Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)

Núm. 441979
Resolución de la Directora gerente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Islas Baleares (IRFAP) por la que se aprueban las bases específicas de la convocatoria para crear un bolsín de trabajo de la categoría técnico con titulación superior y especialidad Agronomía - General, para la isla de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

Es una necesidad de esta entidad crear un bolsín de trabajo para dar cobertura a las situaciones recogidas en esta convocatoria, que afecten a los puestos de trabajo de la categoría técnico con titulación superior y especialidad Agronomía - General, que exige estar en posesión de la titulación de Ingeniería Superior Agrónoma o grado y máster habilitante en el ámbito anterior, o equivalente (Grupo A) y carné de conducir B.

Fundamentos de derecho

El Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears determina en su artículo 17.2.c) que es una función de la Directora gerente “Ejercer la jefatura del personal, la dirección técnica, la dirección administrativa y la inspección de todos los servicios y las dependencias.”.

Por todo lo citado, dicto la siguiente

Resolución

1. Constituir el bolsín de trabajo de ingeniero/a superior agrónomo/a (grupo A), en Mallorca, mediante convocatoria pública.

2. Publicar como Anexo 2, un modelo de solicitud para participar en esta convocatoria.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en los diarios de mayor difusión del ámbito territorial de destino de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, además de en la web del ente.

Interposición de recursos

Las controversias derivadas de esta resolución o de las bases de la convocatoria corresponden al orden jurisdiccional social, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Las personas interesadas pueden interponer ante los tribunales laborales las acciones o recursos que estimen pertinentes dentro de los plazos establecidos por la legislación vigente.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (3 de junio de 2026)

La directora gerente del IRFAP Georgina Brunet i Ródenas.

 

 

ANEXO 1 Bases específicas de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria

El objeto de la convocatoria es crear un bolsín de trabajo para dar cobertura a posibles vacantes, bajas, vacaciones, permisos, licencias con y sin retribución y excedencias, que se puedan producir en cualquier puesto de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo (RLT) del IRFAP que afecten a los puestos de trabajo de la categoría técnico con titulación superior y especialidad Agronomía – General, que exige estar en posesión de la titulación de Ingeniería Superior Agrónoma o grado y máster habilitante en el ámbito anterior, o equivalente, (Grupo A) y carné de conducir B.

2. Ámbito de trabajo y funcional

El ámbito de trabajo en el que desarrollará las tareas es el de la Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria, que contiene las siguientes Unidades:

- Producción vegetal (incluye la sanidad vegetal)

- Producción ganadera (incluye la sanidad animal)

Las funciones a desarrollar son las siguientes:

- Planificar, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de investigación, desarrollo, innovación, digitalización y transferencia de proyectos, contratos y convenios, de acuerdo a los objetivos establecidos en su Programa sectorial y de acuerdo con las instrucciones de la Dirección de Desarrollo de la Producción agraria del IRFAP.

- Colaborar con el personal investigador en el diseño, instalación, ejecución y control de los ensayos y trabajos de campo o de laboratorio, así como en la elaboración de guías y protocolos experimentales.

- Supervisar los proyectos, contratos y convenios de su Programa sectorial, así como redactar y actualizar los correspondientes informes.

- Participar en la planificación y control de los presupuestos de los proyectos, contratos y convenios de su Programa sectorial.

- Validar la correcta realización de la prestación de servicio o de la adquisición del suministro en los términos previstos legal o reglamentariamente en pedidos, contratos y convenios relacionados con su Programa sectorial.

- Garantizar el cumplimiento de la normativa de seguridad y protección ambiental y bienestar animal en las actividades de investigación y experimentación.

- Redactar y revisar artículos científicos, informes y memorias técnicas sobre el progreso de la actividad científica y de los trabajos en curso de su Programa Sectorial.

- Gestionar las bases de datos y realizar análisis estadísticos avanzados.

- Garantizar la calidad de los datos y proponer alternativas y soluciones a los problemas que surjan.

- Proponer e implementar soluciones innovadoras basadas en los resultados de la investigación para la mejora de la producción agraria.

- Elaborar, comunicar y difundir los resultados de la investigación de su Programa sectorial en artículos científicos y de divulgación, posters, comunicaciones, jornadas formativas y canales digitales.

- Proponer, definir y ejecutar acciones de transferencia de conocimiento y asesoramiento al sector agrario balear, en el ámbito de su Programa sectorial.

- Participar y colaborar activamente en planes y programas de formación de estudiantes y personal técnico y científico.

- Colaborar en la planificación de las políticas agrarias y pesqueras derivadas de la PAC, estando informado sobre las subvenciones y ayudas disponibles para el sector y asesorando sobre su impacto.

- Participar en la organización y gestión del personal adscrito.

- Atender las visitas de carácter técnico a fincas propias y fincas colaboradoras.

- Colaborar en la organización, clasificación y archivo de la documentación relativa a su Programa sectorial.

- En general, realizar cualquier otra tarea propia de las funciones de su cargo que le encomienden los superiores jerárquicos.

3. Requisitos

3.1 Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permitan el acceso al empleo público según el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015, que permita el acceso a la ocupación pública como personal laboral.

3.2 Tener la capacidad funcional para el ejercicio de las tareas.

3.3 Tener dieciséis años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, si ésta fuese de aplicación.

3.4 No haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

3.5 Estar en posesión de la titulación de Ingeniería Superior Agrónoma o grado y máster habilitante en el ámbito anterior, o equivalente (Grupo A).

3.6 Disponer de carné de conducir B.

3.7 Estar en posesión del nivel B2 de Catalán.

4. Comisión de selección

Estará integrada por:

Presidente: Sr. José Manuel Fernández Zapata (Jefe de Recursos Humanos).

Suplente del Presidente: Sr. José Andrés Fernández Céster (Director de Servicios Corporativos).

Secretaria: Sra. Catalina Borràs Pastor (Administrativa de Recursos Humanos).

Suplente de la Secretaria: Sra. Dolors Carrió Mora (Auxiliar administrativa de Producción agraria).

Vocal: Sr. Jaume Jaume Sureda (Director de Desarrollo de la Producción agraria).

Suplente del Vocal: Sr. Ramon Ramis Morey (Técnico superior en Producción ganadera).

Podrá asistir a las reuniones de la Comisión de selección un/a representante del Comité de empresa, con voz y sin voto.

5. Presentación de solicitudes y documentación

5.1 La solicitud para participar en este proceso selectivo debe ajustarse al modelo anexo, donde debe hacerse constar necesariamente el correo electrónico y el teléfono de contacto.

5.2 Todas las solicitudes deben presentarse en el Registro del IRFAP o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5.3 El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

5.4 Documentación mínima obligatoria a adjuntar con la solicitud, debidamente cumplimentada:

a) Fotocopia del DNI o documento identificativo en vigor.

b) Copia del título universitario especificado en el punto 3.5 de las bases.

c) Copia del certificado de catalán B2 expedido u homologado por la consejería competente en política lingüística, o los reconocidos según la orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud.

d) Copia del carné de conducir B.

e) Currículum vitae actualizado, en el que debe constar la formación (titulaciones académicas, estudios, cursos) y la experiencia profesional, con descripción de entidades, funciones desarrolladas y duración.

5.5 Para la valoración de los méritos establecidos en el punto 7, es necesario presentar la documentación acreditativa que en cada caso se solicita. De lo contrario, no se valorarán los méritos alegados.

6. Listas de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, la comisión de selección hará pública en la web www.irfap.org una lista provisional de personas admitidas y excluidas, concediendo un plazo de tres días hábiles para presentar enmiendas.

Una vez superado este plazo, se publicará en la misma web el listado definitivo de personas admitidas y excluidas.

