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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 418178
Resolución por la cual se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 14 de octubre de 2025 por la cual se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5) en la parte que afecta al expediente NEXTG45-9

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable , con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

2. En fecha 21 de agosto de 2023, MARIA GARCIAS SIMONET presentó documentación para acogerse a la convocatoria mencionada en el punto anterior.

3. El 3 de junio de 2025, se emitió un informe técnico. Este informe concluye «Una vez evaluada la documentación presentada en tiempo y forma se concluye que es completa y conforme con el contenido de la resolución de convocatoria y que, de acuerdo con los cálculos realizados, la cuantía de la subvención ascendería a 2.760,00 - Euros.».

4. En fecha 18 de de octubre de 2025 , se publicó, en el BOIB n.º 138, la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 14 de de octubre de 2025 por la cual se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5) en la cual se concedía a MARIA GARCIAS SIMONET , con NIF ***0896** (expediente NEXTG45-9540/2021 , CONCE 0000018362 /2025 ) una subvención de 2.760,00 euros y se autorizaba y disponía a su favor este gasto.

5. El día 14 de mayo de 2026 , la DG de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático emitió un informe técnico en que informa que se ha cometido un error en la concesión de la ayuda. La potencia realmente solicitada eran 5.475 kWp. Por esta potencia se tendrían que conceder 600€/kWp que corresponde a 3.285,00€.

Este informe concluye:

Una vez valorada la documentación presentada y dado que que se cometió un error en la hora de conceder la ayuda, se considera, que cumpliendo el resto de las bases de la convocatoria pública de referencia, se informa que la ayuda concedida tendría que ser de 3.285,00€ en vez de 2.760,00€.

6. A nivel contable, se ha cerrado el expediente CONCE a cargo de 2025 del expediente indicado (CONCE 0000018362 /2025), y se ha abierto un CONCA a cargo del 2026 (CONCA 13576 2026).

7. El ejercicio presupuestario 2025 se encuentra cerrado, teniendo que continuar la tramitación de esta subvención a cargo del 2026, pero la convocatoria de referencia no prevé esta anualidad y por tanto se tiene que tramitar mediante expediente CONCA, vinculado al correspondiente expediente de concesión de la subvención del beneficiario.

8. Se ha comprobado que hay crédito adecuado y suficiente a la partida G/731A01/78000/00/19701/MR021 de los presupuestos vigentes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

5. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el cual se aprueba la concesión directa en las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones publicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

8. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 14 de octubre de 2025, por la cual se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 4 y 5), únicamente en el sentido de ampliar la cuantía que corresponde abonar a MARIA GARCIAS SIMONET , con NIF ***0896** (expediente NEXTG45-9540/2021).

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto de 2.760,00 euros a favor de MARIA GARCIAS SIMONET, con NIF ***0896** (expediente NEXTG45-9540/2021, CONCE0000018362 /2025 ) a cargo de la partida presupuestaría G/731A01/78000/00/19701/MR021 de los presupuestos del ejercicio 2025.

3. Autorizar y disponer el gasto de 3.285,00 euros a favor de a favor de MARIA GARCIAS SIMONET, con NIF **0896**, (expediente NEXTG45-9540/2021, CONCA 13576/2026) a cargo de la partida presupuestaría G/731A01/78000/00/19701/MR021 de los presupuestos del ejercicio 2026.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 29 de mayo de 2026 

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)