Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 448023
Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta de la directora general de Planificación y Gestión Educativas, por la que se convocan los premios para alumnos con aprovechamiento académico excelente y los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de música y danza de las Islas Baleares en el ámbito de cada centro, correspondientes al curso 2025-2026
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En fecha de la firma electrónica, la directora general de Planificación y Gestión Educativas ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Antecedentes
1. El 4 de junio de 2026, el jefe de servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió la memoria justificativa respecto a la necesidad de convocar los premios al aprovechamiento académico excelente y los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares, del curso 2025-2026, con el firme propósito de reconocer públicamente el esfuerzo, la perseverancia y el mérito académico del alumnado de estas enseñanzas.
Fundamentos de derecho
1. La Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, por la que se crean y regulan los premios nacionales al rendimiento académico para alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de la música, la danza y las artes plásticas y diseño.
2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares (BOIB número 38, de 17 de marzo), prevé en el capítulo VII la regulación de las enseñanzas de régimen especial.
3. El Decreto 36/2018, de 9 de noviembre, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música en las Islas Baleares (BOIB núm. 143, de 15 de noviembre de 2018), creó en su artículo 46 los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de música de las Islas Baleares.
Este decreto también establece que la Consejería de Educación y Universidades debe convocar anualmente estos premios y cualquier otra distinción honorífica al rendimiento académico excelente en estas enseñanzas.
4. El Decreto 54/ 2011, de 20 de mayo, de currículo de las enseñanzas profesionales de danza.
Por todo ello, con la finalidad de valorar el rendimiento académico excelente en las enseñanzas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares, propongo al consejero de Educación y Universidades que dicte la siguiente:
Propuesta de resolución
Primero. Objeto
Esta Resolución tiene por objeto la convocatoria de los premios siguientes:
a) Los premios para los alumnos de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente.
b) Los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de los centros de las Islas Baleares.
Segundo. Instrucción de los procedimientos
El órgano instructor de los procedimientos objeto de esta resolución es la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, a través del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial.
Tercero. Premios para los alumnos de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente
1. Obtendrán el premio de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente los alumnos que reúnan estos requisitos:
a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de música o de danza en un centro público o privado autorizado de las Islas Baleares en la convocatoria ordinaria de junio del curso académico 2025-2026.
b) Haber obtenido una nota media de los dos últimos cursos de enseñanzas profesionales de música o de danza igual o superior a 9. El cálculo de la nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las asignaturas cursadas que forman parte de los cursos de 5º y 6º de las enseñanzas profesionales de música o de danza, redondeada a la centésima más próxima. Las asignaturas convalidadas o exentas no se tendrán en cuenta en el cálculo de la nota media. En el caso de que el alumno haya ingresado a las enseñanzas profesionales en el sexto curso, la nota media se refiere únicamente a este curso.
2. Los conservatorios profesionales y los centros privados autorizados, una vez acabada la evaluación ordinaria, deben elaborar la lista de los alumnos de su centro que cumplen los requisitos indicados anteriormente y deben enviarlo al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial mediante la ventana electrónica Llull.
3. La documentación debe incluir un certificado del expediente académico de cada uno de los alumnos propuestos firmado por el director del centro, en el que se deben especificar los cursos realizados en estas enseñanzas, con indicación de los cursos académicos, la especialidad, las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas en cada una de las asignaturas y la nota media de todas las asignaturas de los dos últimos cursos de enseñanzas profesionales de música o de danza.
4. Los centros deben informar de estos premios a los alumnos que son merecedores de ellos.
5. El Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial debe publicar en la página web de la Dirección General (http://dgplacen.caib.es) y en la Sede Electrónica de esta Administración, las listas provisionales de los alumnos premiados. Los interesados, con la finalidad de enmendar posibles errores, podrán presentar la reclamación correspondiente a cualquiera de los registros de la Conselleria de Educación y Universidades o a las delegaciones territoriales de la Conselleria de Educación y Universidades en Menorca o en Ibiza y Formentera a la atención del Jefe del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial.
6. Una vez resueltas las posibles reclamaciones, se publicará la lista definitiva en la página web de la Dirección General y en la Sede Electrónica de esta Administración.
7. El consejero de Educación y Universidades, dada la propuesta de la directora general de Planificación y Gestión Educativas, dispone de seis meses, contados desde el día siguiente de la publicación de la lista definitiva, para resolver los premios de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente. La Resolución con la relación de alumnos premiados debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la página web de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas (http://dgplacen.caib.es) y en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
8. La Consejería de Educación y Universidades entregará a los alumnos premiados un diploma al aprovechamiento académico excelente.
9. La Dirección General de Planificación y Gestión Educativas debe organizar el acto de entrega de los premios para los alumnos de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente, junto con el acto de entrega de los premios extraordinarios autonómicos, y debe prever el viaje de los alumnos premiados que deben desplazarse desde otras islas.
Cuarto. Premios extraordinarios de las enseñanzas profesionales de música y danza en los centros
1. Los conservatorios profesionales y los centros privados autorizados deben convocar anualmente los premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de música o de danza de su centro para cada una de las especialidades instrumentales o de danza que tengan autorizadas, para música de cámara y para fundamentos de composición.
