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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 475560
Aprobación definitiva de las modificaciones presupuestarias (crédito extraordinario 17/2026 – 18/2026)

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Texto

Publicado el anuncio relativo a las modificaciones del presupuesto general para el ejercicio 2026 en su modalidad de crédito extraordinario ( 17/2026 – 18/2026) aprobadas inicialmente en sesión plenaria de fecha 27/0 5/2026 (BOIB nº 69 de 02/06/2026), y habiendo finalizado el periodo de exposición pública de dichas modificaciones sin que se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en el artículo 169 del RDL 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las siguientes modificaciones presupuestarias se consideran definitivamente aprobadas:

Entidad: Ajuntament de Llucmajor.

INCREMENTO DEL PRESUPUESTO DE GASTOS.

Número de modificación APLICACIÓN Descripción Importe
2026-17 012000-920-6250004 Restauración de los domassos 24.200,00 €
2026-18 012000-920-6220001 Inversión en edificios municipales - Vidrieras 11.642,05 €

INCREMENTO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Número de modificación APLICACIÓN Descripción Importe
2026-17 87001 Remanente de tesorería para gastos generales 24.200,00 €
2026-18 87001 Remanente de tesorería para gastos generales 11.642,05 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

 

Llucmajor, 26 de junio de 2026

La alcaldesa accidental Mª Cristina Pomar Bonnín