7. Méritos a valorar

La puntuación máxima a alcanzar es de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

7.1 Experiencia profesional, 40 puntos.

7.2 Entrevista personal, 10 puntos.

7.3 Méritos académicos, 38 puntos.

  1. 7.3.1 Doctorado, 10 puntos.
  2. 7.3.2 Formación académica, 6 puntos.
  3. 7.3.3 Formación complementaria, 4 puntos.
  4. 7.3.4 Reconocimientos académicos de excelencia, 10 puntos.
  5. 7.3.5 Docencia, 4 puntos.
  6. 7.3.6 Publicaciones, 4 puntos.

7.4 Conocimientos de idiomas, 12 puntos.

  1. 7.4.1 Lengua catalana, 6 puntos.
  2. 7.4.2 Lengua inglesa, 6 puntos.

TOTAL: 100 puntos

7.1. Experiencia profesional (valoración máxima de 40 puntos)

- Experiencia profesional como titulado en Ingeniería Superior Agrónoma o grado y máster habilitante para ejercer la profesión, o equivalente (Grupo A), en un centro de investigación agroalimentaria, mediante contrato laboral: 0,70 puntos por mes trabajado.

Se entenderá por centro de investigación agroalimentaria aquellas entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación científica o tecnológica en el ámbito agroalimentario, debidamente reconocidas por una administración pública o integradas en el sistema de investigación estatal o autonómico.

- Experiencia profesional como profesor universitario en el ámbito de la Ingeniería Agronómica, mediante contrato laboral o administrativo: 0,70 puntos por cada mes trabajado.

- Experiencia profesional como titulado en Ingeniería Técnica agrícola o grado habilitante para el ejercicio de la profesión, o equivalente (Grupo B), en un centro de investigación agraria, mediante contrato laboral: 0,60 puntos por cada mes trabajado.

Se entenderá por centro de investigación agroalimentaria aquellas entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la investigación científica o tecnológica en el ámbito agroalimentario, debidamente reconocidas por una administración pública o integradas en el sistema de investigación estatal o autonómico.

- Experiencia profesional como titulado en Ingeniería Superior Agrónoma o grado y máster habilitante para ejercer la profesión, o equivalente (Grupo A), en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de estas bases:

  • 0,60 puntos para cada mes trabajado en la administración pública o ente público.
  • 0,30 puntos por mes trabajado en la empresa privada.

- Experiencia profesional como titulado en Ingeniería Técnica agrícola o grado habilitante para ejercer la profesión, o equivalente (Grupo B), en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de estas bases:

  • 0,55 puntos para cada mes trabajado en la administración pública o ente público.
  • 0,25 puntos para cada mes trabajado en la empresa privada.

En ningún caso una misma experiencia profesional, período o dedicación podrá ser valorada simultáneamente en más de un apartado. Por ejemplo, la experiencia acreditada en un centro de investigación agroalimentaria no podrá ser contabilizada posteriormente como experiencia en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de las bases.

Se computará un mes como 30 días naturales y las fracciones se acumularán.

La experiencia profesional se acreditará mediante el Informe de vida laboral y los contratos de trabajo. La documentación aportada debe especificar las funciones llevadas a cabo, que también se podrán justificar mediante un certificado de la entidad contratante.

En la experiencia profesional por cuenta propia (régimen de autónomos), el cómputo de tiempo queda condicionado al cumplimiento de los tres criterios siguientes:

- Que en el Informe de vida laboral la persona esté dada de alta en el régimen de autónomos.

 

​​​​​​​- Que se acredite mediante la declaración del IRPF de que en el/los período/s certificado/s en el Informe de vida laboral ha habido actividad profesional efectiva.

- Que durante el tiempo acreditado, la actividad profesional o empresarial en la que la persona aspirante se ha dado de alta y que aparece en el Certificado de la Agencia Tributaria presentado, tenga relación con uno de los ámbitos profesionales detallados en su punto 2.

