Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 439648
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)
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Hechos
1. El 22 de julio de 2025, en el BOIB nº 96, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).
2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).
3. AUTO FRENO OLIVER SA aportó la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionables.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes indicados en el punto anterior.
5. En fecha 21 de mayo de 2026 se emitió la Propuesta de Resolución Provisional del consejero de Empresa, Autònomos y Energía por la cual se revocan las subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) publicada en el BOIB n.º 66 de 26/05/26.
6. En fecha 5 de junio de 2026 AUTO FRENO OLIVER SA (expediente DESBALLESTA25-1078/2025) presenta escrito de alegaciones en el que considera que, aunque la baja del vehículo sea anterior a la presentación de la solicitud, se ha cumplido los requisitos de la convocatoria, puesto que el desguace se ha producido una vez presentada la solicitud.
7. En fecha 8 de junio de 2026, los técnicos de la Dirección general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han informado FAVORABLEMENTE a las alegaciones a la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se revocan las subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible, dado que se ha comprobado que se ha cumplido con los requisitos establecidos a la convocatoria, lo cual implica que se puede conceder la ayuda solicitada.
8. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento atendida la estructura orgánica del Gobierno de las Islas Baleares y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
5. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) (BOIB n.º 96, de 22 de julio).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aceptar las alegaciones presentadas por AUTO FRENO OLIVER SA (expediente DESBALLESTA25-1078/2025) y, por lo tanto, continuar con la tramitación de los expedientes indicados.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 8 de junio de 2026
El director general d'Economia Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, 24/07/2025)
El director general proponente Diego Viu Domínguez