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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 406704
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 1 de junio de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

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Texto

Hechos

1. Mediante un acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de abril (BOIB n.º 52, de 20 de abril), fue aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento (Vicepresidencia segunda y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local) ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 6 («Oportunidad de empleo») del objetivo II («Empleo estable y de calidad») con el fin de modificar la línea II.6.2, relativa a las becas del Programa de Formación en Acción Exterior y Unión Europea para llevar a cabo prácticas profesionales en la Oficina de las Illes Balears en Bruselas, con la finalidad de modificar el epígrafe relativo a la entidad responsable de la gestión de la subvención, que pasa a ser la Fundación Illes Balears Europa, la cual actuará en nombre y por cuenta de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con la disposición adicional primera del Texto refundido de la Ley de subvenciones, sin perjuicio de que corresponda a la consejería de adscripción la resolución de los recursos, la aprobación de las bases reguladoras, si procede, y el ejercicio de las funciones de control y las inherentes a la exigencia de reintegros, a la imposición de sanciones y al resto de actuaciones que impliquen el ejercicio de potestades administrativas.

3. El apartado tercero del mencionado acuerdo de Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegarán en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delegará en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en el sentido de modificar la línea II.6.2, que queda redactada en los siguientes términos: 

II.6.2

Entidad: Fundación Illes Balears Europa,

Fuente de financiación: capítulo 4 

Descripción: becas del Programa de Formación en Acción Exterior y Unión Europea para llevar a cabo prácticas profesionales en la Oficina de las Illes Balears en Bruselas

Finalidades y efectos: facilitar a los titulados universitarios la realización de prácticas profesionales que les permitan adquirir conocimientos teóricos y prácticos en materia de Acción Exterior y Unión Europea para acceder al mercado laboral

Convocatoria: anual 

Coste: 320.000 €

Indicadores: número de becas otorgadas y número de beneficiarios que hayan encontrado trabajo en los seis meses siguientes a la finalización de la beca

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (1 de junio de 2026)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)