Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 481213
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, a propuesta del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), por la que se aprueban la estructura de las áreas formativas generales y sectoriales de los planes de formación de la EBAP y la clasificación de las áreas o ámbitos funcionales
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El director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. En fecha 30 de julio de 2024, la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas y presidenta de la EBAP dictó la Resolución mediante la cual se fijaban las áreas de formación y los ámbitos funcionales en que deben estructurarse los planes de formación que organiza la EBAP, que fue modificada en fecha 23 de septiembre de 2024 con la inclusión de las siglas de cada una de las áreas formativas (general y sectorial) y cada uno de los ámbitos funcionales de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tanto en lo que se refiere a la estructura horizontal como vertical.
2. En fecha 19 de febrero de 2025 el director general de Función Pública dictó la Resolución relativa a la atribución de una nueva función a la Comisión de Homologaciones y Convalidaciones de la EBAP, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm. 24, de 22 de febrero de 2025). Esta nueva función consiste en clasificar según el contenido de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas y presidenta de la EBAP, de 30 de julio de 2024, los títulos de posgrado propios y oficiales, las acciones formativas externas a la EBAP y las publicaciones.
Asimismo, se indicaba que esta clasificación se hará de manera progresiva, de conformidad con las necesidades derivadas de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de la Administración, por lo que las publicaciones no han sido objeto de clasificación
3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2026 ratificó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales de 30 de abril de 2026 por el que se establecen criterios de clasificación por áreas funcionales de los puestos de trabajo y de los méritos en los procedimientos de provisión del personal funcionario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 62, de 16 de mayo de 2026).
Este Acuerdo tiene como objetivo facilitar la valoración automatizada de los méritos, agilizar los procedimientos de provisión y garantizar una mayor adecuación entre los perfiles profesionales y los puestos a proveer.
4. El área o ámbito funcional se define en el punto primero como el conjunto de conocimientos, competencias y destrezas necesarios para el desarrollo de las funciones propias de los puestos de trabajo. Asimismo, se estructura en áreas o ámbitos horizontales y verticales, en función de si responde a la necesidad de desarrollar funciones comunes a diversos puestos de trabajo o funciones específicas de los puestos de trabajo vinculados a ámbitos materiales concretos.
En el segundo punto se define el área formativa de una acción como el campo de conocimiento que se aborda, y se ordenan las acciones formativas de la EBAP en generales y sectoriales, según si agrupan las destinadas a la adquisición de competencias genéricas necesarias para el desarrollo correcto de las funciones comunes de cualquier puesto de trabajo, o a la adquisición de competencias específicas necesarias para el ejercicio de las funciones propias de los puestos de trabajo de un mismo ámbito, con funciones similares o de un ámbito funcional; en este último caso, la formación se organiza en áreas o ámbitos funcionales.
5. Finalmente, se establece que la consejería competente en materia de función pública, a propuesta de la EBAP, debe aprobar mediante una resolución, la estructura de las áreas formativas generales y sectoriales de los planes de formación y la clasificación de las áreas o ámbitos funcionales.
Esta clasificación, tal y como determina el apartado 1 del punto 4, debe aplicarse a los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de acuerdo con los conocimientos, habilidades y competencias necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas.
Y en cuanto a las acciones formativas de los planes de formación de la EBAP, el apartado 5 del punto 4 especifica que deben clasificarse en áreas de formación general y sectorial y, en este último caso, por áreas o ámbitos funcionales. Además, las acciones formativas pueden tener áreas o ámbitos funcionales mixtos si afectan a campos de conocimiento de más de un ámbito material de actuación.
Fundamentos de derecho
1. La disposición adicional tercera de la Ley 10/2003, de 22 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, creó la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) como entidad autónoma de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia, adscrita a la consejería competente en materia de función pública.
2. El artículo 12 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, establece que corresponde a la EBAP la formación, la capacitación y el perfeccionamiento del personal empleado público.
3. El artículo 5.2 del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública, establece como una de las funciones de la EBAP promover, organizar y gestionar la formación, el reciclaje y el perfeccionamiento del personal empleado público.
