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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO Y COOPERACIÓN LOCAL
Núm. 405673
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local por la que se establece la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de postemergencia en el ámbito de la ayuda humanitaria en los territorios del Sur para el año 2026
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ID BDNS: 909456
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacioal de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios
Entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro radicadas en las Illes Baleras o de ámbito estatal que lleven a cabo proyectos de emergencia destinados a satisfacer las necesidades básicas y urgentes e inmediatas de la población.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es financiar actuaciones de ayuda a las víctimas de poblaciones de los territorios del Sur de desastres naturales y conflictos armados, o en poblaciones de los territorios del Sur en situación de vulnerabilidad extrema, orientadas a garantizar su subsistencia, proteger sus derechos, defender su dignidad y asentar las bases de su desarrollo posterior, así como las actuaciones de postemergencia encaminadas a la rehabilitación y la reconstrucción de las infraestructuras físicas, económicas y sociales, y la prevención y la reducción de la situación de vulnerabilidad de comunidades y poblaciones víctimas de desastres de cualquier tipo.
Así mismo, también constituye el objeto de esta convocatoria la asistencia a personas refugiadas y desplazadas internas por motivo de conflictos armados o de guerras, y también de catástrofes naturales cuando su situación se prolonga en el tiempo, la prevención de desastres, la denuncia de violaciones de los derechos humanos asociada habitualmente a estos colectivos y los proyectos de defensa de éstos.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regula de acuerdo de acuerdo con lo que dispone el Decreto 15/2018, de 8 de junio, del régimen especial de las ayudas al exterior en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional y del Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Illes Balears (BOIB núm. 72, de 12 de junio).
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 650.000,00 € (seiscientos cincuenta mil euros), con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears prorrogados para el ejercicio 2026 que se indican a continuación:
— 450.000.00 € con cargo a la partida presupuestaria 11501.232A01.48000.00
— 200.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 11501.232A01.78000.00
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes se inicia al día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el día 15 de noviembre de 2026.
Cada ONGD solicitante puede presentar un máximo de dos proyectos durante el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, si bien necesariamente deben haber transcurrido un mínimo de tres meses entre ambas presentaciones.
Sexto. Otros datos
La convocatoria, en su punto 5, recoge los requisitos de las ONGD beneficiarias y en el punto 6, los requisitos de los proyectos presentados.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de junio de 2026)
La consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local Antònia Maria Estarellas Torrens