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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO Y COOPERACIÓN LOCAL

Núm. 425869
Resolución de rectificación de unos errores materiales advertidos en el Anexo 2 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, a propuesta de la directora general de Coordinación y Cooperación Local, por la que se hacen públicas las bases comunes del concurso ordinario 2025-2026 y las convocatorias específicas para proveer puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional

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Texto

La directora general de Coordinación y Cooperación Local ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. El 6 de marzo de 2026 la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local dictó la Resolución por la que se hacen públicas las bases comunes del concurso ordinario 2025-2026 y las convocatorias específicas para proveer puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la administración local con habilitación de carácter nacional.

2. Esta Resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, núm. 33, de 14 de marzo de 2026.

3. El Anexo 2 de la citada Resolución incluye las convocatorias específicas que han efectuado las corporaciones locales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para proveer puestos de trabajo vacantes reservados a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional.

4. En fecha 4 de junio de 2026 el Servicio de Corporaciones Locales ha emitido un informe en el que se señala, en síntesis, que:

En este Anexo 2 sale un puesto de Tesorería de clase segunda ofrecido por el Ayuntamiento de Santa Maria del Camí. En oficio del Alcalde de Santa Maria del Camí, de fecha 21 de mayo de 2026, se indica que existe un error respecto a la cuantía del complemento específico (pone 59.490 euros cuando debería poner 45.900 euros) y otro relativo al nivel de catalán exigible (pone B2 cuando debería poner C1). En este sentido, la plaza ofertada de Tesorería debería tener un complemento específico de 45.900 euros y un nivel de catalán C1.

Dados los antecedentes expuestos, deben corregirse los errores materiales existentes en el Anexo 2 de la Resolución de 6 de marzo de 2026, respecto a la cuantía del complemento específico y del nivel de catalán exigido en la plaza de Tesorero del Ayuntamiento de Santa Maria del Camí.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece que:

Las Administraciones públicas podrán rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 puntos 1 y 2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que:

1. La revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que haya dictado el acto o disposición.

2. La rectificación de errores debe especificar, en su caso, los efectos jurídicos que se derivan, y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

3. El artículo 37 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, establece que estos puestos de trabajo deben proveerse mediante concurso ordinario de méritos, convocado con carácter anual por las corporaciones locales y publicado simultáneamente por el órgano competente.

4. El artículo 35 del Real Decreto 128/2018, establece que las bases del concurso, configuradas de acuerdo con el modelo de convocatoria y bases comunes que se incorporan como anexo al RD, deben ser aprobadas por el alcalde o presidente de la respectiva corporación local y deben contener indicaciones sobre la clase a la que pertenecen los puestos convocados, la subesca características especiales, determinación, en su caso, de los méritos específicos y forma de acreditación y valoración de los mismos, así como la composición del tribunal calificador y, en su caso, previsión de entrevista.

5. El artículo 2.2.d) del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye el ejercicio de la competencia en materia de personal funcionario de la Administración local con habilitación Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local mediante la Dirección General de Coordinación y Cooperación Local.

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Modificar el Anexo 2 de la Resolución de 6 de marzo de 2026, que incluye las convocatorias específicas que han efectuado las corporaciones locales, en concreto,la plaza de Tesorería de clase segunda oferta por el Ayuntamiento de Santa Maria del Camí:

Donde dice: 3. Complemento específico: 59.490 euros

Debe decir: 3. Complemento específico: 45.900 euros

Donde dice: 4. Requisitos: Catalán B2

Debe decir: 4. Requisitos: Catalán C1

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y notificarla a el Ayuntamiento de Santa Maria del Camí.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Firmado electrónicamente el 8 de junio de 2026

La consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local Antonia Maria Estarellas Torrens

Firmado electrónicamente el 4 de junio de 2026

La directora general proponente Isabel Febrer Gelabert