4. El Decreto 191/1996, de 25 de octubre, por el que se regulan las condiciones generales de las actividades formativas que organiza la Consejería de Interior (actualmente, Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social).
5. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2026 de ratificación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales de 30 de abril de 2026 por el que se establecen criterios de clasificación por áreas funcionales de los puestos de trabajo y de los méritos en los procedimientos de provisión del personal funcionario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Propuesta de resolución
Considerando los hechos y fundamentos de derecho expuestos, propongo a la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Aprobar la estructura de las áreas formativas generales y sectoriales de los planes de formación de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) que consta en el anexo 1 de esta Resolución.
2. Aprobar la clasificación de las áreas o ámbitos funcionales que consta en el anexo 2 de esta Resolución.
3. Aprobar la relación de los ámbitos funcionales mixtos que consta en el anexo 3, sin perjuicio de ser ampliables mediante una Resolución de la Dirección Gerencia de la EBAP.
4. Indicar que las acciones formativas incluidas en los planes de formación aprobados con posterioridad a la publicación de esta Resolución seguirán la estructura marcada en los anexos 1, 2 y 3.
5. Ordenar a la Dirección Gerencia de la EBAP que, a propuesta de la Comisión Permanente de Formación, clasifique las acciones formativas de los diferentes planes de formación de la EBAP aprobadas con anterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2026, de conformidad con los anexos 1, 2 y 3. El resultado de esta clasificación debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
No obstante, los cursos correspondientes a los planes y programas en materia de seguridad y emergencias de la EBAP mantendrán su clasificación en áreas específicas y, a efectos de baremación en los sistemas de provisión, se considerarán incluidos en el ámbito funcional de Protección y seguridad ciudadana (PRC).
6. Ordenar que la Comisión de Homologaciones, con la propuesta de la Comisión Permanente de Formación de la EBAP, clasifique los méritos, que no sean objeto de clasificación por otros órganos, y que puedan ser objeto de baremación, de conformidad con los anexos 1, 2 y 3 y de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable y las convocatorias de los sistemas de provisión correspondientes.
7. Ordenar que la Dirección General de Función Pública adopte las medidas correspondientes para la clasificación de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en áreas funcionales, de acuerdo con los criterios fijados en el apartado 4 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de mayo de 2026 de ratificación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales de 30 de abril de 2026 por el que se establecen criterios de clasificación por áreas funcionales de los puestos de trabajo y de los méritos en los procedimientos de provisión del personal funcionario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
8. Dejar sin efectos la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas y presidenta de la EBAP de 30 de julio de 2024 por la que se fijan las áreas de formación y los ámbitos funcionales en que deben estructurarse los planes de formación que organiza la EBAP, modificada por la Resolución de 23 de septiembre de 2024.
9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social y presidenta de la EBAP en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 30 de junio de 2026)
La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González
El director gerente de la EBAP proponente Pedro Siquier Gutiérrez
ANEXO 1 Estructura de las áreas formativas
ÁREAS FORMATIVAS GENERALES
1. Área jurídico-administrativa (JA)
Normativa aplicable a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el marco de sus competencias y normativa de procedimiento administrativo, excepto la normativa específica de los ámbitos económico, presupuestario, tributario, en materia de función pública, así como la correspondiente a otras áreas o ámbitos funcionales.
Se incluyen en el área jurídico-administrativa las siguientes materias, sin perjuicio de ser ampliables:
― Derecho constitucional.
― Derecho estatutario.
― Normativa de protección de datos de carácter personal.
― Régimen patrimonial de las administraciones públicas.
― Unión Europea.
― Administración electrónica.
― Derecho administrativo general (procedimiento administrativo general, régimen jurídico de la actividad administrativa, normativa general de procedimiento de elaboración de disposiciones generales, sistema de revisión de actos administrativos y de disposiciones de carácter general, potestad sancionadora, normativa reguladora de contratación del sector público y régimen de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas).
― Organización, estructura y competencias del Gobierno de las Illes Balears.
2. Área económico-presupuestaria (EP)
Normativa específica de los ámbitos económico, presupuestario y financiero.
Se incluyen en el área económico-presupuestaria las siguientes materias, sin perjuicio de ser ampliables:
― Normativa económica y financiera.
― Normativa presupuestaria y reguladora de los gastos e ingresos públicos.
― Normativa reguladora de finanzas públicas y de subvenciones.
― Normativa de control interno y grabación contable.
3. Área de gestión y desarrollo de recursos humanos (GDRH)
Normativa específica en materia de función pública.
Se incluyen en el área de gestión y desarrollo de recursos humanos las siguientes materias, sin perjuicio de ser ampliables:
― Normativa de función pública, normativa laboral y negociación colectiva.
― Normativa relativa a estructura y ordenación del empleo público.
― Normativa referente al acceso al empleo público, movilidad y carrera profesional.
― Normativa en relación con los derechos y deberes del personal al servicio de la Administración.
― Normativa relativa al desarrollo profesional (competencias, evaluación del desempeño y carrera profesional).
4. Área de gestión de la organización e innovación (GOI)
Sistemas transversales de gestión de la organización (infraestructuras y servicios), e innovación y modernización de la Administración.
Se incluyen en el área de gestión de la organización e innovación la normativa de regulación de estos ámbitos concretos, así como la introducción de la formación en los siguientes ámbitos, sin perjuicio de ser ampliables:
― Calidad en los servicios (gestión por procesos, simplificación documental, EFQM, CAF, cartas ciudadanas y otras herramientas de gestión de calidad del Gobierno).
― Definición y evaluación de políticas públicas.
― Gestión del conocimiento.
― Sostenibilidad y educación ambiental.
― Políticas de igualdad.
― Gobernanza y gestión de los datos (ciclo de vida, calidad, arquitectura, tratamiento y analítica, interoperabilidad y metadocumentación).
― Modernización y desarrollo organizacional.
― Responsabilidad social corporativa.
― Gestión documental.
― Prevención de riesgos laborales.
― Planificación estratégica.
― Transparencia y ética pública.
― Participación ciudadana.
5. Área de tecnologías de la información y la comunicación (TIC)
Tecnologías utilizadas para procesar, gestionar y transmitir información en formato digital.
Se incluyen en el área de tecnologías de la información y la comunicación las siguientes materias, sin perjuicio de ser ampliables:
― Herramientas ofimáticas.
― Internet y redes sociales.
― Intranet. Red corporativa.
― Herramientas de gestión de contenidos.
― Tecnología para implementar y desarrollar la Administración electrónica.
― Inteligencia artificial.
― Seguridad de la información.
6. Área de comunicación y habilidades personales (CIHP)
Desarrollo y mejora de las habilidades de comunicación y las actitudes personales para cumplir las tareas del puesto de trabajo con un nivel de calidad óptimo.
Se incluyen en el área de comunicación y habilidades personales las siguientes materias, sin perjuicio de ser ampliables:
― Atención a la ciudadanía.
― Comunicación eficaz.
― Resolución de conflictos. Inteligencia emocional y liderazgo.
― Trabajo en equipo.
― Toma de decisiones.
― Redacción de documentos.
― Manuales de estilo e imagen corporativa.
7. Área de lenguas extranjeras (LE)
Formación en lenguas extranjeras que no da lugar a la certificación de niveles de conocimientos, independientemente del ámbito funcional en que se apliquen.
8. Área de formación de formadores (FF)
Formación en materias y conocimientos para capacitar a personas que tienen única y exclusivamente el rol de formadoras con el objetivo de mejorar sus competencias pedagógicas, técnicas y profesionales para optimizar los procesos de impartición de enseñanza.
9. Área de formación de directivos (FD)
Formación en acciones específicamente diseñadas para la capacitación y el desarrollo de las habilidades de liderazgo de los mandos dentro de la organización, a fin de reforzar las competencias necesarias para la gestión eficaz de equipos, la toma de decisiones estratégicas y la mejora continua de la organización. Incluye materias relacionadas con la gestión del cambio, la innovación, la gestión estratégica, las habilidades de comunicación y de negociación, el liderazgo, el desarrollo de personas y la gestión de los recursos, entre otros.
ÁREAS FORMATIVAS SECTORIALES
Las áreas formativas sectoriales se estructuran de conformidad con las áreas o ámbitos funcionales que se enumeran en el anexo 2.
ANEXO 2 Estructura de las áreas o ámbitos funcionales
A. Horizontales
1. Acciones y órganos de gobierno (GOV)
Se ocupa de la coordinación y la ejecución de las políticas y decisiones del Gobierno, la organización y el funcionamiento de los sistemas y órganos de gobierno y de los órganos del sector público instrumental; comprende las actividades relativas a la organización de procesos electorales, las relaciones institucionales y de representación (protocolo) y las relaciones de cooperación, colaboración y coordinación con otras administraciones públicas. Incluye las relaciones exteriores.
2. Administración general y organización (ADM)
Comprende la organización y la gestión de los registros generales de entrada y salida de documentos y la atención de usuarios que se realiza en las oficinas de asistencia en materia de registros (OAMR) y en otras oficinas o centros de atención especializada a los ciudadanos, la canalización del destino y los destinatarios de los servicios de la Administración y la información sobre la ubicación de locales, así como las funciones desarrolladas por los secretarios o secretarias personales. Este ámbito no incluye la gestión administrativa general común de todos los puestos de la Administración.
3. Gestión de la información (INF)
Incluye la gestión de activos o de recursos de información, la publicación de la información relevante para garantizar la transparencia, los datos gubernamentales abiertos y la publicidad activa. Incluye la definición, el establecimiento y el mantenimiento de las herramientas que sustentan la gestión documental, la gestión del acceso a la información solicitada por los ciudadanos, la gestión de publicaciones oficiales, la comunicación y la publicidad institucional (ya sea con campañas o sitios webs). Incluye el tratamiento y el análisis avanzado de datos de carácter administrativo, estadístico y geoespacial, así como la gestión de iniciativas y quejas.
4. Contratación (CTR)
Ámbito sectorial que profundiza en los conocimientos en el ámbito de la gestión y la supervisión de los procesos de contratación pública.
5. Organización y gestión de los recursos humanos (RHU)
Comprende los ámbitos sectoriales que requieren conocimientos específicos relativos a la planificación de necesidades, el desarrollo, la administración y la gestión del personal (nombramientos y extinciones de los vínculos de los empleados públicos) y la distribución de efectivos. Incluye la gestión de la selección, la provisión, la formación, incluido el asesoramiento pedagógico, la promoción y la evaluación de los empleados públicos. Incluye la negociación colectiva en el ámbito público y las relaciones con las organizaciones sindicales, la gestión de situaciones administrativas, la gestión de prestaciones sociales y las ayudas a los empleados públicos, la gestión de retribuciones y la gestión de derechos y deberes de los empleados públicos.
6. Gestión, registro contable y control de la actividad económica, presupuestaria y financiera (GEP)
Comprende los conocimientos más concretos relativos a la planificación y la organización de la gestión económica y presupuestaria, la grabación contable y la rendición de cuentas, así como el control interno. Incluye las actividades de gestión de gastos, ingresos y fondos (incluidos los fondos europeos), de fomento y promoción económica, de función interventora y de control financiero, así como de la grabación contable de operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias. Incluye la gestión de la tesorería, de la deuda pública y las operaciones financieras, así como la gestión tributaria.
7. Gestión de los recursos patrimoniales (RPA)
Ámbito sectorial que requiere conocimientos técnicos detallados en la administración y la gestión del patrimonio público, incluyendo la adquisición, la enajenación, la administración, el mantenimiento y la disposición de bienes inmuebles.
8. Asesoramiento jurídico y control de la legalidad (JUR)
Proporciona asistencia y asesoramiento jurídico a las diferentes áreas del Gobierno, para asegurar el cumplimiento de la legislación y defender los intereses legales del Gobierno. Incluye la supervisión, revisión y control de la legalidad de los actos administrativos y la representación y defensa judicial de la Administración. Asimismo, comprende las actividades relativas a la elaboración y tramitación de normativa.
9. Actividades profesionales (PRF)
Actividades profesionales relativas a mecánico conductor, tareas de mantenimiento de instalaciones, infraestructuras u otras profesiones correspondientes a cuerpos, escalas, especialidades y/o categorías profesionales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, siempre que no se ajusten a otra área o ámbito funcional.
10. Protección de datos personales (PDP)
Ámbito sectorial que requiere conocimientos técnicos detallados en protección de datos personales, ciberseguridad, en cuanto al tratamiento de los datos personales e inteligencia artificial limitada a los tratamientos automatizados con datos personales.
B. Verticales
11. Agricultura (AGR)
Incluye la promoción y el desarrollo de la agricultura, y comprende desde la producción agrícola hasta la innovación y la sostenibilidad del sector, así como la planificación, el fomento de los sectores agrícolas, la ordenación de explotaciones agrarias y agroalimentarias, la producción, la sanidad vegetal, la seguridad y la calidad agroalimentaria y la inspección y el control en materia agroalimentaria.
12. Comercio y empresa (CMR)
Se ocupa de la regulación, la ordenación, el fomento, la inspección y el control del sector comercial, artesano y empresarial, incluyendo la actividad ferial y la competitividad comercial y empresarial.
13. Comunicaciones y tecnología (CTE)
Comprende la planificación y la ordenación de los sectores de las comunicaciones y de las nuevas tecnologías de la información: sistemas de información, recursos tecnológicos y servicios informáticos y telemáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También incluye la planificación y la ordenación de los sectores de las telecomunicaciones, la radiodifusión televisiva y sonora, y la seguridad de los sistemas informáticos.
14. Consumo (CON)
Incluye la protección y la defensa de los derechos de los consumidores, la información, la formación y la atención de los consumidores y usuarios, la mediación y el arbitraje. Incluye la regulación y la ordenación del mercado de consumo, la promoción de prácticas comerciales justas, el fomento del consumo y el control del mercado y la inspección de consumo.
15. Cultura (CUL)
Promueve y gestiona las actividades culturales, incluyendo la preservación del patrimonio cultural, histórico e inmaterial, y el fomento de la creatividad y la difusión cultural. Incluye la gestión de centros culturales (bibliotecas, museos y equipamientos culturales) y la gestión de los registros y los catálogos de patrimonio cultural y de la propiedad intelectual.
16. Educación (EDU)
Se ocupa de las áreas de ordenación, planificación, gestión y evaluación del sistema educativo y gestión y ordenación de estructuras educativas públicas y concertadas. Incluye la formación permanente del profesorado y, por tanto, los cursos certificados por los centros de profesorado, la formación profesional y la relación del sistema educativo con la empresa, la formación profesional básica y la educación de personas adultas. Incluye la ordenación y la gestión del sistema universitario y de las enseñanzas de régimen especial (artísticos). Incluye la coordinación de la educación en la primera infancia y la atención a la diversidad en el ámbito educativo. Incluye la inspección educativa. Incluye la enseñanza de lenguas extranjeras y las enseñanzas deportivas.
17. Energía (ENE)
Se ocupa de la gestión y la regulación del sector energético, de la gestión de instalaciones de energía eléctrica y de las redes de gas y de distribución eléctrica. Incluye la inspección y el control en materia de energía, la movilidad eléctrica y la promoción de la eficiencia energética y el uso de fuentes de energía renovable.
18. Deportes (SPO)
Promueve y gestiona la práctica deportiva, incluyendo actividades relacionadas con la ordenación, el fomento y el control. Incluye la organización de eventos deportivos, la formación en materia deportiva y la mejora de infraestructuras deportivas.
19. Vivienda (HAB)
Incluye la planificación y la gestión de políticas de vivienda, incluyendo el fomento, la inspección y el control. Comprende la promoción de viviendas sociales y la regulación del mercado inmobiliario. Incluye la calificación y la certificación de viviendas.
