Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE LLOSETA
Núm. 469479
Aprobación modificación precio público escuela verano
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Aprobación definitiva y publicación integra del Acuerdo regulador el Precio público por los servicios de la escuela de verano, Navidad y Pascua Municipales de Lloseta (Acuerdo del Pleno de 29/04/2026). Entrada en vigor el mismo día de la publicación del texto íntegro. A tal efecto, se hace público para el general conocimiento, y según prevé el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, del 2 de abril, se publica el texto íntegro del Acuerdo Regulador en el BOIB para su eficacia.
Lloseta, documento firmado electrónicamente (25 de junio de 2026)
La alcaldesa Francisca Campins Fernández
Decreto de Alcaldia
Antecedentes
Primero.- El Pleno del Ayuntamiento de Lloseta, en sesión celebrada día 29 de abril de 2026, aprobó el Acuerdo regulador del precio público por los servicios de la Escuela de Verano, Navidad y Pascua municipales de Lloseta, estableciendo las tarifas aplicables en estos servicios.
Segundo.- Con posterioridad a la aprobación del mencionado acuerdo regulador, se ha tramitado el correspondiente expediente de contratación para la prestación del servicio de Escuela de Verano Municipal 2026, resultando adjudicatario el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa.
Tercero.- De la oferta económica presentada por la empresa adjudicataria resultan unas tarifas inferiores a las inicialmente previstas en el acuerdo regulador aprobado por el Pleno.
Por lo expuesto, y en función de las atribuciones conferidas según lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local,
RESUELVO
Primero.- Aprobar la modificación del acuerdo regulador del precio público por los servicios de escuela de Verano, Navidad y Pascua municipales en los términos siguientes:
REGULACIÓN DEL “PRECIO PÚBLICO” POR LOS SERVICIOS DE LA ESCUELA DE VERANO, NAVIDAD Y PASCUA MUNICIPALES DE LLOSETA
Artículo 1º. Naturaleza, objeto y fundamento
1. De conformidad con la legislación vigente sobre haciendas locales, el Ayuntamiento de Lloseta establece el precio público por la prestación de los servicios de la Escuela Municipal de Verano, Navidad y Pascua.
2. Objeto: Constituyen el objeto de este precio público los servicios de la Escuela Municipal de Verano. La actividad se realizará como servicio licitado, donde el Ayuntamiento cede el espacio para la ejecución de la actividad.
Artículo 2º. Sujeto pasivo
1. Están obligados al pago del precio público quienes se beneficien de los servicios de la Escuela Municipal de Verano, Navidad y Pascua. El horario general será de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
2. También se incluyen los servicios de Escuela mañanera (7:00 a 9:00h), comedor (14:00 a 16:00 h) y Servicio de Tarde.
Artículo 3º. Tarifas
La cuantía del precio público para el ejercicio 2026 se fija según les siguientes tarifas:
| ESCUELA DE VERANO | |
| SERVICIO PRINCIPAL | |
| verano completo (junio a septiembre) | 523,25 € |
| julio y agosto | 386,75 € |
| mensual | 204,75 € |
| final de junio | 81,90 € |
| principio de septiembre | 81,90 € |
| dos semanas consecutivas | 113,75 € |
| semanal | 68,25 € |
| diario | 18,20 € |
| MAÑANERA | |
| verano completo (junio a septiembre) | 104,65 € |
| julio y agosto | 77,35 € |
| mensual | 43,68 € |
| dos semanas consecutivas | 24,57 € |
| semanal | 12,75 € |
| diario | 4,10 € |
| COMEDOR | |
| menú diario | 9,10 € |
| fiambrera | 2,73 € |
| TARDE | |
| verano completo (junio a septiembre) | 68,25 € |
| julio y agosto | 50,05 € |
| mensual | 29,12 € |
| dos semanas consecutivas | 18,20 € |
| semanal | 10,92 € |
| diario | 2,73 € |
| SEGURO* | |
| accidentes y responsabilidad civil (por actividad) | 4,55 € |
* El importe en concepto de seguros de accidentes y responsabilidad civil es obligatorio por cada niño inscrito y se realizará en un único pago válido para todo el período.
| ESCUELA DE NAVIDAD (8 días aproximadamente, dependerá del calendario escolar) | |
| completo | 127,40 € |
| diario | 16,38 € |
| ESCUELA DE PASCUA (4 días) | |
| completo | 63,70 € |
| diario | 16,38 € |
Artículo 4º. Reducciones y/o bonificaciones
Artículo 5º. Obligación de pago
La obligación de pago nace desde el momento en que se solicita cualquiera de los servicios especificados.
Artículo 6º. Normas de gestión y recaudación
1. Dado que la actividad se ejecuta mediante licitación de servicios, la recaudación y gestión íntegra de ingresos y gastos será a cargo de la empresa adjudicataria.
2. La empresa será la responsable de emitir los recibos correspondientes a los usuarios.
3. El Ayuntamiento de Lloseta cederá los espacios municipales necesarios para el desarrollo de la actividad según las condiciones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas.
Artículo 7º. Infracciones y sanciones
En materia de infracciones y sanciones, debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la legislación sobre régimen local. La imposición de sanciones no impide el cobro de las cuotas defraudadas.
Disposición adicional. Aplicación de subvenciones y ayudas a la conciliación
1. Las tarifas fijadas en el Artículo 3º. de este documento tienen la consideración de precios públicos máximos. No obstante, podrán ser objeto de bonificación, reducción o exención total en función de las subvenciones o transferencias de fondos finalistas que el Ayuntamiento de Lloseta reciba de otras administraciones públicas destinadas a la promoción de la conciliación de la vida familiar y laboral o al fomento de actividades de ocio infantil y juvenil.
2. El Ayuntamiento determinará, mediante resolución de Alcaldía o acuerdo de la Junta de Gobierno, los porcentajes de descuento o las condiciones de gratuidad aplicables a cada convocatoria, así como los colectivos beneficiarios (como familias monoparentales, víctimas de violencia de género, unidades familiares con rentas bajas, o situaciones de vulnerabilidad social).
3. Dado que el servicio se ejecuta mediante un contrato de concesión, el Ayuntamiento compensará la empresa adjudicataria por la diferencia entre el precio público oficial y el precio reducido realmente cobrado a las familias beneficiarias, de acuerdo con los mecanismos de control y justificación de plazas que se establecen en los pliegos de la licitación.
Disposición final. Entrada en vigor y vigencia
Este acuerdo entrará en vigor el día de su publicación oficial y mantendrá su vigencia hasta su modificación o derogación expresa.