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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 463718
Rectificación de errores detectados en el Acuerdo de la Junta de Gobierno del día 27 de mayo de 2026 publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 69, de 2 de junio de 2026, relativo a la publicación de la convocatoria y las bases que tienen que regir las pruebas selectivas para cubrir, como funcionario de carrera una (1) plaza de subinspector de policía local del Ayuntamiento de Llucmajor, mediante el sistema de promoción interna

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Texto

La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 17 de junio de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe literalmente:

ANTECEDENTES

En relación con el proceso para cubrir, por el sistema de promoción interna, mediante concurso-oposición, con carácter de personal funcionario de carrera, una (1) plaza, correspondiente a la escala de administración especial, subescala servicios especiales, grupo A, subgrupo A2 de la categoría Subinspector de policía local, incluida en la Oferta de Ocupación Pública del año 2024 del Ayuntamiento de Llucmajor, publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 69, de 2 de junio de 2026, por Acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2026.

Una vez publicada la convocatoria y las bases en el BOIB arriba mencionado, se ha detectado un error material concretamente en la base octava.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las administraciones podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales de hecho o aritméticos de sus actos.

En consecuencia,

ACUERDO

PRIMERO.- Rectificar el error detectado en la publicación de la convocatoria y las bases que tienen que regir la cobertura, por el sistema de promoción interna, mediante concurso-oposición, con carácter de personal funcionario de carrera, una (1) plaza, correspondiente a la escala de administración especial, subescala servicios especiales, grupo A, subgrupo A2 de la categoría Subinspector de policía local, incluida en la Oferta de Ocupación Pública del año 2024 del Ayuntamiento de Llucmajor, publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 69, de 2 de junio de 2026. Concretamente en la base octava.

Donde dice:

«CALENDARIO ORIENTATIVO DE LAS PRUEBAS: Una vez constituido el Tribunal, este fijará y publicará un calendario orientativo con las fechas de realización de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, teniendo en cuenta que el primer ejercicio se celebrará en el tercer trimestre de 2026.»

Tiene que decir:

«CALENDARIO ORIENTATIVO DE LAS PRUEBAS: Una vez constituido el Tribunal, este fijará y publicará un calendario orientativo con las fechas de realización de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, teniendo en cuenta que el primer ejercicio se celebrará en el cuarto trimestre de 2026.»

SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo en la página web de la Corporación municipal y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta Resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

Llucmajor, 23 de junio de 2026

La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló