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AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Núm. 445196
Aprobación provisional de la modificación de los artículos 19 y 20 del acuerdo mediante el cual se regula la jornada laboral, los horarios generales y especiales, licencias, permisos, vacaciones y compensaciones del personal al servicio del Ayuntamiento de Santanyí
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Acuerdo de Pleno de fecha 08/06/2026 del Ayuntamiento de Santanyí por el cual se aprueba provisionalmente la Modificación de los artículos 19 y 20 del acuerdo mediante el cual se regula la jornada laboral, los horarios generales y especiales, licencias, permisos, vacaciones y compensaciones del personal al servicio del Ayuntamiento de Santanyí
Aprobado provisionalmente la MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 19 Y 20 DEL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE REGULA LA JORNADA LABORAL, LOS HORARIOS GENERALES Y ESPECIALES, LICENCIAS, PERMISOS, VACACIONES Y COMPENSACIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ, por Acuerdo del Pleno de fecha 08/06/2025, de conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 103 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre municipal y de régimen local de las Islas Baleares, se somete el expediente a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a su publicación mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, porque pueda ser examinado y se puedan presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/da en las dependencias municipales porque se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Así mismo, el texto de la modificación de los artículos 19 y 20 del acuerdo mediante el cual se regula la jornada laboral, los horarios generales y especiales, licencias, permisos, vacaciones y compensaciones del personal al servicio del Ayuntamiento de Santanyí, estará a disposición de las personas interesades al portal web del Ayuntamiento de Santanyí [http://www.ajsantanyi.net/]. En el caso de no presentarse reclamaciones en el plazo mencionado, se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo exprés del Pleno.
Este Acuerdo entrará en vigor una vez se haya publicado íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, transcurrido el plazo establecido en el artículo 113 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
Documento firmado electrónicamente al margen (16 de junio de 2026)
La regidora de Función Pública Maria Monserrat Bennásar Por delegación mediante Decreto 2025/120 de 24 de enero (BOIB núm.14 de 30 de enero)