Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
SANTA EULÀRIA DES RIU XXI SA
Núm. 448191
Bases que regirán la convocatoria para proveer el puesto de dos ingenieros/ingenieros técnicos para la plantilla de la empresa pública municipal
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PRIMERA.- OBJETO
La presente convocatoria, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, tiene como objeto la selección, como personal laboral para la Empresa Municipal EMSER XXI S.A.U. (definida como medio propio del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu) de los puestos de Ingeniero Técnico para su integración en la plantilla de la empresa pública municipal Santa Eulària des Riu XXI, S.A.U., EMSER XXI en adelante.
Esta convocatoria, tal y como plantea la Real Academia Española (RAE), utiliza el término masculino como género gramatical no marcado e inclusivo, es decir, están incluidos los individuos de ese género, pero también el femenino, tanto en plural como en singular, sin que esto pueda entenderse discriminación alguna. De igual forma, se actuará en las resoluciones del proceso selectivo que se deriven de la presente convocatoria.
SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO
La persona seleccionada atenderá las necesidades del puesto de trabajo tan ampliamente como sea necesario, y adaptará su jornada de trabajo a las características del cargo ya que atenderá las urgencias cuando las mismas se produzcan, se le asignarán direcciones de obra, etc.
EMSER XXI como medio propio del Ayuntamiento de Santa Eulària desarrolla su actividad en diversas áreas de gestión, ya sea en virtud de delegaciones por parte de este último desde la constitución de la empresa, así como de encargos de gestión que se le son asignados a EMSER XXI.
A nivel general, los trabajos a realizar por los técnicos se encuadrarán dentro de las actividades que son parte del objeto social de la empresa, tal y como son:
Concretamente las funciones a realizar por cada técnico se encuadrarán en dos áreas de la actividad propia de EMSER XXI: formando parte de la gestión y fiscalización del servicio municipal de abastecimiento y saneamiento de la red de agua potable y por otro lado la gestión de los encargos recibidos por parte del consistorio para el mantenimiento de las infraestructuras municipales.
Funciones con carácter general: De manera no excluyente ni exhaustiva son funciones propias del puesto de trabajo con independencia del área de gestión en la que se encuadre, las que se enuncian a continuación:
- Redacción de proyectos: ya sea del proyecto básico, de ejecución, así como la redacción de estudios de seguridad y salud y de gestión de residuos.
- Dirección de obra:
- Coordinación de seguridad y salud. Según el artículo 9 del RD1627/1997, el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones:
- Puesto que la empresa contratante realiza su habitual actividad en determinados centros de trabajo en los que se desarrollan otras actividades, podrá ser requerido por ésta para que preste servicios de manera puntual y en consonancia a su competencia en alguno de ellos sin menoscabo de su principal ocupación.
Funciones con carácter específico: se diferencian en relación con el área al que estén adscritas.
a) Área de aguas/obras: con carácter general las funciones a desarrollar serán las siguientes:
b) Área de infraestructuras y mantenimiento: con carácter general, las funciones serán las siguientes:
Retribuciones: 42.000 € brutos/anuales referidos a 14 mensualidades.
Duración del contrato. - El contrato será indefinido. En cualquier caso, incluirá un período de prueba de seis meses.
Jornada y horario de trabajo. – La jornada laboral será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual y de lunes a domingo, preferentemente de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 horas a menos que se haya planificado una distribución distinta de la jornada ya que por razón de sus funciones, estará obligado a prestar servicios en jornadas de tarde, fines de semana e incluso festivos.
Vacaciones. - Tendrá derecho a disfrutar de veintidós días hábiles retribuidos con carácter anual o a la correspondiente parte proporcional por el tiempo de prestación de servicios, en su caso.
TERCERA. - REQUISITOS DEL PUESTO
Los candidatos deberán reunir, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, los siguientes requisitos, tal y como se recogen en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
Requisitos generales:
— Nacionalidad o residencia:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
c) Los trabajadores que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a); así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
Requisitos específicos:
La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando copia del Título solicitado. En el caso de no estar en posesión del Título, durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial.
