Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 403105
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se conceden, para los ejercicios 2024 a 2027, ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa a centros educativos de primer ciclo de educación infantil
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Antecedentes
1. El 31 de mayo de 2025, se publica la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se conceden, para los ejercicios 2024 a 2027, ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa a centros educativos de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 69, de 31 de mayo de 2025).
2. El 8 de mayo de 2026, la Congregación Agustinas Hermanas del Amparo Curia General presenta un certificado (GOIBE341469/2026) de renuncia a la ayuda concedida para el centro CC Ramon Llull de Andratx.
3. El 19 de mayo de 2026, el Grupo Pekes SL presenta un escrito (GOIBE367227/2026) de renuncia a la ayuda concedida para el centro Escoleta Mafalda de Palma.
4. De acuerdo con el apartado 15.4 de las bases de la convocatoria de las ayudas, cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para conceder la ayuda puede dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El artículo 19 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).
3. Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se convocan ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil correspondientes a los ejercicios 2024 a 2026 (BOIB núm. 83, de 22 de junio).
4. Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se amplía el plazo para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil correspondientes a los ejercicios 2024 a 2026 (BOIB núm. 12, de 25 de enero de 2025).
5. Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación y Universidades, de 20 de junio de 2024, por la que se convocan ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil correspondientes a los ejercicios 2024 a 2026 (BOIB núm. 27, de 1 de marzo de 2025).
6. Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se conceden, para los ejercicios 2024 a 2027, ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 69, de 31 de mayo de 2025).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la concesión de ayudas a la Congregación Agustinas Hermanas del Amparo Curia General, concedidas mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se conceden, para los ejercicios 2024 a 2027, ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil, en el sentido siguiente:
Donde dice:
|
Municipio |
Centro |
Código |
Amp. |
Rec. |
Cuantía por recibir |
Cuantía total por entidad |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
Alcúdia |
CC Nuestra señora de la Consolación (Alcúdia) |
07000111 |
x |
|
170.100,00 € |
611.834,00 € |
|
Palma |
CC Nuestra señora de la Consolación (Vivero) |
07003687 |
x |
|
208.634,00 € |
|
|
Andratx |
CC Ramon Llull |
07000212 |
x |
|
233.100,00 € |
Debe decir:
|
Municipio |
Centro |
Código |
Amp. |
Rec. |
Cuantía por recibir |
Cuantía total por entidad |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
Alcúdia |
CC Nuestra señora de la Consolación (Alcúdia) |
07000111 |
x |
|
170.100,00 € |
378.734,00 € |
|
Palma |
CC Nuestra señora de la Consolación (Vivero) |
07003687 |
x |
|
208.634,00 € |
|
|
Andratx |
CC Ramon Llull |
07000212 |
x |
|
0 € |
2. Modificar la concesión de ayudas al Grupo Pekes SL, concedidas mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se conceden, para los ejercicios 2024 a 2027, ayudas para la ampliación de centros educativos privados autorizados, y para la reconversión de centros que atienden regularmente a niños de 0 a 3 años sin autorización educativa en centros educativos de primer ciclo de educación infantil, en el sentido siguiente:
Donde dice:
|
Municipio |
Centro |
Código |
Amp. |
Rec. |
Cuantía por recibir |
Cuantía total por entidad |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
Palma |
Escoleta Mafalda |
|
|
x |
135.000,00 € |
305.100,00 € |
|
Palma |
CEI Estrelletes |
07015057 |
x |
|
170.100,00 € |
Debe decir:
|
Municipio |
Centro |
Código |
Amp. |
Rec. |
Cuantía por recibir |
Cuantía total por entidad |
|---|---|---|---|---|---|---|
|
Palma |
Escoleta Mafalda |
|
|
x |
0 € |
170.100,00 € |
|
Palma |
CEI Estrelletes |
07015057 |
x |
|
170.100,00 € |
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 29 de mayo de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany