Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 416018
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de día 11 de mayo de 2026, relativo a la convocatoria y bases de las becas para la realización de estudios fuera de Menorca curso 2025/2026 (exp. 1501-2026-000001)
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BDNS 910324
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910324):
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios los estudiantes que a lo largo del curso académico 2025-2026 lleven a cabo estudios que cumplan los requisitos que se especifican en las bases de la convocatoria.
En todo caso, para poder obtener las ayudas previstas en esta convocatoria, se deben cumplir los requisitos generales siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deben acreditar la condición de residentes. Quedan excluidas de concurrir las que se encuentren en situación de estancia.
b) Tener el domicilio familiar en Menorca. A tal efecto, se entiende que tienen el domicilio familiar en Menorca las personas que tienen vecindad administrativa (empadronamiento) en cualquiera de los municipios de la isla.
El cumplimiento del requisito de vecindad administrativa se tiene que mantener de forma continuada durante todo el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Restarán excluidos como beneficiarios los estudiantes que hayan iniciado estudios fuera de la isla y posteriormente los hayan abandonado.
Segundo. Objeto
El objeto de estas ayudas es la concesión de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2025-2026, para compensar parte del coste que supone el desplazamiento del alumnado de las Illes Balears empadronado en Menorca que, dado el hecho insular, debe desplazarse y residir fuera de la isla donde se encuentra su domicilio familiar para cursar los estudios comprendidos en la línea 1 y la línea 2 de la base tercera de las bases de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de día 11 de mayo de 2026.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 713.442 € (setecientos trece mil cuatrocientos cuarenta y dos euros), de acuerdo con el siguiente desglose:
|
|
Cuantía máxima |
|
Línea 1. Ayudas de desplazamiento para estudiantes universitarios fuera de Menorca |
333.442 € |
|
Línea 2. Becas para la realización de estudios fuera de Menorca |
380.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es de 30 días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Sexto. Otros datos
El período subvencionable correspondiente al curso 2025/2026 comprende desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
Los umbrales relativos a los requisitos económicos para la obtención de las becas correspondientes a la línea 2 son:
|
Nímero de miembros |
Umbral |
IPREM |
|---|---|---|
|
Familia de un miembro |
25.200,00 € |
IPREM X 3 |
|
Familia de dos miembros |
37.800,00 € |
IPREM X 4,5 |
|
Familia de tres miembros |
48.300,00 € |
IPREM X 5,75 |
|
Familia de cuatro miembros |
56.700,00 € |
IPREM X 6,75 |
|
Familia de cinco miembros |
63.000,00 € |
IPREM X 7,5 |
|
Familia de seis miembros |
67.200,00 € |
IPREM X 8 |
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Familia de siete miembros |
69.300,00 € |
IPREM X 8,25 |
|
Familia de más de siete miembros |
se incrementará un 0,25 por cada miembro |
|
La cuantía máxima que podrá recibir cada solicitante es de dos mil euros (2.000 €) para la línea de ayudas 1 y de dos mil quinientos euros (2.500 €) para la línea de ayudas 2, en la forma que queda establecida en las bases para cada una de las dos líneas.
Maó, 3 de junio de 2026
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)