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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 440627
Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados de 8 de junio de 2026 por la que se modifica la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados de 29 de enero de 2026 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el curso 2026-2027

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Texto

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 15, de 31 de enero de 2026, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados de fecha 29 de enero de 2026 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir,  en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el curso 2026-2027.

2. Se ha considerado necesario incorporar un nuevo apartado a la base 16.4 del Anexo 1 de la citada Resolución para regular la situación de los aspirantes a la bolsa una vez se ha iniciado el proceso de adjudicación de sustituciones.

3. Se ha considerado necesario cumplimentar el párrafo siguiente a la incorporación del nuevo apartado.

4. Se ha detectado una frase incompleta en la base 12.1.3 del Anexo 1 relativa a los procedimientos de ofrecimiento y de adjudicación de sustituciones la cual debe ser completada.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. 

2. La Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados de 29 de enero de 2026 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el curso 2026-2027.

3. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 30 de enero de 2024 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en la directora general de Personal Docente y Centros Concertados (BOIB núm. 19, de 8 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Educación, dicto la siguiente 

Resolución

1. Añadir un nuevo apartado f) a la base 16.4 del Anexo 1 de la convocatoria, con la redacción siguiente:

f) Cuando hayan renunciado a la plaza adjudicada u oferta de forma justificada, con reserva de plaza, por la causa prevista en la letra d) del punto 14.1 o 14bis.1 de este anexo, y la enfermedad o incapacidad temporal causante de esta reserva de plaza haya impedido la incorporación del aspirante antes de los últimos tres días hábiles respecto a la finalización del cuarto bimestre.

2. Añadir una línea en el párrafo posterior con referencia al apartado f) quedando el párrafo de la siguiente manera:

En el caso establecido en el apartado a), la Administración situará de oficio al aspirante como disponible de manera inmediata. 

En el caso establecido en el apartado b), podrán pasar a la situación de disponibles de acuerdo con el punto 16.4.4 de este anexo. 

En el caso establecido en el apartado c), la Administración situará de oficio al aspirante como disponible a partir de 24 de agosto de 2026.

En el caso establecido en el apartado d), podrán pasar a la situación de disponibles a partir del tercer bimestre escolar, mediante el programa telemático habilitado al efecto con una antelación mínima de tres días hábiles respecto de la finalización del segundo bimestre escolar en cuestión. 

En el caso establecido en el apartado e), la Administración situará de oficio al aspirante como disponible de manera inmediata. 

En el caso establecido en el apartado f) la Administración situará de oficio al aspirante como disponible, previa comunicación y acreditación de la documentación correspondiente.

3. Completar la última línea de la base 12.1.3 quedando el párrafo de la manera siguiente:

12.1.3 Procedimiento urgente 

Cuando, para evitar un perjuicio grave en la prestación de los servicios educativos esenciales, sea urgente la cobertura de una plaza, se abrirá un trámite de adjudicación en la página web de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.

El procedimiento urgente de adjudicación de sustituciones se hará de forma telemática.

No pueden participar en este procedimiento los aspirantes siguientes: 

  • Los excluidos por algunas de las causas de la base decimoctava siguientes: b), c), e), g), h), j), k), l) o m).
  • Los excluidos por algunas de las causas de la base decimoctava siguientes: f) o i), excepto que la plaza haya sido adjudicada en el procedimiento extraordinario de adjudicación de sustituciones correspondiente al curso 2026-2027.
  • Los excluidos a los que hace referencia el punto 3.4 de este anexo.
  • El resto de los aspirantes no disponibles excepto los que no acrediten la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley orgánica 2/2006.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,  y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Primera Instancia de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 12 de junio de 2026)

La directora general de Personal Docente y Centros Concertados Joana Maria Cabrer Sureda