En caso de no poder demostrar documentalmente el conocimiento de la lengua catalana correspondiente, se realizará una prueba específica del mismo nivel.
CUARTA. - SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. Los aspirantes que deseen participar en el proceso de selección deberán presentar toda la documentación que acredite convenientemente los requisitos y méritos requeridos en la presente convocatoria en el Registro de la Sociedad EMSER XXI S.A. sito en C/ Venda des Coloms nº 10 2ª. planta. CP 07840, Santa Eulària des Riu. Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud deberá contener los siguientes datos personales: nombre y apellidos, DNI/Número de pasaporte, correo electrónico, teléfono y dirección postal.
Junto a la solicitud se deberá aportar la documentación que se detalla a continuación:
No obstante, el Órgano de Selección podrá solicitar, en cualquier momento del proceso de selección, la acreditación de todos los datos que hayan sido expuestos en la solicitud referente a experiencia profesional anterior o cualquier otro que estime oportuno y que hayan sido o vayan a ser valorados.
La no presentación de la citada documentación, así como el no poseer los requisitos exigidos en las bases de convocatoria supondrá la exclusión del candidato. No serán admitidas al proceso las solicitudes que no se reciban en el plazo y forma establecidos. El órgano de selección podrá solicitar la presentación de los documentos originales para su cotejo, en cualquier momento del proceso de selección. El incumplimiento de este requisito en los plazos que se determinen implicará la exclusión del candidato.
QUINTA. - PROCESO DE SELECCIÓN
El Proceso de Selección atenderá a los principios de mérito y capacidad, y a criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con el puesto de trabajo a desempeñar atendiendo al siguiente procedimiento:
Fase I. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y VALORACIÓN DE MERITOS
I. Valoración de las solicitudes presentadas y determinación de la relación de personas admitidas y excluidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se elaborará una lista con las personas admitidas y excluidas, expresando las causas de exclusión y otorgando un plazo no inferior a 48 horas para la subsanación de defectos.
II. Valoración de las titulaciones y experiencia profesional en base a la documentación presentada.
Se realizará una valoración de méritos y curricular, de la candidatura presentada por cada aspirante, atendiendo a la experiencia y méritos tanto profesionales como académicos que hayan acreditado las personas aspirantes según su adecuación al perfil del puesto. La puntuación máxima será de 60 puntos. Una vez que se haya procedido a la valoración de la experiencia y méritos alegados, se procederá a publicar, en la página web de la empresa pública (www.emser21.com, redirigida temporalmente a nuestra web del parking público y mirar en la sección Anuncios-Empleo), la puntuación obtenida y los candidatos/as que pasan a la siguiente fase, quedando excluidos los aspirantes que no alcancen un mínimo de 15 puntos.
Fase II. ENTREVISTA PERSONAL CON EL TRIBUNAL/ÓRGANO DE SELECCIÓN CONSTITUIDO POR EQUIPO TÉCNICO MUNICIPAL, DE LA EMPRESA Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE EMSER XXI SA.
Con el fin de comprobar la adecuación del perfil de las personas candidatas a la plaza ofertada, se realizará una entrevista a los mismos por el Tribunal constituido por el Vicepresidente, el Técnico Financiero de la empresa pública y la Directora del Departamento de Obras Públicas del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu y que versará sobre:
Fase III. PROPUESTA DE CONTRATACIÓN
El Tribunal informará al Consejo de Administración en su inmediata convocatoria de la contratación del candidato o candidata que consideró más idóneo para desarrollar las funciones propias del puesto de trabajo.
El proceso de selección podrá declararse desierto si ninguna de las personas candidatas reuniese el perfil necesario para el desempeño del puesto
SEXTA. - CONTRATACIÓN
Se faculta a la Presidenta de la sociedad a la formalización del mismo.
SÉPTIMA. - PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.
El principio de publicidad del proceso selectivo se garantizará mediante la publicación de las presentes bases en la página web de la empresa pública, en perfil del contratante de la empresa pública dentro de la web municipal y la inserción de anuncio de la presente convocatoria en el BOIB.
OCTAVA. - CONFIDENCIALIDAD.
Todas las personas y entidades implicadas en el proceso de selección se comprometen a garantizar la absoluta confidencialidad de todos los datos personales y profesionales de las personas candidatas, asegurando que la participación de las no seleccionadas se mantendrá en el estricto ámbito de conocimiento y la valoración de los órganos de selección.
Únicamente se hará público el nombre de la persona que resulte seleccionada.
NOVENA. - CRITERIOS DE VALORACIÓN
Las candidaturas admitidas en el proceso selectivo se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
1) Méritos profesionales.
Experiencia profesional en puestos con funciones similares a las descritas en el puesto ofertado. Hasta 30 puntos:
A la hora de proceder a la valoración anterior, se tendrá en cuenta tanto el desempeño profesional por cuenta ajena como por cuenta propia.
La puntuación para periodos de tiempo inferiores a un año será proporcional al número de días trabajados. La experiencia profesional se acreditará mediante la aportación de informe de vida laboral, certificado de servicios prestados o contrato de trabajo. Dicha documentación se acompañará de una relación de las actividades laborales desempeñadas clasificadas según los cuatro grupos antes señalados, con detalle del número de días trabajados en cada una de ellas y la titulación requerida para el desempeño de cada actividad.
2) Méritos formativos. Este criterio se puntúa con un máximo de 30 puntos.
2.1) Estudios que se valoran con una puntuación máxima de 10 puntos.
Se valoran en este apartado las titulaciones académicas de ciclos formativos de carácter oficial o la equivalencia de los que tenga reconocido y establecido el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, cuando estén directamente relacionadas con las funciones del lugar de trabajo convocado.
No se valorarán aquellas titulaciones aportadas como requisito para acceder a la plaza.
Valoración:
1. Por cada titulación de Ciclo Formativo desde Grado Medio a Superior relacionado con las funciones de los puestos: 3 puntos.
2. Por cada titulación Master o equivalente en cuanto a la especialización y relacionado con las funciones de los puestos: 5 puntos
2.2) Asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento, relacionados con la naturaleza del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, con una puntuación máxima de 10 puntos.
Cada hora lectiva: 0,1 puntos. - Cuando no se especifique el número de horas lectivas y el mismo se desarrolle en más de dos jornadas: Cada curso: 1 punto, si se desarrolla en una o dos jornadas: 0.5 puntos por curso.
2.3) Conocimiento de idiomas, con una puntuación máxima de 10 puntos.
La acreditación de los méritos formativos se realizará mediante la aportación de los correspondientes títulos, diplomas o certificados en los que se ha de evidenciar la información necesaria para proceder a su puntuación. Dicha documentación se acompañará de una relación de dichos títulos, diplomas o certificados, señalando si corresponden al apartado 2.1), 2.2) o 2.3) y, en el caso del apartado 2.2), el número de horas lectivas del curso, si está consignado en la documentación aportada.
3) Evaluación individualizada (entrevista). Este criterio se puntúa con un máximo de 40 puntos. Una vez valorados los méritos contemplados en los apartados anteriores, se procederá a citar a los candidatos admitidos, a los efectos de la realización de una evaluación individualizada. La misma estará relacionada con las características del puesto de trabajo y la adecuación de los candidatos al mismo. Se valorará los conocimientos, competencia y experiencia de cada candidato en relación con el puesto a cubrir. Dicha evaluación se podrá realizar mediante pruebas específicas, incluyendo la de los conocimientos que haya consignado en su solicitud.
4) En caso de empate, éste se dirimirá en favor de quien haya obtenido más puntuación en el apartado relativo a los méritos profesionales y en segundo lugar a los cursos de formación.
5) Prueba para acreditar el requisito de conocimiento de la lengua catalana.
Con carácter previo al inicio del proceso selectivo, los aspirantes que no hayan acreditado estar en posesión del certificado acreditativo del conocimiento del nivel B2 de la lengua catalana, tendrán que realizar una prueba de nivel.
Esta prueba tendrá carácter obligatorio y su resultado será de Apto o No Apto. La calificación de No Apto, o la no comparecencia de la persona aspirante, dará lugar a la exclusión del proceso selectivo.
Los resultados obtenidos únicamente serán válidos en el ámbito de esta convocatoria y no generará ningún derecho respecto a procedimientos futuros.
Para la realización y evaluación de las pruebas de lengua catalana se contará con los servicios de personal técnico asesor, que llevará a cabo las pruebas necesarias para determinar la aptitud o no aptitud de las personas aspirantes.
DECIMA. - LISTA DE RESERVA O BOLSA DE EMPLEO
Con la presente convocatoria se constituye, además, una lista de reserva, integrada por las personas que hayan superado el proceso, para cubrir como personal laboral fijo, cualquier vacante de ingeniero técnico que exista, que serán llamados por estricto orden de la puntuación obtenida.
Además, los integrantes de dicha bolsa podrán ser contratados como personal laboral temporal, para cubrir las posibles necesidades urgentes de provisión de cualquier puesto de trabajo de ingeniero técnico, realizar sustituciones, cubrir temporalmente vacantes que se puedan producir por bajas laborales, licencias, vacaciones o cualquier eventualidad del personal, así como necesidades urgentes del servicio como el incremento de la actividad.
En el caso de que una persona de la lista sea llamada para cubrir temporalmente uno de los puestos de ingeniero técnico ofertados, y quedara vacante otra de la misma clase con carácter indefinido, si la persona que ocupa temporalmente el puesto de ingeniero técnico tiene una mayor puntuación en la lista, ocupará la vacante y será llamado, en el caso de que sea necesario, el siguiente en la lista para cubrir temporalmente el otro puesto.
Por lo tanto, una vez constituida la bolsa, las personas aspirantes serán requeridas según las necesidades para ocupar fija o temporalmente, según las necesidades de la empresa, los correspondientes puestos por riguroso orden de puntuación. Se ofrecerá la ocupación fija o temporal a las personas incluidas en la bolsa que se encuentren en la situación de disponible de acuerdo con el orden de prelación siempre que cumplan los requisitos que exige el puesto para ocuparlo.
Si hay más de un puesto por cubrir de las mismas características, se pueden hacer llamadas colectivas simultáneas a tantas personas aspirantes en situación de disponible en la bolsa como se considere necesario para atender las peticiones de cobertura de los puestos pendientes. En este caso, los puestos de trabajos se adjudicarán por riguroso orden de prelación de los aspirantes de la bolsa que hayan manifestado su conformidad. Se comunicará a la persona aspirante que corresponda el puesto, características y plazo en el que se tenga que presentar. A este efecto, se pondrán en contacto telefónico o por correo electrónico, con un máximo de tres intentos con la persona que corresponda. Quedará constancia en el expediente que esta persona ha recibido la comunicación o los intentos realizados.
Dentro del plazo máximo de dos días hábiles a contar desde la comunicación telefónica o por correo electrónico, la persona integrante de la bolsa tiene que manifestar su interés con el nombramiento. Si en este plazo no manifiesta la conformidad, o renuncia expresamente al lugar ofrecido, o no responde al teléfono de contacto que ha facilitado u otra circunstancia que impida su incorporación, perderá su puesto en la lista de las personas aspirantes seleccionadas y pasará a ocupar el último puesto, y se avisará al siguiente de la lista.
La incorporación al puesto ofrecido deberá ser como mínimo de 3 días hábiles y como máximo de 15 días hábiles, que se podrá prorrogar excepcionalmente para atender el derecho de preaviso del artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores.
Estarán en la situación de no disponible aquellas personas integrantes de la bolsa de trabajo que aleguen que se encuentran en cualquiera de las situaciones siguientes y que deberán justificar documentalmente dentro de los tres días hábiles siguientes a la comunicación:
a. Estar en periodo de embarazo, de maternidad o de paternidad, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, incluyendo el periodo en el que sea procedente la concesión de excedencia para cuidar de los hijos para cualquiera de los supuestos anteriores.
b. Prestar servicios en otra administración o ente público o privado.
c. Padecer enfermedad o incapacidad temporal
d. Estar, en el momento de la llamada, ejerciendo funciones sindicales
Mientras la persona aspirante esté en la situación de no disponible en la bolsa, no se le llamará para ofrecerle un puesto de trabajo en esta bolsa. Las personas interesadas están obligadas a comunicar por escrito a la empresa pública EMSER XXI la finalización de las situaciones previstas alegadas en un plazo no superior a los diez días hábiles desde que se produzca, con la justificación correspondiente. La falta de comunicación en el plazo establecido determinará la exclusión de la bolsa.
Si alguna de las personas integrantes de la bolsa renuncia tres veces seguidas a diferentes ofertas de trabajo (es decir, no manifiesta la conformidad a incorporarse en el puesto de trabajo, renuncia expresamente al nombramiento, no responde al teléfono de contacto que ha facilitado u otra circunstancia que impida la incorporación), será definitivamente excluida de la bolsa de trabajo a todos los efectos. La renuncia posterior del empleado al lugar de trabajo que ocupa, así como el incumplimiento de formalizar el contrato de trabajo del puesto previamente aceptado, supone la exclusión de la bolsa de trabajo para la cual se le ha llamado, excepto en los casos de fuerza mayor.
Cuando la persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en su puesto de trabajo temporal, salvo que sea consecuencia de renuncia voluntaria, se reincorporará automáticamente en la bolsa de trabajo ocupando el puesto de la lista que le correspondía de acuerdo con la puntuación obtenida en el momento en el que se formó.
11. VIGENCIA DE LA BOLSA
La bolsa de trabajo tendrá una duración de dos años desde la fecha de su entrada en vigor. Una vez finalizado este periodo se prorrogará automáticamente por un año, de no mediar denuncia expresa, en el plazo de dos meses de antelación a la fecha de su finalización. La bolsa de trabajo podrá quedar resuelta de manera automática en caso de que se produzca una nueva convocatoria de este tipo de plaza, en la que volvería a constituirse una nueva bolsa de trabajo actualizada.
Santa Eulària des Riu, (firmado electrónicamente: 9 de junio de 2026)
La presidenta EMSER XXI S.A Mª del Carmen Ferrer Torres
ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN AL PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER EL PUESTO DE INGENIERO TÉCNICO DE LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL, EMSER XXI
DATOS PERSONALES
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Primer apellido
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Segundo apellido
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Nombre
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DNI
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Fecha de nacimiento
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Lugar de nacimiento
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Provincia
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País
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Domicilio
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Calle
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Localidad
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Cod. Postal
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Teléfono
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Correo electrónico
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VALORACIÓN MÉRITOS
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Experiencia Profesional
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Cursos de Formación
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DOCUMENTOS QUE SE APORTAN
| □ Fotocopia DNI o NIE | □ Fotocopias de los títulos de cursos a valorar |
| □ Certificado de la vida laboral actualizada | □ Fotocopia carnet conducir B |
| □ Certificado titulo | □ Otros |
| □ Contratos de trabajo |
SOLICITUD
Solicita ser admitido al proceso selectivo a que hace referencia esta instancia, mostrando mi predilección por:
( ) Área de agua/obras.
( ) Área de infraestructuras/mantenimiento.
( ) Indiferente.
Y declaro que son ciertos los datos que se consignan para el acceso al proceso selectivo para cubrir el puesto de ingeniero técnico de la empresa pública municipal EMSERXXI.
En especial declara:
( ) No padecer enfermedad o limitación física que impida desarrollar las funciones del puesto
( ) No haber sido separado del servicio en cualquier Administración Pública o inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ………………a……………de 2026.
Firma
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