Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 468074
Extracto de la aprobación por parte del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa de día 15 de mayo de 2026 de las bases específicas reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas para fomentar el asociacionismo y el voluntariado como instrumentos de participación ciudadana en la vida social y cultural de la isla de Ibiza durante el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
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Núm. de identificación de la convocatoria (BDNS) - 915031
De conformidad con lo establecido en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, e 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas económicas para fomentar el asociacionismo y el voluntariado como instrumentos de participación ciudadana en la vida social y cultural de la isla de Ibiza durante el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
Primero. Justificación
La labor de las asociaciones en materia de participación ciudadana se manifiesta de forma transversal en diferentes ámbitos de la vida social, cultural, deportiva y de ocio. Estos ámbitos específicos cuentan con asociaciones sectoriales (de servicios sociales, deportivas, culturales, de ocio educativo...) constituidas al amparo de la normativa específica reguladora que disponen de convocatorias de ayudas propias, por lo que podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas las asociaciones que realicen actividades que fomenten el asociacionismo como instrumento de participación, siempre que la totalidad de los ingresos (subvenciones, ayudas, participaciones, cuotas u otros recursos) para la realización de la actividad subvencionada no supere el coste de la misma actividad.
Por ello, este Consell Insular d' Eivissa, consciente de la importancia del papel que desempeñan las asociaciones en los diferentes ámbitos de la vida local de los ciudadanos de la isla de Ibiza, tiene interés en apoyar a las asociaciones que trabajan para conseguir una mayor participación ciudadana en la vida social y cultural de los ciudadanos isleños, ha previsto en el Plan estratégico de subvenciones 20262028, aprobado por acuerdo de Consell Executiu de fecha 12 de diciembre de 2025 (publicado en el BOIB núm. 2, de 3012026), una línea de subvenciones para el fomento del asociacionismo en la isla de Ibiza, así como la ayuda al funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones como vehículo de organización y canalización de la participación ciudadana. Y en este sentido, el Consell quiere fomentar la creación y el mantenimiento del tejido asociativo y la realización de actividades que, siendo propias del objeto social de estas entidades, afectan a diferentes ámbitos de la vida social y cultural de los ibicencos, con el fin de conseguir un tratamiento igualitario de todas las asociaciones que operan en la isla de Ibiza y que pongan de relieve una sociedad más rica y igualitaria, la cual redunde en beneficio de los ciudadanos ibicencos.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es el fomento del voluntariado y del asociacionismo como instrumentos a través de los cuales se canaliza y desarrolla la participación de la ciudadanía en la vida social y cultural de la isla de Ibiza, a través de la concesión de ayudas económicas a las asociaciones sin ánimo de lucro que realizan actividades para el fomento de la participación y que cumplan con los requisitos establecidos y de actividades de participación ciudadana durante el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
Con este objeto, se establecen las siguientes líneas de ayudas:
Tercero. Créditos presupuestarios y cantidades de las subvenciones
La cantidad total máxima destinada a esta convocatoria de ayudas es de 100.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 9240 4890000 del Presupuesto general de esta Corporación para el ejercicio 2027, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario de 2027, que se distribuirá de la siguiente forma:
Línea 1: Ayudas para asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza
El importe máximo de la ayuda individual a cada una de estas entidades será de 6.500 € o la cantidad solicitada, si ésta fuera inferior.
Línea 2: Ayudas para asociaciones de inmigrantes en la isla de Ibiza
El importe máximo de la ayuda individual a cada una de estas entidades será de 4.500 € o la cantidad solicitada, si ésta fuera inferior.
Línea 3: Ayudas para asociaciones de carácter regional y casas regionales de la isla de Ibiza
El importe máximo de la ayuda individual a cada una de estas entidades será de 6.000 € o la cantidad solicitada, si ésta fuera inferior.
Línea 4: Ayudas para asociaciones de voluntarios sin ánimo de lucro
El importe máximo de la ayuda individual a cada una de estas entidades es de 5.000€ o la cantidad solicitada, si ésta es inferior.
Línea 5: Ayudas para asociaciones sin ánimo de lucro no incluidas en las demás líneas de esta convocatoria
El importe máximo de la ayuda individual a cada una de estas entidades será de 1.500 € o la cantidad solicitada, si ésta fuera inferior.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria de estas ayudas en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
(Firmado electrónicamente: 25 de junio de 2026)
La jefa de servicio de Industria del Departament de Promoció Econòmica i Empresarial, i Cooperació Municipal del Consell Insular d'Eivissa Marta Díaz Pascual