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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE MENORCA

INSTITUTO MENORQUÍN DE ESTUDIOS

Núm. 454029
Extracto del acuerdo del Consejo Rector del Institut Menorquí d’Estudis de 26 de marzo de 2026, relativo la aprobación de las bases y la convocatoria de las ayudas de investigación del IME 2026 (exp. I0015-2026-000015)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

BDNS 913633

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/913633):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de las ayudas tanto las personas físicas y jurídicas individualmente o como agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica independiente, que concurran en forma de equipo de investigadores.

En cuanto a las personas jurídicas, será requisito necesario que no tengan ánimo de lucro y que una de sus finalidades principales sea la investigación científica.

Segundo. Objeto

El objeto de las ayudas es contribuir a la financiación de proyectos de investigación relacionados, directa o indirectamente, con la isla de Menorca.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Rector del Institut Menorquí d'Estudis de fecha 26 de marzo de 2026.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 60.000 € (sesenta mil euros) con el siguiente desglose:

Líneas

2026

2027

Total

Investigadores noveles

15.000,00 €

15.000,00 €

30.000,00 €

Investigadores consolidados

15.000,00 €

15.000,00 €

30.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

30 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Sexto. Otros datos

El importe individual máximo de las ayudas que se concedan es de 6.000 €.

Podrá ser objeto de ayuda cualquier proyecto de investigación, sin ningún tipo de restricción con respecto a su temática concreta y sin fijar de forma previa los tipos de proyectos que se pueden presentar o los objetivos que se tienen que conseguir.

Línea 1. Se entiende por investigadora novel aquella persona que pueda probar que no tiene más de 10 años de experiencia investigadora.

Línea 2. Se considera investigadora experimentada aquella persona con más de 10 años demostrables de experiencia investigadora continuada.

 

Cada investigador, individualmente o en equipo, sólo se podrá presentar a una de las dos líneas.

 

Maó, 18 de junio de 2026

El presidente Joan Pons Torres (DP 120 de 01-09-2025)