Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 418813
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que tienen que regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
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Antecedentes
1. La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 20 de diciembre de 2023, aprobó la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023), y su posterior corrección de errores (BOIB n.º 104, de 8 de agosto de 2024).
La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 17 de septiembre de 2024, aprobó la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB n.º 125, de 24 de septiembre de 2024).
La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 15 de septiembre de 2025, aprobó la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025 (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).
2. La oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, aprobó, entre otros, 1 plaza del turno libre derivada de la tasa específica y 1 plaza del turno libre derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria, que suman un total de 2 plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023), y su posterior corrección de errores (BOIB n.º 104, de 8 de agosto de 2024).
La oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024, aprobó, entre otros, 9 plazas del turno libre derivada de la tasa específica; 2 plazas del turno de promoción interna derivada de la tasa específica y 1 plaza del turno de reserva para personas con discapacidad derivada de la tasa específica, que suman un total de 12 plazas derivadas de la tasa específica, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social (BOIB n.º 125, de 24 de septiembre de 2024).
La oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 prorrogados para el año 2025, aprobó, entre otros, 1 plaza del turno libre derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y 2 plazas del turno de reserva para personas con discapacidad derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria; y 2 plazas del turno libre derivada de la tasa específica, que suman un total de 5 plazas, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).
3. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico por la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024) con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobados mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024) y la Resolución de 7 de agosto de 2024, (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024), la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025) y la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026).
4. En fecha 28 de abril de 2026 el director gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
5. En fecha 29 de abril de 2026, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
6. En fecha 13 de mayo de 2026, la responsable del servicio de Gestión Económica del IMAS emitió informe económico correspondiendo al expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del IMAS.
7. En fecha 28 de mayo de 2026, la jefa del servicio de Familias, Igualdad y atención a las violencias machistas del Consell de Mallorca ha emitido el Informe de evaluación de impacto de género en relación con la Propuesta de resolución por la cual se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que tienen que regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
8. En fecha 1 de junio de 2026, la Coordinación de los servicios de Selección y Provisión del IMAS emitió el informe jurídico favorable, dado que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y la propuesta de resolución se adecúa a la normativa vigente.
9. En fecha 4 de junio de 2026, la Intervención general del Consell de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta pública de empleo se tendrá que desarrollar dentro del plazo improrrogable de tres años.
2. La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 20 de diciembre de 2023, aprobó la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023), y su posterior corrección de errores (BOIB n.º 104, de 8 de agosto de 2024).
La Resolución de la Presidencia del IMAS de 17 de septiembre de 2024 aprobó la oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024 (BOIB n.º 125, de 24 de septiembre de 2024).
La Resolución de la Presidencia del IMAS de 15 de septiembre de 2025 aprobó la oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2025 (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).
La oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, aprobó, entre otros, 1 plaza del turno libre derivada de la tasa específica y 1 plaza del turno libre derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social (BOIB n.º 173, de 23 de diciembre de 2023), y su posterior corrección de errores (BOIB n.º 104, de 8 de agosto de 2024).
La oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024, aprobó, entre otros, 9 plazas del turno libre derivada de la tasa específica; 2 plazas del turno de promoción interna derivada de la tasa específica y 1 plaza del turno de reserva para personas con discapacidad derivada de la tasa específica, que suman un total de 12 plazas derivadas de la tasa específica, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social (BOIB n.º 125, de 24 de septiembre de 2024).
La oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 prorrogados para el año 2025, aprobó, entre otros, 1 plaza del turno libre derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y 2 plazas del turno de reserva para personas con discapacidad derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria; y 2 plazas del turno libre derivada de la tasa específica, que suman un total de 5 plazas, de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social (BOIB n.º 126, de 20 de septiembre de 2025).
Por lo tanto, en total hay 19 plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social, de las cuales, 14 plazas son del turno libre; 2 plazas son del turno de promoción interna horizontal; y 3 plazas son del turno de reserva para personas con discapacidad, que es procedente convocar.
3. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, toda la ciudadanía tienen derecho al acceso a la empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con el que prevén este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.
El artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a los cuales se tiene que ajustar el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección del funcionariado de la Administración Local, lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.
Según dispone el artículo 3 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección del funcionariado de la Administración Local, de carácter básico según su Disposición Final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios.
El artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece los principios informadores del acceso a la función pública, y el artículo 49 de la misma norma establece el contenido mínimo que tienen que contener las convocatorias de selección, así como que se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (*BOIB), y las bases vinculan la Administración, los órganos de selección y las personas que participan.
4. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico por la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024) con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobados mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024, (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024), la Resolución de 3 de septiembre de 2025, (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025) y la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026).
Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que tiene que regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, para el turno de reserva para personas con discapacidades y para el turno de promoción interna. Todo esto, sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que se tendrán que recoger en las bases específicas de cada convocatoria.
5. La Disposición adicional primera de la Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen, aprobada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, de día 14 de febrero de 2013 (BOIB n.º 69 de 16 de mayo de 2013), última modificación por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, de día 10 de abril de 2025 (BOIB n.º 76, de 17 de junio de 2025), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas al ámbito de aplicación de la Ordenanza tienen que presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la enmienda, los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otro actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de la ciudadanía, que pueden hacer las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.
De lo contrario, la referida Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todo el mundo o para parte de los trámites y actuaciones. Del mismo modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivando el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, teniendo que incluirse una referencia en esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.
6. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2024 y el Decreto 46/2018, de 21 de diciembre, bisiesto a los consejos insulares de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estos consejos insulares que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de políticas de género y mujer, por los cuales, se atribuye a los consejos insulares la función de elaborar los informes de impacto de género dentro del ámbito de sus competencias (BOIB n.º 102, de 3 de agosto de 2024).
7. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección.
Por todo esto, se dicta la siguiente
Resolución
1. Aprobar las bases específicas y el temario que tienen que regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes por turno libre de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, en los términos establecidos en el Anexo I y Anexo II.
2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de empleo público del IMAS, correspondiendo a los ejercicios 2023, 2024 y 2025, por el sistema de concurso oposición, de la especialidad siguiente:
- Clasificación:
Grupo, subgrupo: A2
Escala: Administración especial
Subescala: Técnica
Clase: Técnico-a medio
Especialidad: Educador-a social
Sistema de selección: Concurso oposición
Vinculación: Funcionario-funcionaria
- Número de plazas del turno libre: 14 plazas
- Número de plazas de promoción interna horizontal: 2 plazas
- Número de plazas del turno de reserva para personas con discapacidad: 3 plazas
3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
4. Establecer que esta convocatoria se rige por las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico por la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024) con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobados mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB n.º 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024, (BOIB n.º 105, de 10 de agosto de 2024), la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB n.º 119, de 6 de septiembre de 2025) y la Resolución de 6 de mayo de 2026 (BOIB n.º 61, de 14 de mayo de 2026).
5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
6. Establecer que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos, se tienen que rellenar mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las bases generales. a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
A estos efectos, se tiene que acceder en el Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/).
7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objete de la convocatoria tiene que estar constituido, como mínimo, por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, una vez finalizada el periodo de presentación de instancias.
8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias y la orden de actuación de los aspirantes, si procede. Esta resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.
Interposición de recursos
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección Contenciosa Administrativa, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución (5 de junio de 2026
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre
La secretaria delegada de Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
(BOIB n.º 86, de 1 de julio de 2021) Maria Elena Tur Figueruelo)
ANEXO I Bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes por turno libre de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Educador-a social, subgrupo A2, de la oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
1. Normas generales
1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es el abastecimiento de 19 plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, subgrupo A2, especialidad Educador-a social, de las cuales, 14 plazas son del turno libre; 2 plazas son del turno de promoción interna horizontal; y 3 plazas son del turno de reserva para personas con discapacidad, que es procedente convocar.
- Para el turno libre: 14 plazas
- Para el turno de promoción interna horizontal: 2 plazas
- Para el turno de reserva de personas con discapacidad: 3 plazas
1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo, subgrupo: A2
Escala: Administración especial
Subescala: Técnica
Clase: Técnico-a medio
Especialidad: Educador-a social
Sistema de selección: Concurso oposición
Vinculación: Funcionario-funcionaria
1.2. Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo lo de concurso oposición para el turno libre, para el turno de reserva de personas con discapacidad y para el turno de promoción interna.
Para el turno libre y para el turno de reserva de personas con discapacidad, la fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del proceso selectivo.Para el turno de promoción interna, la fase de concurso tiene que representar un 40% y la fase de oposición un 60% de la puntuación global obtenida al proceso selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinan en el apartado de la letra b), de base 10.2.2. del Anexo I de las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas a las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB n.º 94, de 18 de julio de 2024), y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.
La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según los baremos de méritos para el turno libre y para el turno de promoción interna, Anexos A y B de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
Además de los requisitos previstos a las bases generales para participar, de conformidad con el punto 2.2 del Anexo I de las bases generales, se exigen los requisitos específicos para esta convocatoria siguientes:
- Estar en posesión del título universitario de Grado, o diplomatura en Educación Social, o bien disponer de la habilitación emitida por un colegio oficial de Educadoras y Educadores sociales (supuesto B del Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de las Islas Baleares).
- Estar en posesión del certificado acreditativo de conocimientos de lengua catalana de nivel B2.
- Estar en posesión del carnet de conducir de clase B.
La práctica totalidad de los puestos de trabajo que son objeto de esta oferta de la especialidad de Educador-a social requieren, entre otros requisitos, disponer del carnet de conducir de clase B para el ejercicio de las funciones propias del lugar. En consecuencia, se propone establecer este requisito como condición necesaria para participar.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 € euros, de acuerdo con el que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB n.º 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB n.º 107, de 13 de agosto de 2022), que se tendrá que abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en jefe otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la citada Ordenanza.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirando del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
La Presidencia del IMAS tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.
El Tribunal calificador tiene que respetar el que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
El Tribunal calificador del proceso selectivo objete de esta convocatoria tiene que estar constituido, como mínimo, por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y el nombramiento se tiene que publicar en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS una vez finalizada el periodo de presentación de instancias.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre y turno de reserva de personas con discapacidad
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá al responder un cuestionario de 90 preguntas de tipos test con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder las personas aspirantes se elegirá por sorteo público delante de los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En el supuesto de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una de correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2. Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá al responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, delante de los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y la orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En el supuesto de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, les tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
6.3. Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá al resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, delante de los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterio en por el desarrollo de los criterios de valoración anterior, les tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna
7.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá al responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, delante de los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y la orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En el supuesto de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, les tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
7.2. Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá al resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, delante de los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterio en por el desarrollo de los criterios de valoración anterior, les tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
8. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final de concurso oposición para el turno libre y para el turno de reserva de personas con discapacidad se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------- + 30 x ----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
En el caso del turno de promoción interna, la puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
60 x -------------------------------------------- + 40 x ----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora de la ocupación
9.1. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido al Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas temporales parciales para el nombramiento de personal funcionario interino que se publicarán en el tablón de anuncios del IMAS.
9.2. Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de nombramiento provisional para mejora de la ocupación
El turno de promoción interna de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá, por orden de puntuación final, a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora de la ocupación que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes por turno libre de personal funcionario de la escalera de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Ingeniería técnica industrial, subgrupo A2, de la oferta de ocupación pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente a los ejercicios 2024 y 2025.
Temario general
Tema 1. La Constitución española de 1978: principios generales, estructura y contenido básico. Los derechos y deberes fundamentales. La Unión Europea: concepto y naturaleza jurídica. Las libertades básicas comunitarias.
Tema 2. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears: contenido básico y principios fundamentales. La reforma del Estatuto de autonomía. El Parlamento de las Illes Balears: composición y funciones. Organización y funcionamiento. Especial referencia a la función legislativa: la elaboración de las leyes.
Tema 3. La Administración local: principios constitucionales y regulación vigente. Tipología de entidades locales. El principio de autonomía local. La organización territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Tema 4. El sistema de fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales.
Tema 5. Los Consejos Insulares: Características generales. Organización y competencias. La organización y funcionamiento del Consejo de Mallorca. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
Tema 6. El presupuesto general de las entidades locales. Estructura presupuestaría. Elaboración y aprobación. Prórroga del presupuesto. Ejecución y liquidación del presupuesto.
Tema 7. Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de aplicación; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; políticas públicas para la igualdad; el principio de igualdad en la ocupación pública. Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia.
Tema 8. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad al trabajo.
Tema 9. La Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de la ciudadanía en las relaciones con las administraciones públicas. Las personas interesadas en el procedimiento: legitimación y capacidad de obrar.
Tema 10. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La eficacia: notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Las disposiciones generales del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.
Tema 11. Tipología del personal al servicio de las entidades locales. La selección y provisión del personal al servicio de las entidades locales.
Tema 12. Los derechos y deberes del personal empleado público al servicio de las entidades locales. El sistema retributivo. El régimen de incompatibilidades.
Temario específico
Tema 1. El educador o educadora social: perfil, características personales y profesionales. El grupo como marco y contexto educativo.
Tema 2. La educación social en el marco de los servicios sociales. El rol de la persona educadora social en los equipos interdisciplinares.
Tema 3. El código deontológico de la educación social. Aspectos y principios generales. El educador o educadora social en relación a los sujetos de la acción socio educativa.
Tema 4. Los servicios sociales: servicios comunitarios y servicios sociales especializados. Funciones, estructura y ámbitos de intervención del IMAS.
Tema 5. Herramientas de intervención socio educativa: el informe socio educativo, la entrevista familiar y el plan de trabajo.
Tema 6. La planificación: sentido, niveles y fases. Elementos de los proyectos de intervención socio educativa. (Programas según los ámbitos de actuación).
Tema 7. Resolución de conflictos: la mediación como herramienta socio educativa. Características de la mediación y la utilidad en la intervención educativa en el ámbito de los servicios sociales.
Tema 8. Intervención socio educativa con perspectiva de género (I): concepto, marco legal y ámbitos de la intervención.
Tema 9. Intervención socio educativa con perspectiva de género (II): estrategias, programas y recursos.
Tema 10. Intervención en violencia de género (I). La teoría de la interseccionalidad. Tipologías y causas de la violencia de género.
Tema 11. Intervención en violencia de género (II). Violencia de género en contextos de exclusión social. Medidas de prevención.
Tema 12. Educación para la salud afectivosexual. Sexualidades y conductas de riesgo.
Tema 13. La acción educativa con el colectivo inmigrante. (Marco normativo.) Actitudes y estereotipos hacia la persona inmigrante. Cultura, multiculturalidad y interculturalidad.
Tema 14. Educación en nuevas tecnologías: La sociedad actual y las nuevas tecnologías. Usos de las nuevas tecnologías en contextos de intervención socio educativos.
Tema 15. Acosos y otras formas de violencia en el grupo de iguales.
Tema 16. El proceso de inadaptación social. Principales teorías explicativas.
Tema 17. El vínculo. Concepto, teorías, tipologías. Implicaciones en el trabajo con casos de desprotección.
Tema 18. Prevención del maltrato infantil: prevención primaria, secundaria y terciaria. RUMI.
Tema 19. Necesidades básicas de la infancia. Factores de riesgo que generan situaciones de desprotección. Factores de protección.
Tema 20. Tipologías del maltrato infantil; niveles de gravedad, indicadores y secuelas.
Tema 21. Etiología del maltrato infantil: primeras explicaciones: psiquiátricas, psicológicas y sociales. La perspectiva ecológica. El modelo del procesamiento de la información social y el maltrato físico. El modelo de D. Finkelhor sobre el abuso sexual.
Tema 22. La resiliencia. Definición. Factores personales y del entorno que favorecen la resiliencia. Intervención proactiva y reactiva. La intervención socio educativa para favorecer la resiliencia.
Tema 23. Marco y conceptos jurídicos básicos de la protección al menor en las Illes Balears: Ley orgánica 21/1987, de 11 de noviembre. Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero. Ley orgánica 8/2025, de 22 de julio. Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio. Ley 9/2019, de 19 de febrero.
Tema 24. El acogimiento residencial (I): definición y características. Tipos de centros de acogimiento residencial. Programas de atención residencial.
Tema 25. El acogimiento residencial (II): instrumentos para la intervención socio educativa: proyecto educativo de centro, reglamento de régimen interno, proyecto educativo individual. El SERAR. Funciones del equipo educativo del centro.
Tema 26. El acogimiento familiar (I): definición y objetivos. Tipos y características.
Tema 27. El acogimiento familiar (II): captación de familias, formación, valoración y seguimiento: funciones del educador o educadora.
Tema 28. El proceso de emancipación en personas extuteladas. Objetivos generales i específicos. Servicios, programas y recursos.
Tema 29. La adopción: definición: dimensión jurídica y social. El adoptante y el adoptado. El proceso de adopción: selección de familias y formación. Valoración psicosocial e idoneidad.
Tema 30. Intervención socio educativa en familias con problemas de desprotección infantil (I). El ciclo vital de la familia. Definición de competencia parental. Dinámicas disfuncionales
Tema 31. Intervención socio educativa en familias con problemas de desprotección infantil (II). Objetivos. Instrumentos de valoración y estrategias educativas. La intervención en crisis.
Tema 32. Marco y conceptos jurídicos básicos en materia de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social: Real decreto Legislativo 1/2013.
Tema 33. Protección jurídica de las personas vulnerables: marco y conceptos jurídicos básicos de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Entidades tutelares: áreas y niveles de apoyo.
Tema 34. La diversidad funcional. Tipología. Factores de vulnerabilidad.
Tema 35. Paradigmas en la atención a la diversidad funcional: calidad de vida, provisión de apoyos, competencias y asistencia personal.
Tema 36. Modelos y servicios integradores de atención a las personas con diversidad funcional: trabajo con apoyo, formación para la ocupación y apoyo a la vivienda.
Tema 37. Modelos y servicios específicos de atención a las personas con diversidad funcional: servicios residenciales y de vivienda, centros de día, centros especiales de trabajo y talleres ocupacionales.
Tema 38. La planificación centrada en la persona con diversidad funcional.
Tema 39. La persona mayor. Niveles y ámbitos de intervención. Modelos y técnicas de actuación. Servicios y recursos específicos.
Tema 40. Programas de atención y prevención para personas mayores (I): programas de apoyo psicosocial, educativos y de estimulación cognitiva.
Tema 41. Programas de atención y prevención para personas mayores (II): programas dirigidos a familiares cuidadores. Intervención educativa.
Tema 42. Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia: disposiciones generales y grados de dependencia. Aplicación de la Ley a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Tema 43. Pobreza y la inclusión social: conceptos y factores que las definen. Riesgo de exclusión social: concepto y estrategias de intervención.
Tema 44. Como intervenir con personas adultas en situación de exclusión social. Recursos y programas.
Tema 45. Programas de prevención de drogodependencias en el ámbito socio educativo. Áreas de actuación y ámbitos de intervención. Intervención socio educativa a través de programas preventivos.
Tema 46. Atención y tratamiento de drogodependencias y otras conductas adictivas: la intervención socio educativa en el tratamiento de la drogodependencia Tratamiento ambulatorio y residencial.
Tema 47. Marco y conceptos jurídicos básicos en materia de familia numerosa. Competencias del IMAS.
Tema 48. La prevención del síndrome de agotamiento profesional (burn-out) y el autocuidado del personal profesional que trabaja en servicios sociales.