Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 404788
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 12 de febrero de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados (BOIB núm. 22, de 17 de febrero de 2026)
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Hechos
1. Las personas y entidades que figuran en el anexo 1 y anexo 2 de esta Resolución han presentado a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados (CONVO 2026 1957).
2. Los servicios técnicos de la Consejería han examinado la solicitud y han comprobado que las personas y entidades solicitantes:
a. Por su naturaleza, puede ser beneficiarias de subvenciones.
b. Han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.
c. Están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
3. En fecha 11 de mayo de 2026, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 15 de la convocatoria y emitió el informe técnico que debe servir de base a la Comisión Evaluadora para que emita el informe en base al cual se debe elaborar la propuesta de resolución que debe formular la Dirección General de Deportes.
4. En fecha 12 de mayo de 2026, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que debe servir de base al director general de Deportes para dictar la propuesta de resolución.
5. La comisión Evaluadora examinó los expedientes y está conforme con el otorgamiento de la subvención a los solicitantes que figuran en el anexo 1.
6. El 13 de mayo de 2026 se dictó la propuesta de resolución del director general de Deportes de concesión de subvenciones el amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 12 de febrero de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado. La propuesta de resolución se publicó en la página web de la Dirección General de Deportes día 13 de mayo de 2026.
https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones%20/tramites/tramite/6458794
7. Las personas y entidades beneficiarias han dispuesto de 5 días hábiles para comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta, con la indicación de que la persona o la entidad beneficiaria desiste de la propuesta si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.
8. La Federación de Deportes Adaptados de las Islas Baleares, con expediente IMA2026-01, renunció a la subvención concedida dentro del plazo otorgado. El resto de personas y entidades beneficiarias aceptaron la subvención en el plazo hábil de 5 días desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del director general de Deportes.
9. Asimismo, las personas y entidades beneficiarias han dispuesto de un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución para presentar alegaciones, pero no se ha presentado ninguna.
10. Establecer que las personas y entidades beneficiarias están obligadas a cumplir lo que dispone el apartado sexto de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura i Deportes de día 12 de febrero de 2026.
11. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 12301 461A01 78000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2025, prorrogados para el año 2026.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23 de 16 de febrero de 2021).
3. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio de 2025).
4. Orden 39/2025, de 23 de diciembre, del consejero de Economía, hacienda e Innovación por la que se desarrollan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2026 (BOIB núm. 173, de 30 de diciembre de 2026).
5. Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 12 de febrero de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de subvención destinada a proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados (BOIB núm. 22, de 17 de febrero de 2026).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención para proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados a las personas y entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, por el importe individual indicado.
2. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 12301 461A01 78000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2025, prorrogados para el año 2026, a las personas y entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución, por el importe individual indicado.
3. Denegar la concesión de subvención al expediente que figura en el anexo 2 de esta Resolución por el motivo que se indica.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su aprobación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2026)
El director general Joan Antoni Ramonell Miralles Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2023)
ANEXO 1
Expedientes concedidos:
|
Expediente |
Solicitante |
Deporte |
CIF |
Importe Proyecto (hoja solicitud) |
Importe solicitado (hoja solicitud) |
Importe proyecto aceptado |
Importe subvención |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
IMA2026-02 |
Alejandro Sanchez Palomero |
Triatlón |
***8648** |
2.799,00 € |
2.799,00 € |
2.799,00 € |
2.799,00 € |
|
IMA2026-03 |
Club Deportivo Mater-Isla |
Boccia |
G57195927 |
2.302,68 € |
2.302,68 € |
2.266,38 € |
2.266,38 € |
|
IMA2026-04 |
Joan Reinoso Figuerola |
Ciclismo |
***1562** |
5.864,33 € |
5.864,33 € |
4.510,12 € |
4.510,12 € |
|
IMA2026-05 |
Nil Riudavets Victory |
Triatlón |
***1159** |
4.467,07 € |
4.467,07 € |
4.267,07 € |
4.267,07 € |
|
IMA2026-06 |
Joan Sansó Riera |
Ciclismo |
***8586** |
3.334,23 € |
3.334,23 € |
3.179,02 € |
3.179,02 € |
|
IMA2026-07 |
Club de Vela Puerto de Andratx |
Vela |
G07044787 |
15.864,67 € |
15.864,67 € |
15.151,98 € |
6.000,00 € |
|
IMA2026-08 |
Federación Balear de Piragüismo |
Piragüismo |
G07258593 |
5.746,00 € |
5.746,00 € |
5.746,00 € |
5.746,00 € |
|
IMA2026-09 |
Martin Berchesi Manzione |
Ciclismo |
***9694** |
8.735,25 € |
8.735,25 € |
7.687,24 € |
6.000,00 € |
|
IMA2026-10 |
Club Deportivo Discaesports |
Varios |
G57967325 |
5.800,00 € |
5.244,41 € |
3.950,00 € |
3.950,00 € |
ANEXO 2
Expedientes denegados:
|
Expediente |
Solicitante |
Deporte |
CIF |
Motivo de exclusión |
|---|---|---|---|---|
|
IMA2026-01 |
Federación de Deportes Adaptados de las Islas Baleares |
Varios |
G57393050 |
Renuncia a la subvención |