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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 426504
Extracto de la resolución del día 1 de junio de la Junta de Gobierno Local del ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan subvenciones en materia de adquisición de libros de texto y material didáctico para centros educativos sostenidos con fondos públicos y con alumnado empadronado en el municipio de Eivissa para el año 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria texto íntegro de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910571)

Primero.- Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la isla de Eivissa que estén adscritos al programa de reutilización y creación de un fondo de libros de texto y material didáctico, los cuales tengan alumnado escolarizado empadronado en el municipio de Eivissa con una antigüedad efectiva y continuada mínima de tres meses anteriores a la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes y que cursen estudios entre 1º y 6º de primaria.

Centros educativos sostenidos con fondos públicos de la isla de Eivissa que estén adscritos al programa de reutilización y creación de un fondo de libros de texto y material didáctico, que acrediten debidamente el gasto realizado.

Segundo.- Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión por parte del Ayuntamiento de Eivissa, de subvenciones en materia de adquisición de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2025-2026, orientada a alumnado escolarizado en primaria en centros educativos sostenidos con fondos públicos y empadronado en el municipio de Eivissa.

1.1. Libros de texto: aquel material impreso o digital que determina el centro, de carácter duradero, con una frunció básica para el desarrollo del currículum.

1.2. Material didáctico complementario: aquel material impreso o digital, que determina el centro con una función complementaria para el desarrollo del currículum, como diccionarios, lecturas, cuadernos, atlas, etc. No se entenderá como material didáctico el material fungible como lápices, rotuladores, pinturas, cartulinas, etc.

1.3. Material informático: aquel material que determina el centro destinado al estudio u uso para el alumnado.

Tercero.- Bases reguladores.

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DE ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS Y CON ALUMNADO EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE EIVISSA PARA EL AÑO 2026.

Publicadas en la sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es)

Cuarto.- Importe

Cada una de las becas tendrá una dotación total de 50 € por cada miembro del alumnado o de 70 € en caso de que pertenezca a alguna de las Unidades de Educación Especial en Centros Ordinarios y ninguna subvención podrá superar, en todo caso, el porcentaje máximo del 100% del gasto subvencionable.

El orden de relación de la concesión de las subvenciones, en caso de que el importe de las solicitudes exceda del crédito presupuestario habilitado a tal efecto, se hará en función de la fecha de presentación de la solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Eivissa.

El importe global del crédito disponible de esta convocatoria asciende a 100.000,00 euros, la presente convocatoria esta consignada dentro de la aplicación presupuestaria 32000 48000 ‘'Ayudas libros de texto'' del Presupuesto de Educación pera el año 2026 del presupuesto del  Ayuntamiento de Eivissa.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día de presentación fuese inhábil, el plazo se prolongará hasta el hábil siguiente.

 

Eivissa, documento firmado electrónicamente (9 de junio de 2026)

La regidora delegada (Catalina Fuster Contell)