acuerdo con el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del acuerdo de Pleno de fecha 10 de marzo de 2026, concretamente en el sentido siguiente:

Donde dice:

SEGUNDO.- Proceder a la apertura del trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en al menos uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, así como en la sede electrónica municipal, por un plazo de un mes para que cualquier persona interesada pueda presentar alegaciones.

Ha de decir:

SEGUNDO.- Proceder a la apertura del trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en al menos uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, así como en la sede electrónica municipal, por un plazo de treinta días para que cualquier persona interesada pueda presentar alegaciones.

SEGUNDO. Dado que el cómputo correcto del plazo de información pública se debe de hacer conforme a los artículos 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares y 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y que el período de exposición pública iniciado con la publicación en el BOIB núm. 57, de 5 de mayo de 2026, ha sido al menos de 20 días hábiles, acordar la ampliación del plazo de información pública en 10 días hábiles adicionales, para garantizar que las personas interesadas dispongan efectivamente de un mínimo de 30 días hábiles previstos legalmente.

TERCERO. Disponer que esta ampliación del plazo de información pública se publique en el BOIB, en la sede electrónica municipal y en el tablón de anuncios, y que se dé traslado a los servicios técnicos y jurídicos municipales a los efectos oportunos.

CUARTO. Notificar este acuerdo a los interesados y incorporarlo al expediente correspondiente, de conformidad con el artículo 109 de la Ley 39/2015, relativo a la rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos.»

 

Banyalbufar, documento firmado electrónicamente (19 de junio de 2026)

El alcalde en funciones Joan Vives Gelabert