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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 469007
Extracto de la aprobación por parte del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d’Eivissa de día 19 de mayo de 2026 de la convocatoria de ayudas económicas a entidades juveniles sin ánimo de lucro, a escuelas de tiempo libre infantil y juvenil, a clubes náuticos que tienen su ámbito de actuación en la isla de Eivissa y para la organización de conciertos, de eventos culturales y de actividades medioambientales relacionadas con el medio marino, dirigidos a los jóvenes de la isla de Eivissa, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026

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Texto

 

BDNS 915026

De conformidad con lo establecido en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 6 del Real decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la base de datos nacional de subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para entidades juveniles sin ánimo de lucro, escuelas de tiempo libre infantil y juvenil, clubes náuticos que tienen su ámbito de actuación en la isla de Eivissa, y para la organización de conciertos, de eventos culturales y de actividades medioambientales relacionadas durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.

Primero. Justificación

El artículo 4 de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y d'Eivissa y Formentera en materia de Juventud y Ocio (BOIB núm. 184, de 23/12/2006), establece que el Consell Insular d'Eivissa y Formentera (actual Consell Insular sujeción al ordenamiento sectorial vigente, las funciones relativas a las actividades de ocio con niños y jóvenes, entre ellas «(...) d) Apoyo a las asociaciones, entidades juveniles y entidades que prestan servicios a la juventud que programen y/o ejecuten actividades de ocio para niños y jóvenes».

Además, la misma Ley 21/2006, en el artículo 6 se señala que «Los consejos de Menorca y d'Eivissa y Formentera asumen, dentro de su ámbito territorial, las siguientes funciones: a) Fomento del asociacionismo juvenil y todas sus manifestaciones; b) Promoción de otras formas organizadas de participación de los jóvenes en la vida social, política económica y cultural; c) Articulación de mecanismos de participación de los jóvenes en las organizaciones de voluntariado, desde la solidaridad, el compromiso y la diversidad».

El artículo 38.1 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, de ocio educativo para niños y jóvenes de las Islas Baleares, dispone que las administraciones públicas de las Islas Baleares pueden otorgar subvenciones y otras ayudas a las entidades que prestan servicios de ocio educativo infantil y juvenil para coadyuvar en el cumplimiento de sus actividades.

Segundo. Objeto y destinatarios

Esta convocatoria tiene por objeto contribuir al fomento del asociacionismo juvenil en la isla d'Eivissa, y a la organización de conciertos, de eventos culturales y de actividades medioambientales relacionadas con el medio marino dirigidos a los jóvenes de la isla d'Eivissa, realizadas en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, mediante la concesión de ayudas económicas.

Con este objeto, se establecen cuatro modalidades de ayudas:

Modalidad A: Ayudas para entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro para su mantenimiento y para la organización de actividades.

Modalidad B: Ayudas para escuelas de tiempo libre infantil y juvenil para la formación de educadores/ras de tiempo libre.

Modalidad C: Ayudas para los clubs náuticos para el fomento de actividades medioambientales y educativas infantiles y juveniles en el medio marino.

Modalidad D: Ayudas para personas físicas y jurídicas privadas que proyecten y ejecuten conciertos y/o eventos culturales dirigidos a los jóvenes.

 

Tercero. Dotación económica

La cantidad total máxima destinada para esta convocatoria es de 165.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3370 4890000 del Presupuesto general de esta Corporación para el ejercicio 2026, que se distribuirá de la siguiente forma:

- Modalidad A: Para el mantenimiento de entidades juveniles y para la organización de actividades: un máximo de 50.000 euros.

- Modalidad B: Para la formación de educadores/ras de tiempo libre: un máximo de 25.000 euros.

- Modalidad C: Para el fomento de actividades infantiles y juveniles en el medio marino: un máximo de 50.000 euros.

- Modalidad D: Para la organización y la ejecución de conciertos de música y/o eventos culturales dirigidos a los jóvenes: un máximo de 40.000 euros.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles que se inicia al día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

 

(Firmado electrónicamente: 25 de junio de 2026)

El jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa José Vicente Garibo Redolat