Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 472902
Acuerdo de la corrección del error material número 4 de las Normas Subsidiarias del municipio de Andratx relativo a un tramo paralelo a la Avenida Bartomeu Esteva, del núcleo urbano.
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La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 26 de junio de 2026, ha tomado el acuerdo siguiente:
«Visto el expediente promovido por el Ayuntamiento de Andratx para la corrección del error material número 4 de las vigentes Normas Subsidiarias de Andratx aprobadas definitivamente con prescripciones el 5 de mayo de 2023, con respecto a la delimitación del suelo urbano de Andratx de un tramo paralelo a la Avenida Bartomeu Esteva, del núcleo urbano de Andratx, y que figura en los planos de ordenación O-AN-1-00 y O-AN-06, esta Comisión Insular, de conformidad con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, acuerda aceptar la corrección del error material propuesto, ya que se dan los requisitos previstos en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.»
La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del acta.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Palma, en la fecha de firma electrónica (26 de junio de 2026)
La secretaria Francisca Serra Mas