Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 420491
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 4 de junio de 2026 por la que se modifica el error material cometido en la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 1 de junio de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024
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Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 1 de junio de 2026 se modificó el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024. La mencionada Resolución, publicada en el BOIB núm. 70/2025, de 4 de junio, modificó la línea II.6.2, relativa a las becas del Programa de Formación en Acción Exterior y Unión Europea para llevar a cabo prácticas profesionales en la Oficina de las Illes Balears en Bruselas. En esta modificación, de acuerdo con el informe justificativo de la Directora general de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento, emitido el 27 de mayo de 2026, además de la modificación de otros aspectos de la línea, los cuales se reflejaron en la modificación operada, se tenía que suprimir la referencia a “acción exterior”.
Visto que el error material se deduce claramente de la documentación que consta en el expediente de la modificación, es necesario proceder a la rectificación de la Resolución de 1 de junio de 2026.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que "las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que “la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que la dicta”
3. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.
5. El apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, en relación con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. El apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error material de la Resolución de fecha 1 de junio de 2026 por la que se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), en el siguiente sentido:
Donde dice:
Descripción: becas del Programa de Formación en Acción Exterior y Unión Europea para llevar a cabo prácticas profesionales en la Oficina de las Illes Balears en Bruselas
Debe decir:
Descripción: becas del Programa de Formación en Unión Europea para la realización de prácticas profesionales en la Oficina de les Illes Balears en Bruselas
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de junio de 2026)
La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)