Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 493543
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2026 de distribución de la ayuda de Estado para el establecimiento de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears para el año 2026
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La disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, establece, en su apartado segundo, un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears. Asimismo, en su apartado quinto dispone que, con esta ayuda, la comunidad autónoma deberá compensar proporcionalmente a las administraciones o empresas gestoras de los servicios de transporte colectivo terrestre.
El artículo 20 del Real Decreto Ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje, prevé que la cuantía de la ayuda para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el establecimiento del descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre asciende a 63 millones de euros, con cargo a la sección 17 «Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible», servicio 41 «Dirección General de Estrategias de Movilidad», programa 441M «Subvenciones y Apoyo al Transporte Terrestre», subconcepto 453.02, para el establecimiento de un descuento del 100 % a los usuarios recurrentes en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears.
Así pues, corresponde al Gobierno de las Illes Balears, como entidad beneficiaria de la ayuda, repartir los 63 millones de euros entre las distintas administraciones y entidades gestoras de los servicios de transporte terrestre colectivo de las Illes Balears. Este reparto no puede realizarse exclusivamente en función de la población a la que se presta el servicio de transporte, ya que las redes de transporte y la demanda de movilidad no pueden separarse de manera estricta por criterios geográficos.
Por consiguiente, se entiende que la mejor manera de distribuir proporcionalmente esta ayuda entre las administraciones y empresas gestoras de los servicios de transporte terrestre colectivo de las Illes Balears es teniendo en cuenta la estimación de los ingresos tarifarios totales que estas dejarán de percibir como consecuencia del establecimiento del descuento del 100 % en el precio de los abonos y títulos multiviaje. Asimismo, también se ha tenido en consideración la previsión de que estas administraciones o entidades gestoras obtengan otras ayudas por este concepto, así como las bonificaciones que estas asumen con fondos propios.
Así pues, de acuerdo con este criterio, la distribución de los 63 millones de euros entre las administraciones y empresas gestoras de los servicios de transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears quedará establecida de la siguiente manera:
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Entidades y empresas gestoras del transporte público colectivo terrestre |
2026 |
2027 |
Total |
|---|---|---|---|
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Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma |
21.385.000,00 € |
11.515.000,00 € |
32.900.000,00 € |
|
Consorcio de Transportes de Mallorca |
8.375.250,00 € |
4.509.750,00 € |
12.885.000,00 € |
|
Servicios Ferroviarios de Mallorca |
4.592.250,00 € |
2.472.750,00 € |
7.065.000,00 € |
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Consejo Insular de Ibiza |
4.127.500,00 € |
2.222.500,00 € |
6.350.000,00 € |
|
Consejo Insular de Menorca |
2.145.000,00 € |
1.155.000,00 € |
3.300.000,00 € |
|
Consejo Insular de Formentera |
325.000,00 € |
175.000,00 € |
500.000,00 € |
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad, en la sesión de 3 de julio de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Aprobar la distribución de la ayuda para el establecimiento del descuento del 100 % en el precio de los abonos y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las Illes Balears para el año 2026, por un importe total de 63.000.000 €, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma: 32.900.000 €
Con la siguiente distribución plurianual:
— Año 2026: 21.385.000,00 €
— Año 2027: 11.515.000,00 €
Consorcio de Transportes de Mallorca: 12.885.000,00 €
Con la siguiente distribución plurianual:
— Año 2026: 8.375.250,00 €
— Año 2027: 4.509.750,00 €
Servicios Ferroviarios de Mallorca: 7.065.000,00 €
Con la siguiente distribución plurianual:
— Año 2026: 4.592.250,00 €
— Año 2027: 2.472.750,00 €
Consejo Insular de Ibiza: 6.350.000,00 €
Con la siguiente distribución plurianual:
— Año 2026: 4.127.500,00 €
— Año 2027: 2.222.500,00 €
Consejo Insular de Menorca: 3.300.000,00 €
Con la siguiente distribución plurianual:
— Año 2026: 2.145.000,00 €
— Año 2027: 1.155.000,00 €
Consejo Insular de Formentera: 500.000,00 €
Con la siguiente distribución plurianual:
— Año 2026: 325.000,00 €
— Año 2027: 175.000,00 €
Segundo. Habilitar, en su caso, los créditos necesarios en las correspondientes secciones presupuestarias para financiar las medidas previstas en este Acuerdo, a través de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
Tercero. Restituir los créditos destinados a financiar estas medidas con las aportaciones que la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears reciba del Estado, en relación con la ayuda establecida en el artículo 20 del Real Decreto Ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje.
Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (3 de julio de 2026)
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La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |