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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 488167
Notificación Informe/Propuesta y Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, DEN de fecha 30 de junio de 2026, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan, subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, para el año 2024

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La vicepresidenta en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 30 de junio de 2026, firmó la siguiente,

«INFORME/PROPUESTA/RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida: 4.4 Inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima

Convocatoria:IMIT2024_1

Grupo: IMIT2024_1-7-DEN

Antecedentes

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.

2. En fecha 22 de marzo de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 36 (en adelante BOIB) la propuesta provisional de denegación de la ayuda a ISABEL FELIX DOMINGUEZ con NIF ***7696**.

3. En fecha 16 de abril de 2025, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó Resolución de denegación de la ayuda inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima para el año 2024 a ISABEL FELIX DOMINGUEZ. Esta resolución de denegación se notificó mediante su publicación en el BOIB núm. 51 día 24 de abril de 2025.

4. En fecha 8 de mayo de 2025, la entidad ASAJA BALEARS con NIF G57050098, en nombre y representación de Dª. ISABEL FELIX DOMINGUEZ con NIF ***7696**, interpuso un recurso de alzada contra la Resolución antes citada. En fecha 16 de febrero de 2026, el secretario general [por delegación de la Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural de 30 de julio de 2023 por la que se delega el ejercicio de algunas competencias y de la firma de diversos actos administrativos y resoluciones en materias de la competencia propia (BOIB núm. 105 de 27 de julio de 2023) dictó la correspondiente resolución donde se acordaba retrotraer las actuaciones en el momento anterior a la propuesta provisional para que el órgano instructor pudiera analizar las alegaciones presentadas por la persona interesada y que no se habían tenido en cuenta en el momento procedimiento oportuno.

5. Una vez analizadas las alegaciones presentadas día 1 de abril de 2025 por ISABEL FELIX DOMINGUEZ y con número de registro REGAGE25e00026326100, los órganos gestores han constatado que la Señora FELIX no cumple con el apartado tercero, punto 1, letra b) de la Resolución de la Convocatoria según la cual, en caso de que la persona solicitante de la ayuda no haya presentado la solicitud única (campaña 2023), el requisito para tener la condición de agricultor activo (en los términos previstos en el Real decreto1048/ 2021 de 27 de diciembre sobre la aplicación a partir del 2023 de las intervenciones en forma de pago directas y el establecimiento de los requisitos comunes en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control) se comprueba a través de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2022.

6. La persona interesada no presentó la solicitud única para el año 2023, y tampoco la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2022 para comprobar si cumplían con la condición de agricultor activo y poder ser beneficiarios de la ayuda inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima,al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agrária y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024.

Fundamentos de derecho

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024.

  • El apartado tercer punto 1, letra b) establece que: «pueden ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad jurídica que reúnan los siguientes requisitos y siempre que lleven a cabo las actuaciones que se detallan en el apartado cuarto de esta resolución: [...] b) que tenga la condición de agricultor 1048/2021, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pago directo y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan estratégico de la política agrícola común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control. Este requisito se comprueba de acuerdo con los datos que constan declarados en la campaña de la solicitud única del año 2023. En caso de que la persona solicitante no haya presentado la solicitud única, se comprueba a través de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2022».

Propuesta y Resolución

Por todo ello, se informa desfavorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Denegar la ayuda solicitada a ISABEL FELIX DOMINGUEZ con NIF ***7696** relativa a la línea de ayudas inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima, correspondientes al año 2024, por no cumplir con el requisito de tener la condición de agricultor activo, de acuerdo con lo que establece el apartado tercero, punto 1 letra b) de la Resolución de la Convocatoria.

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo.

3. Notificar esta resolución mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de 1 comunidad de 121 i 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Informe técnico

La jefa de la Sección I del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Maria Angels Perez Ribas

 

Conforme con el informe. Propuesto Resolución

 

La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Gema Canós Franch

 

Conforme a la propuesta, en dicto resolución

 

La vicepresidenta en materia agraria del FOGAIBA

Georgina Brunet Ródenas»

 

En fecha de firma digital (1 de julio de 2026)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni