Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 493541
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2026 por el que se declara proyecto industrial estratégico la agrupación fotovoltaica Son Cànaves I y II
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La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático tramita el procedimiento relativo a la agrupación fotovoltaica Son Cànaves I y II y su línea de evacuación, situada en el polígono 7, parcela 43 de Llucmajor (RE016/22 y RE017/22).
El expediente ha seguido el procedimiento de acuerdo con la normativa vigente aplicable inherente a la declaración de proyectos industriales estratégicos.
El Consejo de la Industria de las Islas Baleares ha informado sobre el proyecto favorablemente en la sesión de 2 de junio de 2026 con las siguientes consideraciones:
1. Que el día 2 de junio de 2026, desde las 11:20 hasta las 11:55 horas, se desarrolló la vigesimoprimera reunión del Consejo de la Industria de las Illes Balears, con carácter ordinario; dentro del orden del día de esta convocatoria se incluía, entre otros, la propuesta y aprobación del informe relativo a la declaración del parque fotovoltaico SON CÀNAVES I y II en Llucmajor (RE016/22 y RE017/22).
2. Que la declaración de proyecto estratégico industrial del parque fotovoltaico SON CÀNAVES I y II en Llucmajor (RE016/22 y RE017/22) se presentó al Consejo de la Industria de acuerdo con las previsiones de la Ley 14/2019, de 29 de marzo, de proyectos industriales estratégicos de las Illes Balears.
3. Que el Consejo de la Industria en la sesión del día 2 de junio de 2026, aprobó el informe favorable de 21 de mayo de 2026 sobre la declaración de proyecto estratégico industrial del parque fotovoltaico SON CÀNAVES I y II en Llucmajor (RE016/22 y RE017/22), de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.7 de la Ley 14/2019, de 29 de marzo, de proyectos industriales estratégicos de las Illes Balears.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace constar que, a fecha de hoy, el acta correspondiente a la vigesimoprimera reunión del Consejo de la Industria de las Illes Balears todavía no ha sido sometida a aprobación.
Procede en este momento que la persona titular de la consejería competente en materia de industria eleve al Consejo de Gobierno la propuesta de declaración de la inversión como proyecto industrial estratégico.
Por todo ello, visto el informe del Consejo de la Industria de las Islas Baleares, y de acuerdo con la normativa aplicable, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, en la sesión de 3 de julio de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Aprobar la declaración del proyecto de agrupación fotovoltaica Son Cànaves I y II y su línea de evacuación, situada en el polígono 7, parcela 43 de Llucmajor, promovido por Ventaja Solar 24, SL, con NIF B06845663, como proyecto industrial estratégico, con los efectos previstos en el artículo 4 de la Ley 14/2019. Las características del proyecto son las siguientes:
— expediente: RE016/22 y RE017/22
— denominación: agrupación Son Cànaves I y II
— situación: polígono 7, parcela 43 de Llucmajor
— datos técnicos:
— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.
— Superficie ocupada: 88.173 m2.
— 22.064 paneles solares de 580 Wp cada uno. Potencia de pico de 12.797,12 kWp.
— 50 inversores de 215 kW. Potencia instalada de 10.750 kWn.
— 4 centros de transformación 0,8/15,4 kV de 2.500 kVA y 1 centro de transformación 0,8/15,4 kV de 2.000 kVA.
— 1 centro de maniobra y medida (CPM).
— Línea de evacuación común para Son Cànaves I y II de 15 KV soterrada, de 6,5 km aproximadamente.
— Conexión a la subestación eléctrica, denominada SET Arenal, que eleva la tensión de 15 kV a 66 kV.
Segundo. Disponer que esta declaración como proyecto industrial estratégico queda condicionada a la aprobación del proyecto de ejecución, que tiene que incluir todas las prescripciones indicadas en los informes de las administraciones consultadas.
Tercero. Notificar este Acuerdo al propietario de la instalación y al Ayuntamiento de Llucmajor.
Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este Acuerdo del Consejo de Gobierno cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (3 de julio de 2026)
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La secretaria del Consejo de Gobierno
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La presidenta |