Para obtener el cómputo de los meses efectivos de trabajo, y siempre y cuando se den las circunstancias anteriores, se tendrán en cuenta dos consideraciones:

a) Tiempo acreditado como autónomo en el certificado de vida laboral, y

b) Ingresos acreditados en el mismo período en la declaración del IRPF correspondiente.

Se estipula como ingreso mínimo acreditativo de un año natural entero (año fiscal) la cantidad de 16.575 euros. Si la cantidad declarada es inferior a 16.575 euros, se realizará el cálculo proporcional por meses. A estos efectos, un mes (30 días) de trabajo equivaldrá a 1.381 euros. El importe de la declaración anual del IRPF que supere los 16.575 euros no se acumulará al cómputo de años siguientes.

7.2. Entrevista personal (valoración máxima de 10 puntos)

La entrevista personal tiene como objetivo evaluar las competencias, aptitudes y conocimientos del candidato en relación con las funciones del puesto. Esta fase será valorada por la Comisión de evaluación con un máximo de 10 puntos.

Los aspectos que se tendrán en cuenta son:

a) Conocimientos técnicos y científicos relacionados con la investigación agraria y las funciones del Programa sectorial (0-6 puntos).

b) Capacidad de comunicación y trabajo en equipo, así como habilidades para la formación y asesoramiento al sector (0-2 puntos).

c) Conocimiento de las políticas agrarias y de la PAC, y capacidad para entender su aplicación e impacto en el sector (0-2 puntos).

Cada criterio será evaluado por la comisión según el grado de competencia demostrado durante la entrevista, garantizando objetividad y transparencia.

La comisión de evaluación estará constituida por las siguientes personas:

- Sr. José Manuel Fernández Zapata (Jefe de Recursos Humanos del IRFAP)

- Sr. Jaume Jaume Sureda (Director de Desarrollo de la Producción Agraria)

- Sr. Ramon Ramis Morey (Técnico Superior en Producción ganadera)

7.3. Méritos académicos (valoración máxima de 38 puntos)

7.3.1 Doctorado (valoración de 10 puntos)

Se valorará el título de doctor en materia de producción agraria (incluye sanidad vegetal y sanidad animal)

La puntuación máxima a obtener es de 10 puntos

7.3.2 Formación académica (valoración máxima 6 puntos)

7.3.2.1 Formación curricular o extracurricular en I+D+i relacionada con el ámbito de trabajo recogido en el punto 2 de estas bases (valoración máxima 4 puntos)

Se otorgará la puntuación de 0,02 puntos por cada hora de formación o prácticas formativas, acreditada con un certificado de la entidad donde se ha realizado la formación o bien con la vida laboral, con indicación del número de horas realizadas. En el caso de las prácticas formativas, será necesario presentar el plan de prácticas donde conste el período formativo.

La puntuación máxima a obtener es de 4 puntos.

7.3.2.2 Formación curricular o extracurricular relacionada con el ámbito de trabajo recogido en el punto 2 de estas bases (valoración máxima 2 puntos)

Se otorgará la puntuación de 0,010 puntos por cada hora de formación o de prácticas formativas, acreditada con un certificado de la entidad donde se han realizado la formación o bien con la vida laboral, con indicación del número de horas realizadas. En el caso de las prácticas formativas, será necesario presentar el plan de prácticas donde conste el período formativo.

La puntuación máxima a obtener será de 2 puntos.

Las sumas de las puntuaciones obtenidas por la formación recogida en el punto 7.3.2.1 y en el punto 7.3.2.2 tiene un máximo de 6 puntos.

7.3.3 Formación complementaria (valoración máxima 4 puntos)

Se valorarán los cursos y acciones formativas oficiales con certificado de aprovechamiento o asistencia, relacionados directamente con las siguientes materias:

- Conocimientos de informática nivel avanzado.

- Conocimientos de análisis estadístico avanzado.

Se otorgará la puntuación de 0,02 puntos por cada hora de formación con certificado de aprovechamiento, hasta 4 puntos.

En todo caso, se valorará una sola vez las acciones formativas relativas a un mismo contenido o a un mismo programa.

7.3.4 Reconocimientos académicos de excelencia (valoración máxima 10 puntos)

Se valorarán los reconocimientos oficiales de excelencia académica obtenidos en la titulación universitaria requerida, de acuerdo con el siguiente criterio:

- Premio extraordinario de fin de carrera o titulación: 10 puntos.

Este reconocimiento deberá acreditarse mediante certificado oficial expedido por la universidad correspondiente.

7.3.5. Docencia (valoración máxima 4 puntos)

Se valorará la docencia impartida en materias relacionadas directamente con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases, de acuerdo con el siguiente criterio:

- Cursos, conferencias, jornadas, seminarios, congresos: 0,04 puntos por cada hora, y proporcionalmente en caso de duración inferior. Si no se especifica la duración, se valorará con 0,007 puntos.

Las actividades formativas que hayan sido realizadas en el marco de la actividad profesional como profesor/a universitario/a y que ya hayan sido valoradas como experiencia profesional, no podrán ser objeto de valoración adicional en este apartado 7.3.5.

En ningún caso una misma actividad, período o dedicación podrá ser valorada simultáneamente como experiencia profesional y como docencia (7.3.5)

7.3.6 Publicaciones (valoración máxima 4 puntos)

Se valorarán las publicaciones sobre estudios o trabajos en medios especializados científico-técnicos sobre materias directamente relacionadas con el ámbito de la Producción agraria, de acuerdo con el siguiente criterio:

- Artículos publicados en revistas indexadas: 0,5 puntos por publicación.

- Artículos publicados en revistas no indexadas: 0,25 puntos por publicación.

7.4 Conocimientos de idiomas (valoración máxima 12 puntos)

7.4.1 Lengua catalana (valoración máxima 6 puntos)

- Certificado C1 o equivalente: 4 puntos

- Certificado C2 o equivalente: 5 puntos

- Certificado LA (antes E) o equivalente: 1 puntos.

Sólo se puntuará el certificado del nivel más alto acreditado, excepto el certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, que se acumulará a uno de los otros certificados.

7.4.2 Lengua inglesa (valoración máxima 6 puntos)

- Titulaciones de inglés correspondiente al nivel de competencias B1 del Marco Común Europeo de Referencia (MCER): 4 puntos.

- Titulaciones de inglés correspondiente al nivel de competencias B2 o superior del Marco Común Europeo de Referencia (MCER): 6 puntos.

La puntuación máxima a obtener es de 6 puntos.

8. Propuesta de la Comisión de selección y constitución de la bolsa de trabajo

Con la valoración de los méritos, la comisión de selección determinará el orden de clasificación de los candidatos y publicará en la web www.irfap.org, en el apartado de Recursos Humanos, el listado provisional de la valoración de los candidatos con indicación de las puntuaciones obtenidas por orden de mayor a menor puntuación.

En caso de empate, se dará prioridad a la persona que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de la entrevista personal (punto 7.2 de las bases).

Si persiste el empate, se dará prioridad a la persona que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de Experiencia profesional (punto 7.1 de las bases).

Si aún se mantuviera el empate, se seleccionará, en caso de que haya infra representación de hombres o de mujeres en una categoría, a la persona que pertenezca al colectivo menos representado (estableciendo un equilibrio comprendido entre los porcentajes 60 % - 40 %); siempre que no concurran en el otro candidato, circunstancias que justifiquen que no se aplique la medida (por ejemplo, la pertenencia a otro colectivo con dificultades especiales).

Si se mantuviera el empate, se resolverá por sorteo.

Las personas candidatas dispondrán de tres días hábiles desde el día siguiente de la publicación de este listado para formular alegaciones.

