Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 402165
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Nuestra Señora de Montesión-Palma, del municipio de Palma, con la ampliación de una unidad de bachillerato
Versión PDF
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 12 de septiembre de 2025 se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de Montesión-Palma, del municipio de Palma, con el aumento de 4 unidades de educación secundaria obligatoria (BOIB núm. 125, de 18 de septiembre). Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera:
Enseñanzas autorizadas:
- Educación primaria: 24 unidades y 600 plazas escolares.
- Educación secundaria obligatoria: 16 unidades y 480 plazas escolares.
- Programa de Diversificación Curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.
- Bachillerato: 8 unidades y 280 plazas escolares (modalidades: de ciencias y tecnología, de humanidades y ciencias sociales, general y de artes, especialidad artes plásticas, imagen y diseño).
- Ciclos Formativos de Formación Profesional:
Familia Profesional de Administración y gestión (ADG)
- Técnico en gestión administrativa (ADG21): 1 unidad (2 grupos, uno primero y uno de segundo) y 60 plazas escolares.
- Técnico superior en asistencia a la dirección (ADG31) 1 unidad (2 grupos, uno primero y uno de segundo) y 60 plazas escolares.
Familia Profesional de Sanidad (SAN)
- Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (SAN21) 2 grupos y 60 plazas escolares.
Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritas al IES Ramon Llull, de Palma (código 07003870).
2. En fecha 8 de mayo de 2026, (GOIBE341153/2026), el señor Carlos González Martínez, en representación de la Fundación Educativa Jesuitas Centro-Este, titulares del centro privado concertado Nuestra Señora de Montesión-Palma, presentó una solicitud de autorización de una unidad de bachillerato científico para el curso 2026-2027.
3. En el escrito adjunto a la solicitud, el centro exponía que actualmente mantenía adscripción, en la etapa de bachillerato, con el alumnado de 4º de ESO de una serie de centros concertados de Palma y que hasta el curso actual esta adscripción había permitido dar respuesta al alumnado que solicitaba plaza en el centro.
Asimismo, el centro manifestaba que, para el curso 2026-2027, se había producido una situación excepcional derivada de una demanda elevada en la opción científica del bachillerato, superior a las plazas disponibles actualmente.
El centro consideraba que la autorización de una unidad adicional de bachillerato permitiría dar respuesta a esta demanda, facilitar la continuidad del alumnado procedente de los centros adscritos y ajustar la oferta educativa a las necesidades reales de escolarización existentes.
4. En fecha 22 de mayo de 2026, el Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable sobre la solicitud, en el que se hizo constar que los espacios del centro cumplen los requisitos mínimos exigibles para autorizar la ampliación solicitada.
5. El 28 de mayo de 2026, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de Montesión-Palma, del municipio de Palma, con la ampliación de una unidad de bachillerato.
6. El 28 de mayo de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización de la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de Montesión-Palma, del municipio de Palma, con la ampliación de una unidad de bachillerato.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
7. El Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato (BOE núm. 82, de 6 d'abril).
8. El Real Decreto 658/2024, de 9 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
9. El Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB núm. 120, de 29 de agosto).
10. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas con fecha 28 de mayo de 2026, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2026-2027, la modificación de la configuración del centro privado concertado Nuestra Señora de Montesión-Palma, del municipio de Palma, con la ampliación de una unidad de bachillerato.
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente manera:
Código de centro: 07004254
Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general
Denominación específica: Nuestra Señora de Montesión-Palma
Titular: Fundación Educativa Jesuitas Centro-Este (G56797764)
Domicilio: c/ Andalusia, núm. 2 (Son Rapinya)
Localidad: Sa Vileta
Municipio: Palma
CP: 07013
Enseñanzas autorizadas:
- Educación primaria: 24 unidades y 600 plazas escolares.
- Educación secundaria obligatoria: 16 unidades y 480 plazas escolares.
- Programa de Diversificación Curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.
- Bachillerato: 9 unidades y 315 plazas escolares (modalidades: de ciencias y tecnología, de humanidades y ciencias sociales, general y de artes, especialidad artes plásticas, imagen y diseño).
- Ciclos Formativos de Formación Profesional:
Familia Profesional de Administración y gestión (ADG)
- Técnico en gestión administrativa (ADG21): 1 unidad (2 grupos, uno primero y uno de segundo) y 60 plazas escolares.
- Técnico superior en asistencia a la dirección (ADG31) 1 unidad (2 grupos, uno primero y uno de segundo) y 60 plazas escolares.
Familia Profesional de Sanidad (SAN)
- Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (SAN21) 2 grupos y 60 plazas escolares.
Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritas al IES Ramon Llull, de Palma (código 07003870).
3. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.
4. Dar el centro citado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (1 de junio de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany