Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 402685
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario del día 11 de mayo de 2026, relativo a la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca para fomentar el uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en el sector empresarial, deportivo, editorial y asociativo de Menorca para el año 2026 (exp. 1305-2026-000001)
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BDNS 908586
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/908586):
Primero. Beneficiarios
Línea 1. Apoyo a la edición en lengua catalana, especialmente del menorquín
Pueden ser beneficiarias del apoyo a la edición:
a) Las empresas editoriales y productoras, las asociaciones y otras entidades con sede social en Menorca.
b) Las personas físicas (editor, productor o autor) nacidas o residentes en Menorca.
c) En el supuesto de que la temática de la obra sea de especial interés para Menorca o que el autor de la obra sea menorquín/residente en Menorca, también se pueden acoger entidades, empresas y personas físicas de fuera de la isla.
Línea 2. Fomento del uso del menorquín en la empresa
Pueden optar a estas ayudas las empresas establecidas en Menorca que quieran hacer una actuación de fomento del uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en sus establecimientos situados tanto en los cascos urbanos tradicionales como en las urbanizaciones de los diferentes municipios de la isla.
Línea 3. Fomento del uso del menorquín en el ámbito deportivo
Pueden optar a estas ayudas las entidades y los clubes deportivos con domicilio en cualquiera de los municipios de Menorca.
Línea 4. Fomento del uso del menorquín en el ámbito asociativo
Pueden optar a estas ayudas:
a) Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Menorca que desarrollen alguna acción de fomento del uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en el ámbito de la isla.
b) Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Menorca que desplieguen planes internos de fomento y dignificación lingüística de la lengua catalana, especialmente del menorquín, y que promuevan cambios de usos lingüísticos con el fin de emplear normalmente el catalán en el desarrollo de sus tareas u objetivos.
Segundo. Objeto
El fomento y la preservación de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en el ámbito territorial de Consell Insular de Menorca.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo en sessión de carácter ordinario de 1 de julio de 2024 y publicadas en el BOIB núm. 96 de 20 de julio de 2024, con las correcciones publicadas en el BOIB núm. 72 de 7 de junio de 2026.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 90.000 € (noventa mil euros), tal como se desglosa en el cuadro siguiente:
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Línea 1. Apoyo a la edición en lengua catalana, especialmente del menorquín |
30.000 € |
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Línea 2. Fomento del uso del menorquín en la empresa |
20.000 € |
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Línea 3. Fomento del uso del menorquín en el ámbito deportivo |
20.000 € |
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Línea 4. Fomento del uso del menorquín en el ámbito asociativo |
20.000 € |
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TOTAL |
90.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a la convocatoria es de un mes a partir del día siguiente que la convocatoria sea publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Sexto. Otros datos
El importe máximo que se podrá recibir es el siguiente:
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Línea 1. Apoyo a la edición en lengua catalana, especialmente del menorquín |
Importe máximo por solicitud: 1.500 € |
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Línea 2. Fomento del uso del menorquín en la empresa |
Importe máximo por beneficiario: 1.000 € |
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Línea 3. Fomento del uso del menorquín en el ámbito deportivo |
Importe máximo por beneficiario: 1.000 € |
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Línea 4. Fomento del uso del menorquín en el ámbito asociativo |
Importe máximo por solicitud: 3.000 € |
La actividad subvencionada se tiene que haber llevado a cabo entre el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la última convocatoria, es decir, a partir del 8 de julio de 2025, y el plazo de realización de las actividades que marcan las bases.
Maó, 28 de mayo de 2026
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)