20. Industria (IND)
Agrupa la planificación de la industria, la ordenación de los procesos industriales, el fomento del desarrollo industrial, incluyendo la innovación, la competitividad y la sostenibilidad del sector industrial y la seguridad industrial, así como la inspección y el control en materia de industria. Incluye la gestión y el control de los recursos mineros y la ordenación en materia de automóviles (concesiones, autorizaciones y registros).
21. Medio ambiente (AMB)
Comprende la protección, la conservación y la gestión del medio ambiente, incluyendo la planificación y la ordenación del medio ambiente, es decir, de los elementos bióticos (flora y fauna) y abióticos (energía solar, agua, aire y tierra mineral), la prevención, la protección y la evaluación ambiental, la gestión de la calidad ambiental, la gestión de la biodiversidad, la gestión de recursos hídricos y la gestión forestal, así como el fomento en materia de medio ambiente, la política hidráulica, la gestión de los residuos y la contaminación marítimo-terrestre, así como la inspección y el control en materia de medio ambiente.
22. Movilidad (MOB)
Ámbito encaminado a la planificación, la ordenación, la creación y la gestión de las infraestructuras y los servicios relacionados con la movilidad sobre los que el Gobierno de las Illes Balears tiene competencia: el transporte terrestre, marítimo, ferroviario y los puertos. Incluye el fomento en materia de movilidad, la planificación y la gestión portuaria y la gestión del dominio público marítimo-terrestre. Incluye la ordenación y la gestión de los vehículos de recreo.
23. Ordenación del territorio y arquitectura (TER)
Se centra en la planificación y la definición de los usos del suelo, el desarrollo y el planeamiento urbanístico, para asegurar un crecimiento ordenado y sostenible del territorio. Incluye la inspección y el control en materia de ordenación del territorio. Incluye la elaboración de proyectos de construcción y reforma de edificios y espacios públicos, y la elaboración de tasaciones.
24. Participación ciudadana (PAC)
Promueve y gestiona los métodos, técnicas y aplicativos de participación ciudadana. Incluye las actividades de coordinación y de desarrollo de las relaciones externas con las comunidades baleares en el exterior y las actividades relacionadas con la reparación y el reconocimiento de la memoria democrática.
25. Pesca y medio marino (PMM)
Comprende la gestión y la regulación de las actividades pesqueras y la conservación del medio marino para promover la sostenibilidad y la protección de los recursos marinos, así como la planificación, la ordenación y el fomento en materia de pesca y medio marino, la formación y la calificación marítima y pesquera, la regulación de la comercialización pesquera y la inspección y el control en materia de pesca.
26. Política lingüística (LIN)
Promueve el uso y la normalización de la lengua catalana, incluyendo la protección y el fomento en materia de política lingüística y las actividades de certificación de conocimientos de lengua catalana.
27. Protección y seguridad ciudadana (PRC)
Se ocupa de la seguridad pública y la protección ciudadana, y comprende desde la gestión de emergencias y catástrofes hasta la protección civil. Incluye la coordinación de cuerpos de seguridad. Incluye la potestad inspectora y la sancionadora que pueda ocurrir, la evaluación de la seguridad y de las emergencias y todo lo relacionado con la regulación y la ordenación de los locales de juego, las actividades clasificadas y los espectáculos.
28. Ganadería (RAM)
Incluye la promoción y el desarrollo del sector ganadero, y comprende la sanidad animal, la producción ganadera y el bienestar de los animales. Incluye el control y la promoción de estrategias y programas para el desarrollo del medio rural, así como las actividades relacionadas con la producción y la protección animal, la ordenación de la sanidad animal ganadera y la vigilancia epidemiológica de los animales, la ordenación de la seguridad alimentaria ganadera y las de fomento e inspección y control en materia de ganadería.
