Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 411361
Resolución del órgano de contratación de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, a propuesta de la dirección de la AETIB, por la que se modifica la Resolución del órgano de contratación de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, de 22 de noviembre de 2024 por la que se establecen las condiciones para la realización de contratos de patrocinios con entidades privadas para grandes eventos culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante el año 2025 y 2026
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En fecha de la firma electrónica, el director de la AETIB ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. En fecha 28 de noviembre de 2024, se publica en el BOIB núm. 155, la Resolución del Presidente de la AETIB de 22 de noviembre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria y los pliegos de condiciones generales que deben regir la tramitación de los expedientes de contratación que se derivan de solicitudes de patrocinios con entidades privadas a grandes eventos culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante el año 2025 y 2026.
2. La convocatoria, pública y abierta, está dirigida a formalizar contratos privados de patrocinio con entidades privadas y federaciones deportivas que lleven a cabo grandes eventos culturales y deportivos en las Islas Baleares y que generen una elevada repercusión mediática y notoriedad para las marcas de Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera o Islas Baleares y la AETIB, mejorando la competitividad y la sostenibilidad turística de las Islas.
3. El presupuesto total de esta convocatoria para la realización de contratos privados de patrocinio de grandes eventos era de un importe máximo de 5.000.000,00 € (impuestos incluidos), financiados de la siguiente forma:
4. A fecha de hoy, las solicitudes presentadas para la anualidad 2026 superan la cantidad inicialmente prevista por lo que se ha considerado necesario incrementar el presupuesto disponible para la anualidad 2026, con el fin de cubrir todas las solicitudes presentadas.
5. Dado que la voluntad es patrocinar el mayor número de grandes eventos que se ajusten a los requisitos establecidos en la convocatoria, se ha calculado el importe necesario para cubrir los eventos que hasta día de hoy han cursado solicitud dentro de dicha convocatoria para la anualidad 2026.
Fundamentos de derecho
En el punto 3 del Anexo I de la Resolución del presidente de la AETIB de 22 de noviembre de 2024, correspondiente a las bases de la convocatoria pública para la tramitación de los expedientes de contratación que se derivan de las solicitudes de patrocinios con entidades privadas para grandes eventos culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante el año 2025 y 2026, se establece que "En el caso de que la partida anual reservada sea insuficiente, ésta podrá ser ampliada, a criterio de la dirección, en función de la disponibilidad presupuestaria."
Propuesta de resolución
Propongo al presidente de la AETIB, como órgano de contratación de la AETIB, que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.- Modificar el punto 3 del Anexo I de la Resolución del presidente de la AETIB, de 22 de noviembre de 2024, para la tramitación de los expedientes de contratación que se derivan de las solicitudes de patrocinios con entidades privadas para grandes eventos culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante el año 2025 y 2026, con el fin de modificar el importe máximo de la convocatoria para la anualidad 2026 de la manera siguiente:
"Se incrementa en 50.000 € (impuestos incluidos), el presupuesto de la convocatoria para la anualidad 2026, por lo tanto, la cuantía máxima total de la convocatoria ascendería a 5.050.000 euros (impuestos incluidos).
Esta ampliación del presupuesto, se hará con fondos propios de la AETIB dentro del Capítulo VI – Inversiones Reales del presupuesto de la AETIB para el ejercicio 2026."
2.- Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Esta Resolución tendrá efectos desde su publicación en el BOIB
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el presidente de la AETIB en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
También se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (1 de junio de 2026)
El titular del órgano de contratación Jaume Bauzá Mayol
Palma, en fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2026)
El director de la AETIB propone Pedro Juan Planas Mulet