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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

OFICINA MUNICIPAL DE TRIBUTOS

Núm. 437071
Oferta pública de empleo para el 2026 de la Oficina Municipal de Tributos

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Texto

El Consejo Rector de la OMT en fecha 11 de junio de 2026 aprobó la oferta pública de empleo 2026 de la Oficina Municipal de Tributos

El Real decreto ley 16/2025, de 23 de diciembre, y en aplicación del artículo 134.4 de la Constitución Española a falta de aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2026, se prorroga de forma automática la Ley 31/2022, de23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, hasta la aprobación de la nueva ley, que regula la configuración de la oferta pública de empleo o instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal, en cuanto al cálculo de la tasa de reposición determina el mencionado artículo 20.1.1 que: “La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado 1.e) del artículo anterior, se llevará a cabo a través de la Oferta de Empleo Público, como plasmación del artículo anterior de la planificación en un marco plurianual. En el artículo 20.2.1 de la mencionada ley se dispone que las ofertas de ocupación pública se articularán mediante las siguientes tasas de reposición de efectivos:

“a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien.

b) Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de la tasa en todos los sectores”.

De acuerdo con el informe de la Directora de La Oficina Municipal de Tributos de fecha 22 de mayo de 2026 sobre el cálculo de la tasa de reposición de efectivos y de las plazas que se tienen que incluir, esta oferta publica cumple con las previsiones del artículo 20 de la ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Conforme el establecido en el artículo 48 del convenio colectivo, y en el artículo 7 y 37.1l) de la EBEP, en negociación de los criterios generales sobre ofertas de ocupación pública, en reunión de negociación de fecha 23 de febrero de 2026, se expusieron y aprobaron con acuerdo sindical, los criterios para determinar las plazas que se incluirían dentro de la oferta de ocupación pública de OMT para el ejercicio 2026, condicionados a la prórroga automática de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Fundamentos de derecho

- El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local establece que las Corporaciones locales formularán públicamente su oferta de ocupación, ajustándose en los criterios fijados en la normativa estatal básica.

- Real decreto ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el cual se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social, entre las que, en aplicación el artículo 134.4 de la Constitución Española, la falta de aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2026 determina la prórroga automática de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, hasta la aprobación de la nueva ley.

- El artículo 193 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de régimen local de las Islas Baleares, que determina, que constituye la oferta de ocupación pública anual de cada entidad local el conjunto de plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral, con dotación presupuestaria, la cobertura de las cuales resulta necesaria y no es posible con el personal existente. La oferta pública tiene que indicar la escalera, la subescala, la clase o la especialidad del personal funcionario, o el nivel y la categoría profesional del personal laboral a que correspondan las plazas vacantes. La oferta de ocupación pública se ejecuta mediante las convocatorias de selección de acuerdo con el que dispone la Ley de función pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y la legislación básica estatal, que tienen que reservar el porcentaje legalmente establecido de plazas vacantes para personas con discapacidad para facilitar su acceso a la función pública. La oferta de ocupación pública se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

- El artículo 47 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función pública de las Islas Baleares.

- El art. 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado público aprobado por real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre que establece que “Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que tengan que proveerse mediante la incorporación de nuevo ingreso, será objeto de la oferta de ocupación pública, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal”.

Por todo lo anterior y visto lo dispuesto en el artículo 15.1 de los Estatutos de la Oficina Municipal de Tributos en el que se establece que la aprobación de la oferta de ocupación pública de la OMT corresponde al Consejo Rector, quién suscribe eleva al Consejo Rector la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDOS

Primero: Aprobar la Oferta de Empleo Público del 2026, en los términos incluidos en el informe de la Directora de la OMT de fecha 22 de mayo de 2026, que a continuación se transcribe:

GRUPO/SUBGRUPO

PLAZA

ESCALA

Nº PLAZAS

A/A2

Técnico Gestión

Adm. General

1

C/C1

Administrativo

Adm. General

1

Segundo: Publicar la Oferta aprobada en el Boletín Oficial de la Islas Baleares y en la sede electrónica.

 

Calvià, en la fecha de la firma electrónica (5 de junio de 2026)

El presidente de la OMT Javier Tascón Piña