Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 402676
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario del día 11 de mayo de 2026, relativo a la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca para fomentar el uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en el sector empresarial, deportivo, editorial y asociativo de Menorca para el año 2026 (exp. 1305-2026-000001)
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El Consell Insular de Menorca quiere promover el uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en todos los ámbitos de la sociedad menorquina, así como implicar a la sociedad en las políticas de dinamización lingüística en favor de la preservación de nuestro patrimonio lingüístico insular. Un compromiso recogido en el artículo 35 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: «Las modalidades insulares del catalán, de Mallorca, de Menorca, de Eivissa y de Formentera, deben ser objeto de estudio y protección, sin perjuicio de la unidad de la lengua», así como en el artículo 2 de la Ley de Normalización Lingüística y en el artículo 3 de la Constitución española: «La riqueza de las diferentes modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección». La Ley 3/2023, de Menorca Reserva de Biosfera, concretamente en la letra u del apartado 1 del artículo 5, también incluye: «El reconocimiento de la cultura propia, arraigada en la sociedad menorquina, y el compromiso de las instituciones y los ciudadanos de Menorca en la protección y extensión del uso de la lengua catalana, propia de Menorca, potenciando su valoración social y salvaguardando la riqueza lingüística y las aportaciones culturales de la isla, promoviendo el estudio del menorquín como modalidad insular.»
El Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2026, aprobado mediante el acuerdo del Consejo Ejecutivo adoptado en sesión de carácter extraordinario de 21 de noviembre de 2025, prevé las diferentes ayudas para el fomento del uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en los sectores empresarial, deportivo, editorial y asociativo de Menorca, y señala los objetivos específicos que se persiguen con estas ayudas y los efectos que se prevé alcanzar.
El Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes aglutina todas sus ayudas de fomento del uso de la lengua catalana en una sola convocatoria con el fin de simplificar el trámite a los ciudadanos y reducir la burocracia en la Administración.
Tal y como consta en el expediente correspondiente, la justificación de las subvenciones concedidas en la convocatoria de 2023 —que es la última cuyo plazo de justificación está cerrado, ya que los plazos de justificación de las convocatorias de 2024 y de 2025 continúan abiertos en el momento de firmar esta propuesta— es mayoritariamente correcta, ya que, de las 80 subvenciones concedidas, solo tres beneficiarios no justificaron la realización de la actividad subvencionada porque renunciaron a la ayuda por falta de tiempo para poder ejecutar el proyecto. Asimismo, en tres casos no se abonó la totalidad de la ayuda concedida porque el gasto justificado resultó inferior al importe presupuestado y, por tanto, se aplicó lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa aplicable, en cuanto a la revocación parcial de las ayudas.
Esta convocatoria de ayudas tiene como objetivo promover la producción de libros, música y vídeos en lengua catalana, especialmente en menorquín, y fomentar el uso de la modalidad lingüística menorquina en los sectores socioeconómicos y en los ámbitos asociativo y deportivo de Menorca:
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Línea 1. Apoyo a la edición en lengua catalana, especialmente en menorquín |
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Línea 2. Fomento del uso del menorquín en la empresa |
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Línea 3. Fomento del uso del menorquín en el ámbito deportivo |
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Línea 4. Fomento del uso del menorquín en el ámbito asociativo |
Vista la propuesta del conseller ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los seis miembros presentes (señor Vilafranca Florit, señora Reynés Calvache, señora Torrent Pallicer, señora Taltavull Fernández, señor Pons Torres y señor Delgado Díaz) y en votación ordinaria, adopta el siguiente
ACUERDO
Aprobar la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca para el fomento del uso de la lengua catalana, especialmente del menorquín, en el sector empresarial, deportivo, editorial y asociativo de Menorca correspondiente al año 2026, que se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 1 de julio de 2024 y publicadas en el BOIB núm. 96 de 20 de julio de 2024, con las correcciones publicadas en el BOIB núm. 72 de 7 de junio de 2025 (transcritas en anexo).
