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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE FERRERIES

Núm. 454104
Aprobación de la modificación del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los funcionarios del cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ferreries que prestan servicio durante los turnos de fin de semana

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Texto

Mediante sesión ordinaria, de fecha 28 de mayo de 2026, el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries adoptó el siguiente acuerdo:

"Primero. Aprobar la modificación del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los funcionarios del cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ferreries que prestan servicio durante los turnos de fin de semana, que queda redactado en los términos que figuran en el anexo.

Segundo. Disponer que el acuerdo modificado tenga la consideración de reglamento interno de carácter organizativo, y que entre en vigor en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Tercero. Ordenar la publicación del texto íntegro de la modificación aprobada en el Portal del Empleado y en el tablón de anuncios, así como en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para su conocimiento general.

Cuarto. Notificar el acuerdo a las organizaciones sindicales representadas en la Mesa General de Negociación y a los órganos internos correspondientes para su ejecución."

 

Firmado electrónicamente (18 de junio de 2026)

El alcalde Pedro Pons Huguet

 

Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los funcionarios del cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ferreries que prestan servicio durante los turnos de fin de semana

El presente acuerdo regulador surge de la necesidad de garantizar unas condiciones laborales justas y equitativas para los miembros del cuerpo de la Policía Local de Ferreries que trabajan durante los fines de semana. En este sentido, en un contexto en el que la seguridad ciudadana es una prioridad, es imprescindible reconocer y valorar el esfuerzo y la iniciativa de los agentes que desempeñan sus funciones en horarios que implican una mayor exigencia física, emocional y familiar.

El servicio policial durante los fines de semana se presta en unas condiciones que comportan una mayor actividad y complejidad. Esta situación implica una dedicación adicional y un sacrificio personal y familiar, que deben ser reconocidos mediante condiciones laborales y retribuciones que reflejen adecuadamente este esfuerzo.

La regulación de estas condiciones se basa en la normativa laboral vigente y en los derechos retributivos reconocidos en el Capítulo III del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP).

Las retribuciones complementarias, reconocidas en el artículo 24 del TREBEP, son aquellas que retribuyen el grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos, entre otros.

La demanda de seguridad ciudadana durante los fines de semana es constante por parte de la comunidad. El cuerpo de la Policía Local tiene un papel fundamental en la gestión de situaciones que pueden comprometer la seguridad de los ciudadanos y de los propios agentes, debiendo realizar un sobreesfuerzo cuando se trabaja bajo estos factores.

Así, es de vital importancia garantizar el derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional, reflejado en el Capítulo IV del TREBEP, de todos los miembros que realicen turnos en fines de semana, mediante la Mesa de Negociación.

Como consecuencia de la negociación realizada en el marco de la Mesa General de Negociación, la Corporación y los delegados del personal funcionario del Ayuntamiento de Ferreries adoptan y suscriben el presente Acuerdo:

Artículo 1.- Objeto

Es objeto del presente acuerdo regular y actualizar las condiciones de trabajo y retribuciones de los funcionarios del cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Ferreries que prestan su servicio durante los turnos de fin de semana.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación, vigencia, denuncia y prórroga

El presente acuerdo tiene carácter municipal y será de aplicación a todos los miembros del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Ferreries que presten sus servicios en fines de semana. Será incluido en el Pacto del personal funcionario del Ayuntamiento de Ferreries, dentro del anexo de la Policía Local.

Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Ferreries y tendrá una vigencia de tres años, prorrogándose de año en año en caso de no existir denuncia expresa y escrita por alguna de las partes con una antelación mínima de tres meses antes de la finalización del período de vigencia del acuerdo actual.

En caso de prórroga del presente acuerdo, hasta que no se firme otro diferente, se considerará vigente el primero.

Artículo 3.- Derecho supletorio

En todos los aspectos no recogidos en el presente acuerdo, será de aplicación la normativa vigente que resulte aplicable.

Artículo 4.- Indivisibilidad del acuerdo

Todos los artículos recogidos en este acuerdo forman un todo orgánico e indivisible, no siendo posible su aplicación parcial.

Artículo 5.- Condiciones mínimas

Las condiciones de trabajo y retributivas que queden establecidas tendrán la consideración de mínimas. Cualquier mejora establecida por las partes prevalecerá sobre las del presente acuerdo.

Artículo 6.- Comisión de interpretación y vigilancia

En caso de interpretación dudosa de cualquier artículo de este acuerdo, las partes se comprometen a reunirse para poder llegar a un acuerdo común de interpretación.

Artículo 7.- Horarios de fin de semana

A efectos de compensación, se entiende por trabajo en fin de semana, para los miembros del cuerpo de Policía Local de Ferreries, el realizado entre las 22:30 horas del viernes y las 6:30 horas del lunes siguiente.

Artículo 8.- Trabajo efectivo

Se considerará trabajo efectivo el transcurrido entre la hora de inicio y la hora de finalización del turno correspondiente, prestado en la jefatura de la Policía Local de Ferreries.

Esto incluye todas las actividades realizadas por los agentes durante este período, así como cualquier tiempo dedicado a tareas relacionadas con el servicio, garantizando así una adecuada valoración del trabajo realizado.

Artículo 9.- Complemento retributivo por trabajos en fin de semana

Por cada jornada ordinaria y/o extraordinaria de trabajo efectivo en sábado se retribuirá con un complemento de 40 euros, y por cada jornada ordinaria y/o extraordinaria de trabajo efectivo en domingo se retribuirá con un complemento de 50 euros. En el caso de que un agente realice más de una jornada en un mismo día de fin de semana, le corresponderá percibir el complemento retributivo tantas veces como turnos haya efectuado. Todos los conceptos retributivos establecidos en este acuerdo se verán incrementados anualmente de acuerdo con el incremento general establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Artículo 10.- Abono del complemento retributivo

El abono de las retribuciones de este acuerdo será a mes vencido, es decir, en el mes siguiente al mes en el que se hayan realizado los turnos de fin de semana.