2. Pueden participar en estos premios los alumnos que hayan acabado las enseñanzas profesionales en el mismo curso de la convocatoria y cumplan los requisitos siguientes:
a) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales. A tal efecto, las asignaturas convalidadas no se tendrán en cuenta. En el caso de que el alumno haya ingresado en el sexto curso, la nota media se refiere únicamente a las asignaturas de este curso.
b) Haber obtenido una calificación mínima de 9 al sexto curso de la asignatura específica del premio al que optan.
3. Cada centro indicará los requisitos de participación en sus bases, las cuales serán publicadas por los centros en su sitio web antes del 30 de junio.
4. Los alumnos que estén interesados en optar a estos premios y cumplan los requisitos deben inscribirse en sus centros de acuerdo con el procedimiento y los plazos que cada centro establecerá al efecto.
5. Las pruebas correspondientes a la convocatoria del curso académico correspondiente deben realizarse después de la evaluación extraordinaria y antes del 9 de octubre. El calendario de las pruebas debe publicarse en el tablón de anuncios del centro y en su página web antes del 31 de julio.
6. Las pruebas convocadas deben basarse en los currículos oficiales de las enseñanzas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares establecidos en el Decreto 36/2018 y en el Decreto 54/2011, de 20 de mayo, de currículo de las enseñanzas profesionales de Danza.
7. En el caso de las enseñanzas de música, la prueba para los premios de Instrumento o canto y para el de música de cámara debe constar, al menos, de una parte de interpretación de diferentes obras en audición pública. En el premio de Fundamentos de Composición, la prueba debe consistir, al menos, en la composición de una obra para la plantilla vocal o instrumental que se determine sobre un tema dado por el tribunal.
8. En el caso de las enseñanzas de danza, la prueba debe constar, al menos, de una parte de interpretación en audición pública de un programa compuesto por obras, tiempos o variaciones extraídas de obras representativas del repertorio de la especialidad para la que se presentan los alumnos. Estas obras, tiempo o variaciones deben tener una dificultad como mínimo correspondiente al sexto curso de las enseñanzas profesionales.
9. Los directores de los centros deben nombrar a los tribunales que deben adjudicar estos premios. Los tribunales deben estar constituidos por cinco profesores del centro, si es posible pertenecientes a la especialidad convocada o a especialidades afines. La composición del tribunal debe hacerse pública antes de las pruebas.
10. Los premios extraordinarios de las enseñanzas profesionales no pueden ser compartidos, el tribunal puede otorgar cómo máximo un único premio por especialidad o modalidad.
11. Los alumnos que hayan optado al premio extraordinario de una especialidad y no lo hayan obtenido se pueden distinguir con una mención de honor, si el tribunal lo considera oportuno.
12. En el caso de la modalidad de música de cámara, el premio se entiende concedido al grupo, pero específicamente a cada miembro que cumpla los requisitos exigidos para aspirar a este premio.
13. La obtención de un premio extraordinario, así como de una mención de honor, supone recibir el diploma correspondiente, que debe emitir el centro y que, además, debe consignarse en los documentos de evaluación de los alumnos mediante una diligencia específica.
14. Cada centro debe organizar la entrega de los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de esta convocatoria.
Quinto. Calendario
El anexo 1 de esta resolución regula los siguientes calendarios:
1. Calendario de la convocatoria de los premios para los alumnos de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente correspondientes al curso académico 2025-2026.
2. Calendario de la convocatoria de los premios extraordinarios de las enseñanzas profesionales de música o danza de los centros.
Sexto. Publicación
Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (16 de junio de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany
(Firmado electrónicamente: 15 de junio de 2026)
La directora general de Planificación y Gestión Educativas proponente Catalina Maria Ginart Serrano
ANEXO 1 Calendario
1. Convocatoria de los premios para los alumnos de las enseñanzas artísticas profesionales de música y de danza de las Islas Baleares con aprovechamiento académico excelente correspondientes al curso 2025-2026
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JUNIO |
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Els centros deben informar a los alumnos que cumplan los requisitos para poder obtener el premio con aprovechamiento académico excelente. |
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Los centros deben remitir por la ventana electrónica La documentación de los alumnos merecedores del premio al aprovechamiento académico excelente al Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial. |
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Publicación en la web de la Dirección General (http://dgplacen.caib.es) de las listas provisionales de los alumnos premiados. |
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Presentación de reclamaciones por registro al Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial. |
2. Convocatoria de los premios extraordinarios de las enseñanzas profesionales de música o danza de los centros correspondientes al curso 2025-2026
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JUNIO |
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30 de junio |
Los centros deben publicar en el tablón de anuncios y en su página web las bases de estos premios. |
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JULIO |
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Antes 31 julio |
Los centros deben publicar en el tablón de anuncios y en su página web el calendario de realización de las pruebas. |
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SEPTIEMBRE - OCTUBRE |
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Después de la convocatoria extraordinaria - hasta el 9 de octubre |
Els centros deben realizar las pruebas de los premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de música o danza en los centros. |
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Hasta el 9 de octubre |
Publicación en la página web de los centros de la lista definitiva de los alumnos que han obtenido el Premio extraordinario de enseñanzas profesionales de música o danza de los centros. |