Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 473004
Resolución de alcaldía que declara desierta la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de monitor socorrista de piscina
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Biel Ferragut Mir, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de sa Pobla,
Vista la aprobación mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 31 de marzo de 2026 de las bases y convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de socorrista de piscina, personal laboral temporal del Ayuntamiento de sa Pobla, mediante concurso (BOIB núm. 54 de 28 de abril de 2026).
Vista la publicación del Decreto de Alcaldía núm. 2026-1010, de fecha 9 de junio de 2026, por el cual se aprobaba la lista provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento y se otorgaba un plazo de tres días hábiles para la presentación de reclamaciones y/o alegaciones.
Considerando que durante dicho plazo no se han presentado reclamaciones y/o alegaciones.
Vista la publicación del Decreto de Alcaldía núm. 2026-1129, de fecha 23 de junio de 2026, por el cual se aprobaba la lista definitiva de admitidos y excluidos en el procedimiento, en la que no consta ningún aspirante admitido, dado que ninguno de los aspirantes cumple los requisitos exigidos en la base CUARTA de las bases (BOIB núm. 54 de 28/04/2026).
Vista la documentación que obra en el expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Considerando que la bolsa de trabajo no puede constituirse sin aspirantes que cumplan los requisitos mínimos.
RESUELVO
PRIMERO.- Declarar DESIERTA la convocatoria para la creación de la bolsa de trabajo de socorrista de piscina, personal laboral temporal, mediante concurso, por no cumplir los aspirantes los requisitos exigidos en las bases.
SEGUNDO.- Publicar la presente Resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://sapobla.eadministracio.cat] y en el BOIB, para general conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Sa Pobla (firmado electrónicament: 26 de junio de 2026)
El alcalde Biel Ferragut Mir