Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 416365
Decreto de corrección de errores de la aprobación y publicación de las bases para la convocatoria de un procedimiento extraordinario de selección de personal funcionario interino para la creación de una bolsa de trabajo de ingeniero/a Industrial
Versión PDF
Resolución de Alcaldía
Hechos
1. En el BOIB núm. 67, de fecha 28 de mayo de 2026 (Fascículo 142, Sec. II), se publicó la convocatoria de un procedimiento extraordinario de selección de personal funcionario interino para la creación de una bolsa de trabajo de Ingeniero/a Industrial.
2. A fecha de hoy se han detectado errores materiales en la mencionada publicación. Concretamente, un error de transcripción en el título del documento enviado para su publicación oficial, donde se hacía referencia erróneamente a una lista provisional en lugar de la aprobación y publicación de las bases que rigen la convocatoria.
Fundamentos de derecho
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas prevé que: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”
El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por este motivo, esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dispone lo siguiente
Resolución
Primero. Corregir y subsanar el error material detectado en el título de la publicación de las bases, siendo un error de transcripción del documento original, quedando redactado de la siguiente manera:
Donde dice: “Aprobación y publicación de la lista provisional al proceso extraordinario de selección de personal funcionario interino para la constitución de una bolsa de trabajo de Ingeniero/a Industrial”.
Debe decir: “Aprobación y publicación de las bases de la convocatoria extraordinaria de selección de personal funcionario interino para integrar una bolsa de trabajo de Ingeniero/a Industrial”.
Segundo. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes por un periodo equivalente a los días naturales transcurridos, los cuales se contarán a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria errónea en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB n.º 67, de 28 de mayo de 2026) hasta el día siguiente a la publicación de esta corrección de errores en el mismo diario oficial. Este plazo adicional se empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución de corrección.
Tercero. Mantener la validez de las solicitudes de participación presentadas hasta la fecha de hoy. Para las personas aspirantes que ya hayan presentado su solicitud y cumplan el requisito de titulación académica, no será necesario que presenten una nueva instancia.
Calvià, a la fecha de la firma electrónica (4 de junio de 2026)
La teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación Municipal y Educación. (Delegación por resolución de Alcaldía de 21/11/2023) Isabel Bonet Saum
Interposición de recursos
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB y, en este caso, no se puede interposar recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta.
El recurso de reposición se debe presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a los que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015 antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su interposición, caso en el que quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
Directamente, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En caso de haber presentado el recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que el de reposición se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.