29. Investigación e innovación (REC)
Incluye la planificación, el análisis, la creación, la coordinación, la difusión y la evaluación de las actividades de investigación pura, investigación aplicada, innovación y transferencia de tecnología y conocimiento en las Illes Balears, tanto en el sector público como en el sector privado. Incluye la promoción de centros de investigación científica y técnica y su seguimiento, la planificación de la formación y el desarrollo profesional del personal investigador y de apoyo a la investigación, y el apoyo a las relaciones de las universidades y los centros de investigación para su interacción con los sectores sociales y económicos. También incluye el fomento y el diseño de actuaciones en materia de divulgación científica y comunicación de la ciencia en la comunidad autónoma de las Illes Balears y la propuesta de normativa, programas y convenios de colaboración en materia de investigación científica y tecnológica.
30. Salud (SAL)
Comprende la acreditación y la investigación sanitaria, las actividades relacionadas con la asistencia sanitaria, la formación en materia de salud, la inspección y el control en materia de salud, la planificación y ordenación sanitaria, la promoción de la salud, la sanidad mortuoria, la ordenación de la sanidad alimentaria dirigida a la ciudadanía, la ordenación farmacéutica, la gestión de las prestaciones sanitarias y el fomento en materia de salud.
31. Servicios y sectores sociales (SSS)
Se centra en la gestión, la planificación, la ordenación de servicios y políticas sociales, incluyendo la asistencia a colectivos vulnerables; la integración social y la promoción de la igualdad de oportunidades, así como el fomento en materia de servicios sociales. Incluye la gestión y la financiación de centros o servicios sociales concertados, la gestión de prestaciones económicas de los servicios sociales, la formación y el ocio en materia de juventud, la inspección y el control en materia de servicios sociales y la cooperación y la inmigración.
32. Trabajo (TRE)
Incluye la regulación, la gestión, la promoción y la inspección del empleo y la intermediación laboral, las relaciones laborales y la negociación colectiva. Incluye el fomento del autoempleo y la economía social. Comprende desde la formación profesional para el empleo y el desarrollo laboral hasta la supervisión y el control del mercado de trabajo y la salud laboral. Las cooperativas y las funciones de mediación, el arbitraje, el registro, el depósito y la tramitación de convenios colectivos y sociedades.
33. Turismo (TUR)
Ámbito que comprende la planificación, la regulación y la ordenación del sector turístico y de los establecimientos turísticos. Promueve el sector turístico, la promoción de destinos y la sostenibilidad del turismo. Incluye el fomento del turismo, la regulación de los derechos y los deberes de los usuarios y los prestadores de servicios turísticos, la gestión de reclamaciones y la inspección turística.
ANEXO 3
Ámbitos funcionales mixtos
― Contratación y Gestión de los recursos patrimoniales (CRP)
― Contratación y Gestión, registro contable y control de la actividad económica, presupuestaria y financiera (CGE)
― Cultura y Medio ambiente (CAM)
― Educación y Deportes (ESP)
― Educación y Organización y gestión de los recursos humanos (ERH)
― Educación e Investigación e innovación (ERE)
― Educación y Trabajo (ETR)
― Educación y Salud (ESA)
― Educación y Servicios y sectores sociales (ESS)
― Gestión de la información y Comunicaciones y tecnología (ICT)
― Gestión, registro contable y control de la actividad económica, presupuestaria y financiera y Gestión de los recursos patrimoniales (GER)
― Medio ambiente y Agricultura (AMA)
― Medio ambiente y Energía (AME)
― Medio ambiente y Pesca y medio marino (APM)
― Medio ambiente y Protección y seguridad ciudadana (APR)
― Ordenación del territorio y arquitectura y Medio ambiente (TAM)
― Protección de datos personales y Comunicaciones y tecnología (PCT)
― Salud y Agricultura (SGR)
― Salud y Consumo (SCO)
― Salud y Deportes (SSP)
― Salud y Pesca y medio marino (SPM)
― Salud y Ganadería (SRA)
― Salud e Investigación e innovación (SRE)
― Salud y Servicios y sectores sociales (SAS)
― Trabajo y Servicios y sectores sociales (TSS)