Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Núm. 461126
Resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia de modificación de la resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad de 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables
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Identificador BDNS: 898209
Hechos
1. En fecha 16 de abril de 2026, se publicó en el BOIB nº 49 la resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, por la que se aprueba con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad de 2026-2027, en el marco del Plal Corresponsables.
2. En fecha 16 de junio de 2026, el Servicio de Juventud de la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad ha emitido un informe justificativo relativo a la necesidad de modificación de la convocatoria, principalmente para ampliar el plazo de justificación de las actividades realizadas durante las vacaciones de Pascua de 2026.
3. En fecha 16 de junio de 2026, la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia ha emitido una resolución de orden de inicio del procedimiento relativo a la modificación de la Resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad de 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables.
4. En fecha 17 de junio de 2026, la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad ha emitido propuesta de resolución relativa a la modificación de la Resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad de 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables.
Fundamentos de derecho
1. El texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2025, de 28 de diciembre.
2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 15/2025, de 12 de septiembre de 2025.
6. La Orden de la consejera de Servicios Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y juventud.
7. La resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolar de Pascua y Verano de 2026 y Navidad 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables, de modificación de la anterior.
Por todo esto, dicto la siguiente:
Resolución
1. Modificar la resolución de 13 de abril de 2026 de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades en el tiempo libre infantil y juvenil para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares de Pascua y Verano de 2026 y Navidad 2026-2027, en el marco del Plan Corresponsables, en los términos siguientes:
a) Modificar el punto 14.1 del Anexo, que queda redactado de la manera siguiente:
Donde dice:
«Hasta el 30 de junio de 2026, se justificarán las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de Pascua de 2026 [...]»
Ha de decir:
«Hasta el 31 de octubre de 2026, se justificarán las actividades llevadas a cabo durante las vacaciones de Pascua de 2026 [...]»
2. Comunicar esta Resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, i el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (19 de junio de 2026)
La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia Sandra Fernández Herranz