Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 409303
Aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas destinadas a fomentar la identificación y la esterilización de gatos domésticos (expediente 3429/2026)
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Dado que, mediante acuerdo de Pleno de fecha 28 de mayo de 2026, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas a fomentar la identificación y la esterilización de gatos domésticos.
Dado que el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece la necesidad de publicar las bases reguladoras de las subvenciones.
Dispongo la publicación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas destinadas a fomentar la identificación y la esterilización de gatos domésticos.
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A FOMENTAR LA IDENTIFICACIÓN Y ESTERILIZACIÓN DE GATOS DOMÉSTICOS POR PARTE DE SUS PROPIETARIOS – AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA – AÑO 2026
Preámbulo
De acuerdo con las competencias atribuidas a los municipios por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en virtud de la Ley 1/1992 de protección de los animales que viven en el entorno humano en las Illes Balears, así como de la Ley estatal 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales del municipio de Pollença y del Programa de gestió ètica de colònies felines del municipi de Pollença, se considera necesario fomentar actuaciones que promuevan la tenencia responsable de animales.
La identificación mediante microchip es obligatoria conforme a la normativa vigente, permite dificultar o evitar el abandono, facilitar la recuperación de animales perdidos y posibilitar su identificación.
Por otra parte, la esterilización de gatos domésticos supone importantes beneficios para ellos, además de proporcionarles una vida más larga y saludable, evitar camadas no deseadas y prevenir que los felinos se escapen de casa.
Con el fin de fomentar estas actuaciones por parte de los propietarios de mascotas, el Ayuntamiento de Pollença establece las presentes bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la esterilización y a la implantación de microchips en gatos domésticos.
1. Objeto y finalidad
Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas económicas para la identificación mediante microchip y/o la esterilización quirúrgica de gatos domésticos propiedad de particulares residentes en el municipio de Pollença.
Estas ayudas tienen como finalidad favorecer la tenencia responsable, prevenir el abandono de animales y reducir el número de nacimientos no controlados.
2. Régimen jurídico aplicable
Las ayudas se regirán por lo dispuesto en estas bases, así como por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento de desarrollo.
3. Dotación presupuestaria
El importe total destinado a esta convocatoria es de 7.650 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 170 4893901 «Ayudas para la identificación y esterilización de gatos domésticos» del presupuesto municipal para el ejercicio 2026.
La concesión de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
4. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:
Cada persona podrá solicitar ayuda para un máximo de dos animales.
5. Requisitos de los animales
Los animales objeto de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:
6. Cuantía de las ayudas
Las cuantías máximas a conceder por animal serán las siguientes:
En ningún caso la ayuda podrá superar el coste efectivo de la intervención veterinaria.
7. Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia no competitiva. Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de registro completo y se concederán hasta el agotamiento del crédito disponible.
8. Presentación de solicitudes y documentación
El plazo para presentar solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB hasta el día 4 de diciembre de 2026.
Las solicitudes deberán presentarse mediante el formulario normalizado disponible en la Seu Electrònica o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Pollença.
La solicitud deberá formalizarse según el modelo normalizado que se adjuntará como Anexo I a esta convocatoria, disponible en la Seu Electrònica municipal y en las oficinas de atención ciudadana.
A la solicitud deberá adjuntarse:
I. Identificación (implantación de microchip).
II. Operación de esterilización realizada, perfectamente diferenciada de otros tratamientos y operaciones que se hayan realizado al animal, con el número de identificación del mismo.
El nombre de quien realiza la solicitud deberá coincidir con el que figure en la factura. Las características del animal podrán constar en un anexo siempre que pueda apreciarse inequívocamente que ambos documentos se refieren al mismo animal.
9. Instrucción, resolución y notificación
El órgano instructor será el Servei de Medi Ambient del Ayuntamiento de Pollença.
El órgano competente para resolver será la Junta de Govern Local.
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses desde la fecha de registro de entrada de la solicitud de subvención.
La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. Alternativamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
10. Pago
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la declaración responsable, una vez revisada y validada la documentación.
11. Control y revocación
El Ayuntamiento se reserva el derecho de llevar a cabo controles, requerir información adicional y, en su caso, iniciar procedimiento de reintegro por incumplimiento.
12. Compatibilidad
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones que tengan la misma finalidad, siempre que no se supere el coste total de la intervención.
13. Publicación
Las bases reguladoras y la convocatoria se publicarán en el BOIB, en el tablón de anuncios municipal, en el Portal de Transparència y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
(Firmado electrónicamente: 1 de junio de 2026
El alcalde Martí Xavier March Cerdà)