Una vez revisadas y resueltas las alegaciones, la Comisión de selección elevará la lista definitiva de valoración por orden de puntuación a la directora gerente del IRFAP para su aprobación, y se publicará en la página web www.irfap.org, en el apartado de Recursos Humanos, constituyéndose la bolsa de trabajo.

9. Funcionamiento de la bolsa de trabajo

Cuando se produzca una necesidad de contratación, la cobertura del puesto se ofrecerá simultáneamente, respetando el orden de prelación, a las personas integrantes de la bolsa que se encuentren en situación de disponibilidad.

A estos efectos, las personas integrantes de la bolsa estarán en situación de disponibilidad o de no disponibilidad.

Estarán en situación de no disponibilidad cuando concurra alguna de las siguientes causas:

a) Encontrarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

b) Encontrarse en situación de enfermedad o de incapacidad temporal (incapacidad temporal no derivada de una situación de embarazo).

Mientras la persona aspirante se encuentre en situación de no disponibilidad en la bolsa, no será llamada para ofrecerle un puesto de trabajo.

Se considerarán en situación de disponibilidad el resto de las personas aspirantes de la bolsa de trabajo, lo que incluye también a aquellas que ya ocupen un puesto en esta entidad y deseen optar a una mejora de empleo. La comunicación se realizará mediante llamada telefónica y correo electrónico, informando del puesto de trabajo a cubrir y del plazo de incorporación, que podrá ser de hasta diez días hábiles a contar desde la notificación de la resolución.

Para agilizar la contratación, la oferta de trabajo se comunicará simultáneamente, respetando el orden de prelación, a un número amplio de integrantes de la bolsa, quienes deberán manifestar la aceptación de la oferta en el plazo de un día hábil desde la comunicación.

La adjudicación del puesto se realizará a favor de la persona que, entre aquellas que hayan aceptado la oferta dentro del plazo establecido, ocupe la mejor posición en el orden de prelación.

Finalizado el proceso de adjudicación, las personas integrantes de la bolsa que ocupen una posición superior a la de la persona adjudicataria y que no hayan resultado seleccionadas pasarán a ocupar los últimos puestos de la bolsa de trabajo, manteniendo entre ellas el orden de prelación que tenían.

Las personas aspirantes que renuncien de forma expresa o tácita, o que no hayan aceptado el puesto de trabajo ofertado, pasarán a ocupar los últimos puestos de la bolsa de trabajo, manteniendo entre ellas el orden de prelación que tenían, salvo que aleguen, dentro del plazo de tres días hábiles, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, debidamente justificadas:

a) Prestar servicios laborales en cualquier puesto de trabajo del IRFAP.

b) Encontrarse en período de gestación, maternidad o paternidad, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

c) Encontrarse en situación de enfermedad o de incapacidad temporal.

Cuando la persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, salvo que sea por renuncia voluntaria, se reincorporará nuevamente a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.

El incumplimiento de la incorporación al puesto de trabajo previamente aceptado comportará la exclusión de la bolsa de trabajo, excepto en el caso de una situación sobrevenida con posterioridad a la aceptación que imposibilite, por causas ajenas a la voluntad de la persona convocada, su incorporación.

En cualquier momento podrá requerirse a las personas aspirantes para que subsanen los defectos que presente la documentación acreditativa de los requisitos o de los méritos, mediante publicación en www.irfap.org, otorgándoles un plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación. Si de la comprobación de la documentación justificativa de los méritos alegados se determina una puntuación que suponga un cambio en el orden de prelación de las personas aspirantes, se publicará una nueva lista definitiva de puntuaciones y se concederá a la persona afectada un día hábil para presentar alegaciones. Una vez resueltas las alegaciones, el procedimiento continuará su tramitación.

10. Vigencia de la bolsa de trabajo

Esta bolsa de trabajo estará vigente hasta que se convoque una nueva bolsa de trabajo que afecte a todos los puestos de trabajo de la categoría y especialidad convocada.

Documentos adjuntos