Condiciones de la convocatoria
a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario: las ayudas concedidas se atenderán con cargo a la partida 33410 4790070 del Presupuesto del CIM del año 2026, tal y como se desglosa en el cuadro siguiente:
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Línea 1. Apoyo a la edición en lengua catalana, especialmente del menorquín |
30.000 € |
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Línea 2. Fomento del uso del menorquín en la empresa |
20.000 € |
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Línea 3. Fomento del uso del menorquín en el ámbito deportivo |
20.000 € |
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Línea 4. Fomento del uso del menorquín en el ámbito asociativo |
20.000 € |
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TOTAL |
90.000 € |
En el caso de que para una línea no se agote la consignación presupuestaria, la cantidad sobrante se asignará a otra línea. La comisión evaluadora será la encargada de determinar el reparto de las cantidades según los criterios de prelación de distribución de remanentes siguientes:
1.º La línea con mayor número de solicitudes.
2.º La línea que haya experimentado un mayor aumento en el número de solicitudes.
3.º La línea en la que el total de los presupuestos presentados con las solicitudes sea mayor.
El importe máximo que se destina a la convocatoria únicamente se podrá ampliar, sin necesidad de nueva publicación, en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria y que se hayan concretado posteriormente a su aprobación.
b) Importes máximos:
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Línea 1. Apoyo a la edición en lengua catalana, especialmente del menorquín |
Importe máximo por solicitud: 1.500 € |
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Línea 2. Fomento del uso del menorquín en la empresa |
Importe máximo por beneficiario: 1.000 € |
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Línea 3. Fomento del uso del menorquín en el ámbito deportivo |
Importe máximo por beneficiario: 1.000 € |
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Línea 4. Fomento del uso del menorquín en el ámbito asociativo |
Importe máximo por solicitud: 3.000 € |
En todas las líneas, el importe total de la subvención que otorgue el Consell Insular de Menorca, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones de cualquier procedencia, no podrá superar el 100 % del coste de la actividad subvencionable y, en el caso de que se superase este porcentaje, la aportación del Consell Insular se ajustaría a este límite.
c) El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a esta convocatoria es de un mes a partir del día siguiente a que la convocatoria salga publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La actividad subvencionada debe haberse llevado a cabo entre el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la última convocatoria —es decir, a partir del 8 de julio de 2025— y el plazo de realización de las actividades que marcan las bases —un año a partir de la publicación del acuerdo de concesión de la ayuda en el Boletín Oficial de las Illes Balears—. En ningún caso se subvencionarán actividades que ya hayan recibido subvención en la última convocatoria de ayudas para fomento del uso de la lengua catalana del CIM.
d) Las funciones de instrucción de estas ayudas serán asumidas por Eva Florit Pons, técnica del Servicio Lingüístico del Consell Insular de Menorca.
e) Se crea la Comisión Evaluadora de estas ayudas, que examinará las solicitudes presentadas y emitirá el informe que debe servir de base para la propuesta de resolución, y que estará formada por los miembros siguientes:
Presidente: Joan Pons Torres, conseller de Cultura, Educación, Juventud y Deportes (suplente: director insular responsable del Servicio Lingüístico)
Vocales:
— Jaume Reurer Morlá, director insular de Educación, Cultura y Patrimonio del CIM
— Rafel Quintana Villalonga, director insular de Juventud, Deportes y Empleo del CIM
— Eva Florit Pons, técnica del Servicio Lingüístico del CIM, que actuará de secretaria (suplente: Ciceró Pascual Cardona, técnico lingüístico del CIM)
— Maria Sol Zamora, administrativa del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM (suplente: Sandra Cabanillas Garcia, administrativa del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM)
Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, por delegación del Pleno del Consell Insular de Menorca (Acuerdo de 31-07-2023, BOIB núm. 109 de 5-08-2023), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Este recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde la interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo, podréis interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma.
Maó, 26 de mayo de 2026
Por delegación del presidente el secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)